El 1 de diciembre de 2011 se publicaba en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decreto 1638/2011, de 14 de noviembre, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la Conmemoración del V Centenario de la Primera Vuelta al Mundo (años 2019 a 2022).
La Comisión Nacional, se creaba como órgano colegiado adscrito al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública y, para el cumplimiento de sus fines, se estructuraba en diversos órganos, Presidencia, Vicepresidencias, Pleno y Comisión Ejecutiva. Su presidencia se atribuía al titular de la Vicepresidencia del Gobierno de Política Territorial y del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.
De conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, sobre creación, modificación y supresión de órganos colegiados, a fin de conseguir la máxima austeridad y eficiencia en el funcionamiento de la Administración General del Estado en el actual contexto de crisis económica y en línea con la necesaria reducción del gasto público, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas en materia de racionalización de las estructuras organizativas ha propuesto elevar a la consideración del Consejo de Ministros la supresión del órgano colegiado de referencia y la derogación del Real Decreto 1638/2011, de 14 de noviembre, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la Conmemoración del V Centenario de la Primera Vuelta al Mundo.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de abril de 2013,
DISPONGO:
Queda suprimida la Comisión Nacional para la Conmemoración del V Centenario de la Primera Vuelta al Mundo, creada por el Real Decreto 1638/2011, de 14 de noviembre, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la Conmemoración del V Centenario de la Primera Vuelta al Mundo.
Queda derogado el Real Decreto 1638/2011, de 14 de noviembre.
Igualmente quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente real decreto.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 5 de abril de 2013.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas,
CRISTÓBAL MONTORO ROMERO
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