Advertidos errores en el texto del Real Decreto 321/1987, de 27 de febrero, por el que se regula el coeficiente de inversión obligatoria de las Entidades de Depósito, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 55, del día 5 de marzo de 1987, páginas 6602 y 6603, a continuación se expresan las correspondientes rectificaciones:
Artículo 2º l. línea 5. Dice: «como computable otros activos, » y debe decir: «como computables otros activos,»
Artículo 4º 1. línea 7. Dice: «ni superior al mismo incremento en dos puntos.» y debe decir: «ni superior al mismo incrementado en dos puntos»
Artículo 5°, primer párrafo, línea 5. Dice: «mediante la constitución de depósito no remunerados en el Banco de España» y debe decir: «mediante la constitución de depósitos no remunerados en el Banco de España.»
Artículo 5.°, segundo párrafo, línea 4. Dice: «... y su cuantía entre el tanto y el triplo del déficit que compensen.» y debe decir: «, y su cuantía se fijará entre el tanto y el triplo del déficit que compensen»
Disposición transitoria, línea 2. Dice «a que se refiere el artículo 2.° del resto de los activos computables» y debe decir: «a que se refiere el artículo 2°, el resto de los activos computables».
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid