Advertidos errores en el texto del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 223, de fecha 17 de septiembre de 1985, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 29186, en la columna del anejo correspondiente a Mercancía, referente a la subpartida arancelaria 04.04.0.II.a, donde dice: «Igual o superior al 48 por cien ...» ,debe decir: «Igual o inferior al 48 por cien ...».
En la columna del anejo correspondiente a los derechos arancelarios normales señalados a la subpartida arancelaria 04.04.G.l.b.3, donde dice: «13.890 pts/100 kgs de peso neto», debe decir: «14.767 ptas/100 kgs de peso neto».
Y en la columna del anejo correspondiente a los derechos arancelarios convenidos por la subpartida arancelaria 04.04.G.I.b.3, donde dice: «14.767 ptas/100 kgs de peso neto», debe decir: «13.890 ptas/100 kgs de peso neto (*).»
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