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Documento BOE-A-1999-9658

Corrección de errores del Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 1999, páginas 15910 a 15911 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1999-9658
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1999/02/12/258/corrigendum/19990430

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 47, de 24 de febrero de 1999, se procede a efectuar las oportunas modificaciones:

En la página 7616, primera columna, apartado b), segunda línea, donde dice: «... los médicos facultativos competentes.», debe decir: «... los médicos facultativos competentes o por el personal sanitario designado por el Instituto Social de la Marina.».

En la página 7619, anexo II, botiquín A, cajón 1, en el 01.2.02.1 Nitroglicerina, en el código debe aparecer 01.2.01.1.

En la página 7621, anexo II, botiquín A, hay un (*) con la leyenda: «Estos medicamentos debe conservarse en nevera frigorífica y bajo custodia del capitán o responsable del botiquín», debe decir: «Estos medicamentos deben conservarse bajo custodia del capitán o responsable del botiquín».

En la página 7630, anexo II, botiquín A, fuera de cajones, insecticidas en polvo, en el apartado de 15-20 tripulantes pone «31 Kg», debe decir «3 Kg».

En la página 7633, anexo II, botiquín B, hay un (*) con la leyenda: «Este medicamento debe conservarse en nevera frigorífica y bajo custodia del capitán o responsable del botiquín», debe decir: «Este medicamento debe conservarse bajo custodia del capitán o responsable del botiquín».

En la página 7642, anexo II, botiquín C, en material médico, los apósitos autoadhesivos estériles, aparecen dos unidades y debe ser una.

En la página 7642, anexo II, botiquín C, en material médico, la manta para quemados y supervivientes termoaislante oro-plata, aparecen dos unidades y debe ser una.

En la página 7642, anexo II, botiquín de balsas, en material médico, la manta para quemados y supervivientes termoaislante oro-plata, aparecen dos unidades y debe ser una.

En la página 7645, anexo III, último párrafo, línea segunda, donde dice: «... se especifican en el anexo VI (dotación de antídotos)...», debe decir: «... se especifican en el anexo IV (dotación de antídotos) del presente Real Decreto».

En la página 7651, anexo VI, botiquín A, cajón 1, el 01.3.01.2 furosemida, respecto a la cantidad para > 20 tripulantes, en vez de dos debe ser uno.

En la página 7651, anexo VI, botiquín A, cajón 1, el 01.4.03.4 gelatina hemostática, respecto a la cantidad para > 20 tripulantes, en vez de dos debe ser uno.

En la página 7651, anexo VI, botiquín A, cajón 2, el 02.2.03.2 ranitidina, en el código debe poner 02.1.03.2.

En la página 7652, anexo VI, botiquín A, cajón 3, el 03.1.10.1 metamizol 20 cápsulas de 500 mg, debe decir 575 mg.

En la página 7653, anexo VI, botiquín A, cajón 6, el 06.1.02.1 salbutamol 0.5% solución inhal. 10 ml, debe decir «100 MCG/puls 20 AERO 200».

En la página 7653, anexo VI, botiquín A, cajón 6, el 06.3.06.1 acetil cisteína 30 sobres de 5 gr, debe decir: «30 sobres de 200 mg».

En la página 7653, anexo VI, botiquín A, cajón 6, el 06.3.08.1 bromhexina solución 125 ml, debe decir «2 mgr/inh. gotas 40 ml».

En la página 7655, anexo VI, botiquín A, cajón 10, la sulfadiazina plata, no aparece el código, debe aparecer el código «91.5.02.4».

En la página 7656, anexo VI, botiquín A, cajón 11, se debe incluir antes de la guía médica el libro de revisión del botiquín.

En la página 7657, anexo VI, botiquín A, cajón 13, el 08.1.01.1 Cl sódico + Cl potásico + glucosa + bicarbonato sódico, respecto a la cantidad para 15 a 20 tripulantes, en vez de una deben ser dos.

En la página 7657, anexo VI, botiquín A, cajón 13, el 08.5.02.2 Complejo bitamínico B, respecto a la cantidad para 15 a 20 tripulantes, en vez de uno deben ser dos.

En la página 7660, anexo VI, botiquín A, fuera de cajones, insecticidas en polvo, las cantidades que aparecen son 1, 2 y 3 kg, respectivamente, deben ser 2,3 y 4 kg.

En la página 7660, anexo VI, botiquín A, hay un (*) con la leyenda: «Deben conservarse en nevera y bajo custodia directa del capitán o responsable del botiquín», debe decir: «Deben conservarse bajo custodia directa del capitán o responsable del botiquín».

En la página 7660, en el certificado de revisión, en el apartado destinado a la firma y sello del médico responsable de la revisión, se suprime la palabra médico y queda de la siguiente forma: «Firma y sello del responsable de la revisión».

En la página 7661, anexo VI, botiquín B, cajón 1, 01.3.04.1 hidroclorotiazida, respecto a la cantidad para > 15 tripulantes, en vez de uno deben ser dos.

En la página 7662, anexo VI, botiquín B, cajón 2, el 02.2.03.2 ranitidina, en el código debe poner «02.1.03.2».

En la página 7662, anexo VI, botiquín B, cajón 2, el 02.2.03.1 metoclopramida 30 compr. de 10 mg, respecto a la cantidad para > 15 tripulantes, en vez de dos debe ser una.

En la página 7662, anexo VI, botiquín B, cajón 3, el 03.1.10.1 metamizol 20 cápsulas de 500 mg, debe decir «575 mg».

En la página 7663, anexo VI, botiquín B, cajón 6, el 06.1.02.1 salbutamol 0,5% solución inhal. 10 ml, debe decir «100 MCG/puls 20 AERO 200».

En la página 7663, anexo VI, botiquín B, cajón 6, el 06.3.06.1 acetil cisteína 30 sobres de 5 gr, debe decir «30 sobres de 200 mg».

En la página 7664, anexo VI, botiquín B, cajón 8, el 07.2.01.1 trimetropin-sulfametoxazol, las cantidades que aparecen son 2, 3 y 4, respectivamente, deben ser «1, 2 y 3».

En la página 7664, anexo VI, botiquín B, cajón 8, el 07.4.02.1 mebendazol, las cantidades que aparecen son 1, 2 y 3,respectivamente, deben ser «1,1 y 2».

En la página 7665 del «Boletín Oficial del Estado» hay un (*) con la leyenda: «Deben conservarse en nevera y bajo custodia directa del capitán o responsable del botiquín», debe decir: «Deben conservarse bajo custodia directa del capitán o responsable del botiquín».

En la página 7667, anexo VI, botiquín B, cajón 14, esparadrapo hipoalérgico 5 cm x 10 m, respecto a la cantidad para > 15 tripulantes, en vez de uno deben ser dos.

En la página 7667, anexo VI, botiquín B, cajón 14, guantes estériles de látex números 8-9, las cantidades que aparecen son 4, 5 y 7, respectivamente, deben ser «8, 10 y 12».

En la página 7668, anexo VI, botiquín B, fuera de cajones, aspirador mecánico para desobstrucción vías aéreas, debe aparecer «1, 1, y 1».

En la página 7668 del «Boletín Oficial del Estado», en el certificado de revisión, en el apartado destinado a la firma y sello del médico responsable de la revisión, se suprime la palabra «médico», y queda de la siguiente forma: «Firma y sello del responsable de la revisión.».

En la página 7671 del «Boletín Oficial del Estado», en el certificado de revisión, en el apartado destinado a la firma y sello del médico responsable de la revisión, se suprime la palabra «médico» y queda de la siguiente forma: «Firma y sello del responsable de la revisión.».

En la página 7671, anexo VI, botiquín de balsas, metamizol cinco ampollas de 2 gr, deben ser dos ampollas de 2 gr.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 30/04/1999
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero (Ref. BOE-A-1999-4527).
Materias
  • Asistencia sanitaria
  • Tripulación

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