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Documento BOE-A-2024-20842

Real Decreto 958/2024, de 24 de septiembre, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales y se fijan los aspectos básicos del currículo.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 12 de octubre de 2024, páginas 130334 a 130387 (54 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-A-2024-20842
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/09/24/958

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, dispone en su artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas. Aquellos aspectos del currículo, regulados por normativa básica, de los títulos de la formación profesional que requieran revisión y actualización podrán ser modificados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, previo informe del Consejo General de la Formación Profesional y del Consejo Escolar del Estado, manteniendo en todo caso el carácter básico del currículo resultante de dicha actualización.

Por su parte, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en sus artículos 6.3 y 6.4 establece, en relación con la Formación Profesional, que el Gobierno fijará los objetivos, competencias, contenidos, resultados de aprendizaje y criterios de evaluación del currículo básico. Los contenidos del currículo básico requerirán el 50 por 100 de los horarios para las comunidades autónomas que tengan lengua cooficial y el 60 por 100 para aquellas que no la tengan.

A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención y los parámetros básicos de contexto formativo (espacios y equipamientos mínimos, titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia), previa consulta a las comunidades autónomas, según lo previsto en el artículo 39.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, dispone en sus artículos 5.1 y 5.3 a) y b) que el Sistema de Formación Profesional está compuesto por el conjunto articulado de actuaciones dirigidas a identificar las competencias profesionales del mercado laboral, asegurar las ofertas de formación idóneas, posibilitar la adquisición de la correspondiente formación o, en su caso, el reconocimiento de las competencias profesionales, y poner a disposición de las personas un servicio de orientación y acompañamiento profesional que permita el diseño de itinerarios formativos individuales y colectivos y cumplirá conforme a un modelo de formación profesional, de reconocimiento y acreditación de competencias y de orientación profesional basado en itinerarios formativos facilitadores de la progresión en la formación y estructurado en una doble escala en cinco grados ascendentes (A, B, C, D y E) descriptivos de las ofertas formativas organizadas en unidades diseñadas según el Catálogo Nacional de Estándares de Competencia profesionales y en tres niveles de competencia profesional (1, 2 y 3), de acuerdo con lo dispuesto en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencia profesionales, según los criterios establecidos de conocimientos, iniciativa, autonomía y complejidad de las tareas, en cada una de las ofertas de formación profesional.

Asimismo, esta ley establece en su artículo 28 la tipología de las ofertas de formación profesional, enmarcando a los ciclos formativos en el Grado D del Sistema de Formación Profesional; además, en el artículo 39.1 dispone que el Grado D del Sistema de Formación Profesional se corresponde con los ciclos formativos de formación profesional que forman parte del sistema educativo español en los términos establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, debiendo contribuir, además de a los objetivos del Sistema de Formación Profesional, a los previstos para este tipo de enseñanzas en dicha ley orgánica para cada uno de los grados básico, medio y superior. En su artículo 39.2 establece que los ciclos formativos tendrán carácter modular y estar referidos al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales y al Catálogo Modular de Formación Profesional y que incluirán una fase de formación en empresa u organismo equiparado.

El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, regula en su artículo 83 los aspectos básicos del currículo de los ciclos formativos e indica el contenido que deberán tener las disposiciones estatales que lo establezcan, siendo estas la identificación, el perfil profesional, el diseño curricular básico, el entorno profesional y los parámetros básicos de contexto formativo, los requisitos básicos del profesorado, personas formadoras y personas expertas y la información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente para el ejercicio profesional.

Las administraciones educativas podrán incorporar especificaciones puntuales según lo establecido en el artículo 7.5 del citado real decreto, relativo a los Grados D y E, atendiendo a la realidad socioeconómica del territorio y a las necesidades de su tejido empresarial.

Asimismo, en su artículo 28 indica que los Grados C, D y E podrán tener oferta modular, a partir de un módulo profesional, para su adaptación a las necesidades y circunstancias personales y laborales, así como al ritmo personal de aprendizaje.

Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, los aspectos básicos del currículo y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

El título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales recoge las capacidades profesionales, así como los requerimientos de autonomía en las situaciones de trabajo, antes recogidas en título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales al que sustituye, publicado en el Real Decreto 1161/2001, de 26 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales y las correspondientes enseñanzas mínimas, al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo en el marco de las funciones y objetivos asignados por técnicos de nivel superior al suyo. El nuevo título integra y actualiza el currículo del anterior, adaptándolo a la vez a los cambios legislativos en materia medioambiental y a las nuevas tecnologías, consiguiendo de esta manera una mayor polivalencia profesional, en el desempeño de las funciones de nivel intermedio de la actividad preventiva.

Así mismo, se han tenido en cuenta las funciones que debe realizar, en materia de prevención de riesgos laborales, este tipo de profesional, según lo establecido en el Reglamento de los Servicios de Prevención, que desarrolla la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, en cuyo artículo 5.2 se estipula la colaboración permanente entre los diferentes ministerios para promover la mejora de la educación en materia preventiva en los diversos niveles de enseñanza.

Con el fin de facilitar el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior y las enseñanzas conducentes a títulos universitarios y viceversa, en los ciclos formativos de grado superior se establecerá la equivalencia de cada módulo profesional con créditos europeos ECTS, tal y como se definen en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Así, este real decreto, conforme a lo previsto en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de Formación Profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales.

En relación con el contenido de carácter básico de este real decreto, se ha recurrido a una norma reglamentaria para establecer bases estatales conforme con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que admite «excepcionalmente», que las bases puedan establecerse mediante normas reglamentarias en determinados supuestos cuando, como ocurre en este caso, «resulta complemento indispensable para asegurar el mínimo común denominador establecido en las normas legales básicas» (así, entre otras, en las Sentencias del Tribunal Constitucional 25/1983, de 7 de abril, 32/1983, de 28 de abril, 48/1988, de 22 de marzo, y 49/1988, de 22 de marzo).

Asimismo, cabe mencionar que este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Cumple el principio de necesidad en tanto que persigue el interés general al facilitar la adecuación de la oferta formativa a las demandas de los sectores productivos, ampliar la oferta de Formación Profesional, avanzar en la integración de la formación profesional en el conjunto del sistema educativo y formativo y reforzar la cooperación entre las administraciones educativas, así como con los agentes sociales y las empresas privadas. Cumple con los principios de eficacia, eficiencia, proporcionalidad y seguridad jurídica porque, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, cumple con el principio de transparencia porque durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de las potenciales personas destinatarias a través del trámite de audiencia e información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.

En la tramitación de este real decreto se han cumplido los trámites establecidos en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Han sido consultadas las comunidades autónomas, ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado y han informado el Consejo General de la Formación Profesional, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.

Este real decreto se enmarca en el Componente 20 (Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional), como parte de la Reforma 01: Plan de Modernización de la Formación Profesional. Proyecto 01. Renovación del Catálogo de Títulos en Sectores Estratégicos, perteneciente al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). El presente real decreto contribuye a dar cumplimiento al hito auxiliar de definición C20.R1 establecido en 42 nuevas titulaciones, en el Q4 de 2024 así como el número de titulaciones establecido en el texto del componente 20 del PRTR, que asciende a 60 nuevas titulaciones.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de septiembre de 2024,

DISPONGO:

CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.

Este real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de los aspectos básicos de su currículo.

CAPÍTULO II
Identificación del título, perfil profesional y entorno profesional
Artículo 2. Identificación.

El título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales queda identificado por los siguientes elementos:

a) Denominación: Prevención de riesgos profesionales.

b) Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.

c) Duración: 2000 horas.

d) Equivalencia en créditos ECTS: 120.

e) Familia Profesional: Seguridad y Medioambiente.

f) Ramas de conocimiento: Ciencias. Ingeniería y Arquitectura.

g) Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: P-5.5.4.

h) Referencia del Marco Español de Cualificaciones para el aprendizaje permanente: 5 A.

Artículo 3. Perfil profesional del título.

El perfil profesional del título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales y para la empleabilidad, y por la relación de unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Artículo 4. Competencia general.

La competencia general de este ciclo formativo consiste en participar en la prevención de riesgos laborales asesorando y apoyando a la estructura jerárquica de la empresa, en la actividad laboral y en los desplazamientos para su realización, identificando los riesgos, evaluándolos y planificando el desarrollo de las medidas de seguridad para la prevención y protección de la salud de las personas trabajadoras, así como cooperar en situaciones de emergencia de acuerdo con las normas y protocolos establecidos.

Artículo 5. Competencias profesionales y para la empleabilidad.

Las competencias profesionales y para la empleabilidad de este ciclo formativo son las que se relacionan a continuación:

a) Participar en el diseño, elaboración, implantación e implementación del «Plan de Prevención».

b) Planificar la prevención de las actividades que puedan comportar daños para las personas trabajadoras, las instalaciones o el entorno, colaborando con otros departamentos de la empresa.

c) Determinar y clasificar las amenazas y riesgos en los desplazamientos realizados en la actividad (en misión) como en los trayectos (in itinere).

d) Detectar/Identificar los riesgos propios de cada actividad, analizando los procesos productivos específicos así como de las instalaciones, equipos y elementos particulares de cada uno de ellos.

e) Colaborar con los servicios y entidades con competencias en prevención de riesgos laborales tanto externos como en el ámbito de la propia empresa.

f) Promover, con carácter general, la prevención en la empresa y realizar actividades de información y formación básica de trabajadores.

g) Asesorar y apoyar en la aplicación de las medidas preventivas, colaborando en su implantación y supervisando su eficiencia para eliminar o reducir los riesgos y mejorar la seguridad y salud de las personas trabajadoras.

h) Realizar pruebas cualitativas y cuantitativas in situ, del ambiente de trabajo.

i) Elaborar informes técnicos sobre los eventos ocurridos en el ámbito de su competencia.

j) Supervisar la idoneidad de los elementos y equipos de prevención asociados a las actividades de los procesos productivos vigilando el cumplimiento de la normativa.

k) Organizar los medios humanos y materiales para actuar ante las situaciones, condiciones y conductas de riesgo.

l) Colaborar en las actuaciones a desarrollar en casos de emergencia y primeros auxilios.

m) Coordinar las actividades preventivas en los supuestos de concurrencia de varias empresas de acuerdo con la normativa vigente.

n) Participar como recurso preventivo en aquellas situaciones en las que se requiera, según la normativa vigente.

ñ) Participar como consejero/a de seguridad en aquellas situaciones en las que se requiera, según la normativa vigente.

o) Proponer medidas para el control y reducción de los riesgos o plantear la necesidad de recurrir al nivel superior, a la vista de los resultados de la evaluación.

p) Vigilar el cumplimiento del programa de control y reducción de riesgos y efectuar personalmente las actividades de control de las condiciones de trabajo que tenga asignadas.

q) Cualquier otra función asignada como auxiliar, complementaria o de colaboración del nivel superior.

r) Adaptarse a las nuevas situaciones laborales originadas por cambios tecnológicos y organizativos en su actividad laboral.

s) Cumplir las tareas propias de su nivel con autonomía y responsabilidad, efectuándolas de forma individual o como miembro de un equipo de trabajo.

t) Comunicarse eficazmente, respetando la autonomía y competencia de las personas que intervienen en su ámbito de trabajo.

u) Cumplir las normas de calidad, de accesibilidad universal y diseño para todos que afectan a su actividad profesional.

v) Actuar con espíritu emprendedor e iniciativa personal en la elección o aplicación de los procedimientos de su actividad profesional.

w) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.

Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

1. Cualificación profesional completa:

Prevención de riesgos laborales SEA131_3 (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC0408_3: Gestionar la prevención de riesgos laborales.

UC0409_3: Evaluar y controlar los riesgos derivados de las condiciones de seguridad.

UC0410_3: Evaluar y controlar los riesgos físicos relacionados con el ambiente de trabajo.

UC0411_3: Evaluar y controlar los riesgos químicos y biológicos relacionados con el ambiente de trabajo.

UC0412_3: Evaluar y controlar los riesgos ergonómicos y psicosociales relacionados con el trabajo.

UC0413_3: Actuar en situaciones de emergencia en el entorno de trabajo.

2. Cualificación profesional incompleta:

Control de ruidos, vibraciones y aislamiento acústico SEA494_3 (Real Decreto 1223/2010, de 1 de octubre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de tres cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente):

UC1618_3: Realizar las operaciones previas y de toma de datos de ruidos y vibraciones, colaborando en la realización de informes y mapas de ruido.

Artículo 7. Entorno profesional.

1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad en administraciones públicas, organizaciones y empresas públicas o privadas de cualquier tamaño y actividad, desempeñando las tareas de la persona trabajadora designada, la persona coordinadora de actividades empresariales, recurso preventivo, formando parte del servicio de prevención propio o mancomunado, del servicio de prevención ajeno o desempeñando las funciones que, en su caso, le faculte el ordenamiento jurídico.

2. Las ocupaciones y puestos de trabajo son, entre otros, los siguientes:

a) Técnicos/as de prevención de nivel intermedio.

b) Técnicos/as intermedios en seguridad y salud en el trabajo.

c) Encargados/as de la coordinación de las actividades preventivas.

d) Coordinadores/as de seguridad y salud en las obras de construcción.

CAPÍTULO III
Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto
Artículo 8. Módulos profesionales.

1. Los módulos profesionales y el proyecto intermodular de este ciclo formativo quedan desarrollados en el anexo I, cumpliendo lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del Sistema de Formación Profesional. Dichos módulos son los que a continuación se relacionan:

a) 1411. Estructura de la empresa y la prevención de riesgos.

b) 1412. Condiciones de seguridad y seguridad industrial.

c) 1413. Riesgos físicos ambientales.

d) 1414. Riesgos químicos y biológicos ambientales.

e) 1415. Riesgos ergonómicos y psicosociales.

f) 1416. Situaciones de emergencia.

g) 1418. Ruidos y vibraciones.

h) 1419. Gestión de la prevención y responsabilidad jurídica.

i) 1420. Riesgos relacionados con la seguridad vial.

j) 1421. Proyecto intermodular de prevención de riesgos profesionales.

k) 1709. Itinerario personal para la empleabilidad I.

l) 1710. Itinerario personal para la empleabilidad II.

m) 1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS).

n) 1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo.

ñ) 0179. Inglés Profesional (GS).

o) Módulo optativo.

Este ciclo formativo incorpora un periodo de formación en empresa según se indica en el artículo 106 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.

2. Las administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.

3. Los ciclos formativos de grado superior tendrán estructura modular y se organizarán en los bloques previstos en el artículo 96.1 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio. Así mismo, las administraciones educativas incluirán el módulo profesional de carácter optativo con una duración de currículo básico de 80 horas. Este podrá desarrollarse durante un curso completo, o en dos cuatrimestres. En este segundo caso, será posible su distribución en dos módulos cuatrimestrales en diferentes cursos.

Artículo 9. Espacios y equipamientos.

1. Los espacios y equipamientos mínimos necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el anexo II.

2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a) La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.

b) Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.

c) Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.

d) Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, y cuantas otras normas sean de aplicación.

3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar al alumnado la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a) El equipamiento (equipos, máquinas, entre otros) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.

b) La cantidad y características del equipamiento deberán estar en función del número de personas matriculadas y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.

6. Las administraciones competentes velarán por que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

Artículo 10. Profesorado.

1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este título corresponde al profesorado de las especialidades establecidas en el anexo III pertenecientes a los cuerpos indicados en dicho anexo, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria sexta del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.

2. Las condiciones de acceso a los cuerpos a que se refiere el apartado anterior serán las recogidas en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.

3. Para la impartición de módulos profesionales en centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios para el profesorado serán los mismos que los exigidos para el acceso a las especialidades de los cuerpos docentes a que se refiere el apartado anterior, según la atribución docente que se establece para cada módulo en el anexo III. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los resultados de aprendizaje de los módulos profesionales y, si dichos elementos citados no estuvieran incluidos, además de la titulación, deberá acreditarse, mediante certificación, una experiencia laboral de, al menos, tres años en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.

4. En caso de contar con otros perfiles colaboradores, estos deberán cumplir los requisitos indicados en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.

5. Corresponderá a las administraciones competentes determinar la atribución docente del módulo o módulos optativos en consonancia con su diseño curricular.

CAPÍTULO IV
Accesos y vinculación a otros estudios, convalidaciones y exenciones y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
Artículo 11. Acceso y vinculación a otros estudios.

1. El título de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales permite el acceso a cualquier otro ciclo formativo de grado medio o de grado superior, según lo establecido respectivamente en los artículos 41.2 y 41.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

2. El título de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales permite el acceso a los estudios universitarios de grado, según lo establecido en el artículo 44.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

3. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones, en este real decreto se han asignado 120 créditos ECTS entre todos los módulos profesionales de este ciclo formativo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior.

Artículo 12. Convalidaciones y exenciones.

1. Las convalidaciones entre módulos profesionales de títulos de formación profesional establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y los módulos profesionales del título que se establece en este real decreto son las que se indican en el anexo IV.

2. Los elementos formativos susceptibles de convalidación serán los indicados en los artículos 126 y 127 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.

3. Habida cuenta de las actualizaciones en las denominaciones de los módulos profesionales, en caso de discrepancia, prevalecerá la codificación frente a la denominación.

4. La exención del periodo de formación en empresa u organismo equiparado podrá efectuarse en los términos recogidos en el artículo 131 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.

Artículo 13. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.

1. La correspondencia de las unidades de competencia, acreditadas conforme establece el artículo 128 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales para su convalidación o exención queda determinada en el anexo V A) de este real decreto. A estos efectos, si en la misma celda aparecieran dos o más unidades de competencia acreditadas deberá entenderse que para la convalidación será necesario poseer todas ellas de manera simultánea.

2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales con las unidades de competencia, para su acreditación, queda determinada en el anexo V B) de este real decreto. A estos efectos, si en la misma celda aparecieran dos o más módulos profesionales superados, deberá entenderse que para la acreditación será necesario poseer todos ellos de manera simultánea.

3. A los efectos previstos en el apartado 1, serán igualmente de aplicación las unidades de competencia acreditadas mediante el procedimiento regulado por el extinto Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

4. Habida cuenta de las actualizaciones en las denominaciones de las unidades de competencia y/o de los módulos profesionales, en caso de discrepancia, prevalecerá la codificación frente a la denominación.

Artículo 14. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.

1. Las administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todas las personas».

2. Asimismo, dichas administraciones adoptarán las medidas necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final segunda del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y en el artículo 21 del Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.

Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.

El nivel de los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional con referencia en el marco europeo se corresponde con el nivel 5A, según se especifica en el artículo 4.6 del Real Decreto 272/2022, de 12 de abril, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente.

Disposición adicional segunda. Formación presencial, semipresencial y virtual.

Este ciclo formativo podrá ofertarse en modalidad presencial, semipresencial y virtual, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje de estos, de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto conforme a los principios de diseño para todas las personas y accesibilidad universal. Para ello, las administraciones competentes adoptarán las medidas necesarias y dictarán las instrucciones precisas en los términos establecidos en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, y en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.

Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.

1. El título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales establecido en el Real Decreto 1161/2001, de 26 de octubre, por el que se establece el título de Técnico superior en Prevención de Riesgos Profesionales y las correspondientes enseñanzas mínimas, mantendrá los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales establecido en este real decreto.

2. La formación establecida en este real decreto, que incluye el contenido mínimo del programa de formación para el desempeño de las funciones de nivel intermedio del anexo V del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel intermedio en prevención de riesgos laborales establecidas en el artículo 36 del citado real decreto.

3. La formación establecida en el módulo profesional de Itinerario personal para la empleabilidad I, que incluye el contenido mínimo del programa de formación para el desempeño de las funciones de nivel básico del anexo IV del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales establecidas en el artículo 35 del citado real decreto, siempre que tenga, al menos 45 horas lectivas.

Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.

1. El título establecido en este real decreto no constituye una regulación del ejercicio de profesión regulada alguna.

2. Asimismo, las equivalencias de titulaciones académicas establecidas en la disposición adicional tercera de este real decreto se entenderán sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas.

Disposición adicional quinta. Calendario de implantación.

La implantación de este ciclo formativo se llevará a cabo en el año académico 2025-2026 para el primer curso y en el 2026-2027 para el segundo curso.

Disposición transitoria única. Aplicabilidad de otras normas.

1. Durante el curso 2024-2025 será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 1161/2001, de 26 de octubre.

2. Así mismo, durante el curso 2025-2026 será de aplicación para el segundo curso lo dispuesto en el Real Decreto 1161/2001 de 26 de octubre.

3. Durante el curso 2024-2025 será de aplicación, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, el Real Decreto 277/2003, de 7 de marzo, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales.

4. Así mismo, durante el curso 2025-2026, para el segundo curso, será de aplicación en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, el Real Decreto 277/2003, de 7 de marzo.

Disposición derogatoria única. Derogación de normas.

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1 y 2 de la disposición transitoria única, queda derogado el Real Decreto 1161/2001, de 26 de octubre.

2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación del título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales y las correspondientes enseñanzas mínimas, contenida en el Real Decreto 1161/2001, de 26 de octubre.

3. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 3 y 4 de la disposición transitoria única queda derogado el Real Decreto 277/2003, de 7 de marzo.

Disposición final primera. Modificación de la Orden EFD/659/2024, de 25 de junio, por la que se determina el currículo y se regulan determinados aspectos organizativos para los ciclos formativos de grado superior en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Se modifica la Orden EFD/659/2024, de 25 de junio, por la que se determina el currículo y se regulan determinados aspectos organizativos para los ciclos formativos de grado superior en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, en los siguientes términos:

Uno. Se añade al artículo 1.2.t) el siguiente párrafo:

«4.º Real Decreto 958/2024, de 24 de septiembre, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales y se fijan los aspectos básicos del currículo.»

Dos. Se añade al artículo 6.3. el siguiente párrafo:

«ci) Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales. (Anexo XCV).»

Tres. Se incluye como un nuevo anexo XCV el que figura como anexo VI en el presente real decreto.

Disposición final segunda. Título competencial.

1. Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.

2. Se exceptúa del carácter de norma básica a los apartados 3 y 4 de la disposición transitoria única y a la disposición final primera.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria única, este real decreto entrará en vigor el uno de enero de 2025.

Dado en Madrid, el 24 de septiembre de 2024.

FELIPE R.

La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes,

MARÍA DEL PILAR ALEGRÍA CONTINENTE

ANEXO I
Módulos profesionales
Código Módulo Módulo Profesional

Horas

50 %

Horas

60 %

ECTS
1411 Estructura de la empresa y la prevención de riesgos. 65 80 9
1412 Condiciones de seguridad y seguridad industrial. 105 140 14
1413 Riesgos físicos ambientales. 60 80 8
1414 Riesgos químicos y biológicos ambientales. 105 140 14
1415 Riesgos ergonómicos y psicosociales. 65 90 8
1416 Situaciones de emergencia. 40 50 5
1418 Ruidos y vibraciones. 70 90 9
1419 Gestión de la prevención y responsabilidad jurídica. 80 100 10
1420 Riesgos relacionados con la seguridad vial. 70 90 9
1421 Proyecto intermodular de prevención de riesgos profesionales. 50 50 5
1709 Itinerario personal para la empleabilidad I. 50 50 5
1710 Itinerario personal para la empleabilidad II. 50 50 5
1665 Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS). 30 30 3
1708 Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. 30 30 3
0179 Inglés Profesional (GS). 50 50 5
  Módulo optativo. 80 80 8
  Total. 1000 1200 120

Módulo profesional: Estructura de la empresa y la prevención de riesgos.

Duración 50 %: 65 horas.

Duración 60 %: 80 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 9.

Código: 1411.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Caracteriza el funcionamiento de las administraciones y organismos públicos y privados que intervienen en el sistema de la prevención de riesgos laborales, distinguiendo cuáles son sus funciones y capacidades y su posible actuación sobre la empresa.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los Principios Normativos de la prevención de riesgos laborales.

b) Se ha reconocido el contenido de las normas más importantes referidas a los principios de acción preventiva.

c) Se han analizado las capacidades de los distintos sujetos o instituciones de recomendación diferenciándolas de las capacidades de paralización.

d) Se ha elaborado un programa de planificación preventiva, dentro de una campaña promovida por la administración pública.

e) Se ha realizado un informe sobre aspectos materiales en un expediente de alegación ante un procedimiento sancionador.

f) Se ha caracterizado un requerimiento de adopción de medidas organizativas de cara a su cumplimiento en el plazo fijado.

g) Se ha elaborado un protocolo de atención y acompañamiento en la visita al centro de trabajo de una entidad fiscalizadora de las condiciones de seguridad.

2. Caracteriza la estructura organizativa de las organizaciones empresariales, interpretando las funciones que realizan y los flujos de información que reciben y emiten, cada uno de los diferentes departamentos.

Criterios de evaluación:

a) Se han reconocido las diferentes modalidades organizativas de las empresas.

b) Se ha relacionado el flujo de información recibida y emitida por cada departamento.

c) Se ha representado mediante organigramas la estructura organizativa de la empresa.

d) Se han relacionado los diferentes niveles de una organización, teniendo en cuenta su actuación, alcance y duración.

e) Se ha identificado el nivel de relación de la empresa con su entorno.

3. Reconoce las diferentes formas jurídicas de las organizaciones empresariales, analizando e interpretando las diferentes características de cada uno de ellas.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los diferentes elementos de la empresa.

b) Se han relacionado los diferentes criterios de clasificación de las empresas.

c) Se han identificado las diferentes formas jurídicas de una empresa.

d) Se han identificado las características diferenciadoras de cada una de las diferentes formas jurídicas de una empresa.

e) Se han identificado las responsabilidades de cada uno de los intervinientes en una empresa.

4. Caracteriza los procesos de producción de bienes y servicios, relacionando sus fases, operaciones y las materias que intervienen.

Criterios de evaluación:

a) Se han relacionado los diferentes tipos de procesos de producción.

b) Se ha definido la necesidad de normalizar y documentar los procesos de producción, y su repercusión sobre la productividad y mejora de los niveles de seguridad y calidad.

c) Se han identificado los diferentes tipos de gráficos y diagramas utilizados.

d) Se han relacionado los símbolos utilizados en la confección de diagramas.

e) Se han elaborado diferentes tipos de diagramas.

5. Identifica las diferentes modalidades de organización de la prevención en la empresa, analizando e interpretando la normativa en vigor.

Criterios de evaluación:

a) Se han relacionado las diferentes posibilidades organizativas de la prevención que tiene el empresario, según la normativa en vigor.

b) Se han identificado los requisitos legales que obligan a la adopción de un determinado modelo de organización, en función de diversos parámetros de la empresa.

c) Se han relacionado las diferentes funciones y responsabilidades de cada uno de los modelos organizativos y niveles jerárquicos de la empresa.

d) Se han relacionado los diferentes criterios para ubicar el órgano preventivo dentro de la estructura de la empresa.

6. Caracteriza los sistemas de coordinación preventivos entre las empresas contratistas o subcontratistas y las personas trabajadoras autónomos, identificando los distintos sistemas y valorando sus funciones.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado riesgos no previstos en base a los libros de incidencias.

b) Se han valorado actas de coordinación entre recursos preventivos de los supuestos de concurrencia de varias empresas.

c) Se han elaborado informes sobre la situación de riesgos evaluados y las medidas preventivas que una empresa titular, contratista o subcontratista debe remitir a las demás.

d) Se han delimitado las situaciones en las que un grupo de empresas deben optar por la designación de un sistema de coordinación o persona física.

e) Se ha valorado la implicación que supone una planificación deficiente de una empresa con respecto a las demás empresas sujetas legalmente a coordinación preventiva.

Módulo profesional: Condiciones de seguridad y seguridad industrial.

Equivalencia en créditos ECTS: 14.

Duración 50 %: 105 horas.

Duración 60 %: 140 horas.

Código: 1412.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Identifica la información de los productos relacionándolos con el cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad y salud.

Criterios de evaluación:

a) Se ha diferenciado la normativa de utilización de la de comercialización.

b) Se ha identificado la normativa sobre seguridad en el producto.

c) Se han interpretado los distintos procedimientos de certificación del producto.

d) Se han relacionado los diversos organismos nacionales que forman parte de la infraestructura de calidad y seguridad industrial.

e) Se ha secuenciado el procedimiento de fabricación de un producto.

f) Se han identificado las obligaciones de fabricantes, importadores y suministradores en la fase de diseño y fabricación.

g) Se han identificado los diversos cauces de información entre fabricante y usuario.

h) Se ha relacionado el marcado CE de un producto con el cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad y salud.

i) Se ha interpretado el contenido del manual de instrucciones.

j) Se ha recabado a través de la declaración CE de conformidad la información sobre la normativa de comercialización aplicable al producto, así como las normas técnicas empleadas.

2. Determina los requisitos preventivos ligados a los principales equipos e instalaciones de los lugares de trabajo; identificando los agentes que intervienen y elaborando fichas relativas a las condiciones que deben cumplir.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado la normativa básica de seguridad industrial aplicable a instalaciones eléctricas, aparatos a presión, aparatos de manutención, aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas explosivas, instalaciones térmicas en edificios e instalaciones frigoríficas.

b) Se han determinado los requisitos mínimos que deben cumplir los equipos e instalaciones.

c) Se han identificado los diferentes agentes que intervienen en el proyecto, ejecución y puesta en servicio de la instalación.

d) Se ha secuenciado el procedimiento a seguir desde la fase de proyecto hasta la puesta en servicio para las instalaciones que tienen normativa industrial específica.

e) Se han elaborado fichas con la información relativa a las inspecciones, revisiones y mantenimiento de cada uno de los equipos.

f) Se han elaborado fichas con la información relativa a las inspecciones, revisiones y mantenimiento de las instalaciones.

3. Caracteriza las técnicas de seguridad analíticas y operativas aplicables a las condiciones de seguridad en el ámbito laboral.

Criterios de evaluación:

a) Se han interpretado, de forma correcta, los términos de peligro, factor de riesgo, riesgo, prevención, protección colectiva y protección individual.

b) Se han vinculado los factores de riesgo debidos a las condiciones de seguridad con el tipo de daño.

c) Se han diferenciado las técnicas de seguridad por su ámbito de aplicación y su sistema de actuación.

d) Se han identificado las técnicas analíticas de seguridad aplicables con carácter previo al accidente de trabajo.

e) Se han identificado las técnicas analíticas de seguridad aplicables con posterioridad al accidente de trabajo.

f) Se han citado las técnicas operativas relacionadas con aspectos materiales y organizativos.

4. Evalúa los riesgos debidos a las condiciones de seguridad identificando los peligros y estableciendo criterios de referencia.

Criterios de evaluación:

a) Se han secuenciado las etapas que se han de seguir para la evaluación de riesgos ligados a las condiciones de seguridad.

b) Se han identificado los posibles peligros en los locales de trabajo, equipos, instalaciones, productos químicos y métodos de trabajo.

c) Se han establecido las inspecciones o revisiones de seguridad.

d) Se han estimado los riesgos según la probabilidad y las posibles consecuencias.

e) Se ha determinado la adecuación del método de estimación en función del tipo de peligro.

f) Se han establecido los criterios de referencia en base a requisitos normativos o técnicos.

g) Se han identificado los riesgos en función de su magnitud.

h) Se ha documentado la evaluación de los riesgos de conformidad con la normativa.

5. Desarrolla procedimientos de trabajo relacionándolos con situaciones de especial peligrosidad.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado las diferentes actividades de especial peligrosidad relacionándolas con los sectores productivos.

b) Se han establecido los peligros inherentes, las medidas preventivas y de protección en las actividades de especial peligrosidad.

c) Se han elaborado procedimientos de actuación segura en trabajos en altura.

d) Se han elaborado procedimientos de actuación segura en trabajos con riesgo de hundimiento o sepultamiento.

e) Se han elaborado procedimientos de actuación segura en espacios confinados.

f) Se han elaborado procedimientos de actuación segura en trabajos con riesgo de ahogamiento por inmersión.

g) Se han determinado los requisitos preventivos aplicables, según la normativa específica a determinados tipos de trabajo.

6. Propone medidas para la eliminación, reducción o control de los riesgos, relacionándolas con las condiciones de seguridad en el ámbito laboral.

Criterios de evaluación:

a) Se han definido los principios de acción preventiva para priorizar las medidas a tomar.

b) Se han aplicado las técnicas operativas a la hora de establecer las medidas preventivas.

c) Se han seleccionado las medidas de control de los riesgos detectados.

d) Se han seleccionado las medidas de eliminación o reducción de los riesgos evitando generar otros.

e) Se han identificado las medidas complementarias frente a los riesgos.

f) Se han planificado las acciones que hay que tomar a corto, medio y largo plazo.

g) Se ha comprobado la eficacia de las medidas propuestas.

h) Se ha documentado la planificación de la actividad preventiva de conformidad con la normativa.

7. Aplica técnicas de seguridad posteriores al accidente de trabajo, definiendo la metodología para la investigación de accidentes.

Criterios de evaluación:

a) Se han secuenciado los pasos a seguir para la notificación, en tiempo y forma, de los accidentes de trabajo de conformidad con la normativa.

b) Se han establecido un procedimiento de comunicación interna ante accidentes e incidentes.

c) Se ha elaborado un procedimiento para el registro de accidentes de trabajo.

d) Se han identificado las fases que hay seguir en las investigaciones de accidentes.

e) Se ha establecido la metodología para la investigación de accidentes.

f) Se han propuesto medidas preventivas basándose en los resultados de la investigación de accidentes.

g) Se han calculado los índices de frecuencia, gravedad, incidencia y duración media.

Módulo profesional: Riesgos físicos ambientales.

Equivalencia en créditos ECTS: 8.

Duración 50 %: 60 horas.

Duración 60 %: 80 horas.

Código: 1413.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Caracteriza los riesgos físicos de origen térmico presentes en el ambiente de trabajo, relacionándolos con los efectos sobre la salud.

Criterios de evaluación:

a) Se han definido los riesgos físicos de origen térmico.

b) Se han determinado las fuentes de emisión.

c) Se ha recabado información sobre las enfermedades profesionales asociadas a los riesgos de origen térmico.

d) Se han identificado los efectos térmicos sobre la salud de las personas trabajadoras.

e) Se ha identificado la normativa legal vigente u otros criterios de referencia aplicables.

f) Se han determinado los niveles máximos de exposición a agentes físicos de origen térmico.

g) Se ha reconocido en un proceso productivo situaciones de riesgo debidos a agentes térmicos.

h) Se han elaborado informes sobre riesgos de origen térmicos para información de las personas trabajadoras que desarrollan su actividad en condiciones de riesgo.

2. Aplica técnicas de detección y medida en el control de riesgos de origen térmico, utilizando procedimientos normalizados de aplicación y describiendo los equipos e instrumentos de medida.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los parámetros que se van a medir en el control de riesgos de origen térmico.

b) Se han caracterizado las técnicas, equipos e instrumentos de medida.

c) Se ha realizado la puesta a punto de los equipos de detección y medida, y se conoce su fiabilidad y exactitud.

d) Se ha realizado y/o controlado el mantenimiento y el calibrado según sus instrucciones de los equipos de detección y medida.

e) Se han medido los niveles de contaminante presente con el equipo adecuado.

f) Se han realizado pruebas in situ de medición para determinar el nivel de contaminante.

g) Se han propuesto análisis más precisos para determinar el nivel de contaminante cuando así lo requieran los resultados.

h) Se han dejado los equipos de detección y medida en condiciones de uso.

3. Identifica los métodos de evaluación y control del riesgo derivado de la exposición laboral al ambiente térmico, aplicando criterios de valoración según la normativa vigente.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado y clasificado los riesgos en función de la gravedad y las posibles consecuencias para la salud de las personas trabajadoras.

b) Se han valorado los efectos sobre la salud de los riesgos de origen ambiental térmico.

c) Se han definido los parámetros que hay que controlar para la evaluación de los riesgos.

d) Se han establecido los criterios de valoración de los riesgos debidos al ambiente térmico.

e) Se han seleccionado los valores de referencia establecido en función del riesgo según la normativa vigente.

f) Se han comparado en un supuesto práctico los resultados obtenidos con los valores de referencia dados por la normativa.

g) Se han utilizado procedimientos de estimación de riesgos, identificando los factores y variables que intervienen.

h) Se han elaborado documentos para la recogida de datos, su registro, y realización de informes.

4. Elabora medidas preventivas para diversas actividades productivas, proponiendo medidas correctoras ante riesgos de origen térmico.

Criterios de evaluación:

a) Se han definido los principios generales de la prevención en la priorización de acciones preventivas.

b) Se han identificado las partes sensibles al riesgo de origen térmico de la actividad o proceso productivo.

c) Se han seleccionado las medidas de control de los riesgos de origen térmico detectados.

d) Se han seleccionado las medidas preventivas de eliminación o reducción de los riesgos de origen térmico evitando generar otros.

e) Se han previsto posibles situaciones de riesgo de origen térmico resultantes de las modificaciones propuestas en procesos de trabajo, instalaciones y equipos.

f) Se ha tenido en cuenta en las medidas preventivas de riesgos remanentes, factores de riesgo, procedimientos de trabajo, tiempo de exposición y vigilancia de la salud.

g) Se han aplicado los principios generales de protección colectiva e individual en las actuaciones propuestas sobre medidas de control de los riesgos de origen térmico.

h) Se han elaborado documentos para el registro de acciones preventivas de evaluación y control de riesgos de exposición y elaboración de informes.

i) Se ha elaborado un protocolo de seguridad para información y asesoramiento del personal, sobre normas y procedimientos que debe cumplir en su actividad laboral.

5. Caracteriza los riesgos físicos debidos a radiaciones presentes en el ambiente de trabajo, relacionándolos con los efectos sobre la salud.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los riesgos físicos en el ambiente de trabajo debidos a las radiaciones.

b) Se han descrito y clasificado las fuentes de emisión de radiaciones.

c) Se han identificado los efectos de las radiaciones sobre la salud de las personas trabajadoras.

d) Se ha identificado la normativa legal vigente y otros criterios de referencia aplicables.

e) Se han enumerado los niveles máximos de exposición a las radiaciones.

f) Se han identificado en una actividad laboral, situaciones de riesgo debidos a las radiaciones.

g) Se ha recabado información sobre las enfermedades profesionales asociadas a las radiaciones.

h) Se han elaborado informes sobre los riesgos de exposición a radiaciones para información a las personas trabajadoras que desarrollan su actividad en condiciones de riesgo.

6. Identifica los equipos de detección y medida y los métodos de evaluación y control del riesgo derivado de la exposición a radiaciones, utilizando criterios de valoración según la normativa vigente.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los riesgos en función de su gravedad y las posibles consecuencias para la salud de las personas trabajadoras.

b) Se han definido los parámetros que hay que medir y controlar para la evaluación de los riesgos.

c) Se han seleccionado los equipos e instrumentos de detección y medida.

d) Se han caracterizado los métodos de evaluación de radiaciones no ionizantes.

e) Se han caracterizado los equipos de detección y medida de radiaciones ionizantes.

f) Se han seleccionado los valores de referencia establecidos en función del riesgo según la normativa vigente.

g) Se han utilizado procedimientos de estimación de riesgos, identificando los factores y variables que intervienen.

h) Se han elaborado documentos para la recogida de datos, su registro y realización de informes.

7. Selecciona medidas preventivas de control frente al riesgo de exposición a radiaciones identificando situaciones tipo, aplicando la normativa vigente.

Criterios de evaluación:

a) Se han definido los principios generales de la prevención en la priorización de acciones preventivas.

b) Se han identificado las partes sensibles al riesgo de la actividad o proceso productivo.

c) Se han seleccionado las medidas de control de los riesgos detectados.

d) Se han seleccionado las medidas preventivas de eliminación o reducción de los riesgos evitando generar otros.

e) Se han previsto posibles situaciones de riesgo resultantes de las modificaciones propuestas en procesos de trabajo, instalaciones y equipos.

f) Se ha tenido en cuenta en las medidas preventivas de riesgos remanentes, factores de riesgo, procedimientos de trabajo, tiempo de exposición y vigilancia de la salud.

g) Se han aplicado los principios generales de protección colectiva e individual en las actuaciones propuestas sobre medidas de control de los riesgos.

h) Se han elaborado documentos para el registro de acciones preventivas de evaluación y control de riesgos de exposición y elaboración de informes.

i) Se ha elaborado un protocolo de seguridad para información y asesoramiento del personal, sobre normas y procedimientos que debe cumplir en su actividad laboral.

Módulo profesional: Riesgos químicos y biológicos ambientales.

Equivalencia en créditos ECTS: 14.

Duración 50 %: 105 horas.

Duración 60 %: 140 horas.

Código: 1414.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Caracteriza los agentes químicos que pueden originar riesgos, relacionándolos con los efectos sobre el organismo.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado procesos de producción con agentes químicos de riesgo.

b) Se han clasificado contaminantes químicos en función de su naturaleza, composición y efectos sobre el organismo.

c) Se ha recabado información sobre las enfermedades profesionales asociadas al trabajo con agentes químicos.

d) Se han identificado en un determinado proceso productivo los agentes químicos de riesgo.

e) Se han reconocido en un proceso productivo situaciones de riesgo en los métodos de trabajo.

f) Se han elaborado informes sobre riesgos químicos en un proceso productivo para información de las personas trabajadoras.

g) Se ha identificado la normativa vigente que hay que aplicar ante la exposición a agentes químicos de riesgo.

h) Se han determinado las acciones que se deben tomar ante situaciones de emergencia producidas por agentes de riesgo químico.

2. Aplica técnicas de detección y medida de la contaminación ambiental por agentes químicos, describiendo técnicas y equipos y utilizando procedimientos normalizados.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado y clasificado los sistemas de detección de agentes químicos contaminantes.

b) Se han determinado las técnicas de toma de muestras de agentes químicos contaminantes según la normativa establecida.

c) Se ha determinado el material y reactivos necesarios para la toma de muestras y recogida de datos.

d) Se ha realizado la puesta a punto de los equipos de medida y toma de muestras y calibrado según sus instrucciones.

e) Se ha realizado y/o controlado el mantenimiento de los equipos de medida y se conoce su fiabilidad y exactitud.

f) Se han dejado los equipos medidores y reactivos en condiciones de uso.

g) Se han realizado pruebas cualitativas y cuantitativas in situ de contaminantes químicos.

h) Se ha realizado toma de muestras para análisis químicos y en su caso solicitado pruebas analíticas externas para una mejor evaluación de los riesgos.

3. Reconoce los métodos de evaluación de riesgos por exposición a agentes químicos, aplicando criterios de valoración según la normativa vigente.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los riesgos en función de su gravedad, según los agentes químicos contaminantes.

b) Se han clasificado los riesgos según la gravedad y las posibles consecuencias para la salud.

c) Se han realizado valoraciones de los efectos sobre la salud.

d) Se han definido los criterios de evaluación de los riesgos por exposición a diferentes agentes químicos.

e) Se han reconocido los valores de referencia de diversos agentes contaminantes según la legislación vigente.

f) Se han comparado en un supuesto práctico los resultados obtenidos con los valores de referencia dados por la normativa.

g) Se han utilizado procedimientos de cálculo de la exposición, identificando los factores y variables que intervienen.

h) Se han elaborado documentos para la recogida de datos, su registro y realización de informes.

4. Elabora medidas preventivas para diversas actividades productivas proponiendo medidas correctoras y de protección ante riesgos químicos.

Criterios de evaluación:

a) Se han definido los principios generales de la prevención en la priorización de acciones preventivas.

b) Se han identificado las partes sensibles al riesgo de la actividad o proceso productivo.

c) Se han seleccionado las medidas preventivas de eliminación o reducción de los riesgos evitando generar otros.

d) Se han previsto posibles situaciones de riesgo químico resultantes de las modificaciones propuestas en procesos de trabajo, instalaciones y equipos.

e) Se ha tenido en cuenta, en las medidas preventivas de riesgos remanentes, factores de riesgo, procedimientos de trabajo, tiempo de exposición y vigilancia de la salud.

f) Se han aplicado los principios generales de protección colectiva y personal en las actuaciones propuestas sobre medidas de control de los riesgos químicos.

g) Se han caracterizado los medios de protección personal idóneos según la legislación vigente.

h) Se ha elaborado un protocolo de seguridad para información y asesoramiento del personal, sobre normas y procedimientos que debe cumplir en su trabajo.

i) Se han elaborado documentos para el registro de acciones preventivas de evaluación y control de riesgos de exposición a agentes contaminantes presentes en la actividad.

5. Identifica las condiciones de envasado, manipulación y almacenamiento de los productos químicos de riesgo, aplicando criterios de seguridad según la legislación vigente.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los aspectos básicos de la normativa vigente aplicable en el etiquetado, envasado de sustancias químicas y preparados peligrosos.

b) Se han clasificado los productos químicos en función de sus efectos nocivos.

c) Se han identificado los pictogramas y las fases de peligro (H) y prudencia (P) de los productos químicos.

d) Se han interpretado fichas de seguridad en la manipulación de productos químicos.

e) Se han determinado las normas de seguridad en la manipulación y almacenamiento de productos químicos en función de sus características.

f) Se han caracterizado los medios de protección personal en la manipulación de productos químicos en función del riesgo.

g) Se han clasificado los productos químicos para su almacenamiento, utilizando criterios de calidad y seguridad.

h) Se ha elaborado un protocolo relativo a la eliminación de residuos según la normativa vigente para información a las personas trabajadoras.

i) Se ha elaborado el protocolo básico de actuación ante diversas incidencias en la manipulación de productos químicos.

6. Propone medidas de prevención y protección de riesgos relacionándolas con los agentes biológicos y sus efectos sobre la salud.

Criterios de evaluación:

a) Se han clasificado los agentes biológicos en función del riesgo de infección, propagación y profilaxis o tratamiento eficaz.

b) Se han identificado las situaciones de riesgo y causas de exposición a los agentes biológicos.

c) Se han aplicado los principios de acción preventiva sobre los riesgos biológicos.

d) Se han establecido procedimientos de trabajo adecuados para evitar o minimizar la liberación de agentes biológicos en el lugar de trabajo.

e) Se han propuesto medidas de protección colectiva o, en su defecto, de protección individual en función de los riesgos biológicos y vías de entrada.

f) Se han establecido las medidas higiénicas a seguir por las personas trabajadoras.

g) Se han delimitado y señalizado las zonas de contención de los agentes biológicos en función de su clasificación.

h) Se han establecido procedimientos que permitan manipular y eliminar sin riesgo los residuos contaminados.

7. Elabora procedimientos de notificación, información y registro, sobre agentes biológicos determinando su contenido, proceso de notificación y elaborando la documentación correspondiente.

Criterios de evaluación:

a) Se ha establecido un procedimiento de notificación a la autoridad laboral, en plazos y con los contenidos que recoge la normativa vigente, sobre los agentes biológicos de categoría 3 y 4.

b) Se ha recopilado la documentación que debe estar a disposición de las autoridades laboral y sanitaria de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

c) Se ha establecido un procedimiento sobre la información que deberá remitirse a las autoridades laborales o sanitarias que lo soliciten de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente.

d) Se ha establecido un registro sobre los puestos de trabajo, relación de trabajadores expuestos, exposiciones, accidentes e incidentes a agentes biológicos de categoría 3 y 4.

e) Se ha establecido un procedimiento para actuaciones ante accidente o incidente que impliquen la manipulación de un agente biológico.

f) Se ha establecido un procedimiento en el caso de manipulación de un agente biológico del grupo 4.

g) Se ha establecido un procedimiento sobre reconocimientos, registros y tiempo de conservación.

h) Se han elaborado modelos de aplicación.

Módulo profesional: Riesgos ergonómicos y psicosociales.

Equivalencia en créditos ECTS: 8.

Duración 50 %: 65 horas.

Duración 60 %: 90 horas.

Código: 1415.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Identifica los riesgos ergonómicos relacionados con el puesto de trabajo, evaluando las condiciones de trabajo y diseñando puestos y espacios de trabajo.

Criterios de evaluación:

a) Se ha caracterizado la ergonomía como ciencia relacionada con la prevención de riesgos laborales.

b) Se ha identificado la normativa aplicable a la prevención de riesgos laborales relativa a riesgos ergonómicos.

c) Se han identificado los factores de riesgo relacionados con los riesgos ergonómicos.

d) Se han reconocido los métodos y técnicas de análisis ergonómico del puesto de trabajo.

e) Se han aplicado métodos y técnicas de análisis ergonómico del puesto de trabajo a casos concretos.

f) Se han identificado métodos de evaluación de la carga física y mental.

g) Se han aplicado métodos de evaluación de posturas de trabajo, movimientos repetitivos, aplicación de fuerza y carga mental a puestos concretos.

h) Se han determinado las variables fundamentales para el diseño de puestos y espacios de trabajo.

i) Se han diseñado puestos y espacios de trabajo concretos.

2. Identifica los riesgos psicosociales relacionados con el puesto de trabajo evaluando las condiciones de trabajo y aplicando medidas preventivas y correctoras.

Criterios de evaluación:

a) Se ha caracterizado la psicosociología como ciencia relacionada con la prevención de riesgos laborales.

b) Se ha identificado la normativa aplicable a la prevención de riesgos laborales relativa a riesgos psicosociales.

c) Se han identificado factores de riesgo relacionados con los riesgos psicosociales.

d) Se han reconocido los métodos y técnicas de evaluación, tanto cualitativa como cuantitativa, de los riesgos psicosociales del puesto de trabajo.

e) Se han aplicado métodos y técnicas de análisis de riesgos psicosociales del puesto de trabajo a casos concretos.

f) Se han aplicado medidas preventivas y correctoras ante riesgos psicosociales a casos concretos.

3. Evalúa situaciones de estrés en el entorno laboral identificando los agentes y situaciones generadores y proponiendo medidas preventivas y correctoras.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los agentes y situaciones generadores de estrés laboral.

b) Se han valorado las consecuencias del estrés laboral sobre la salud de las personas trabajadoras.

c) Se han reconocido métodos y técnicas de detección del estrés relacionado con el trabajo.

d) Se han aplicado los métodos y técnicas de detección del estrés laboral más idóneos para supuestos concretos.

e) Se han elaborado informes de evaluación del riesgo de estrés laboral en situaciones concretas.

f) Se han propuesto acciones preventivas y correctoras ante el riesgo de estrés en casos concretos.

4. Evalúa situaciones relacionadas con el riesgo de burnout en el entorno laboral, identificando los agentes y situaciones generadores de burnout y proponiendo medidas preventivas y correctoras.

Criterios de evaluación:

a) Se ha caracterizado el síndrome de burnout relacionado con el trabajo.

b) Se han identificado los agentes y situaciones generadores del burnout laboral.

c) Se han valorado las consecuencias del burnout laboral sobre la salud de las personas trabajadoras.

d) Se han reconocido métodos y técnicas de detección del burnout relacionado con el trabajo.

e) Se han aplicado los métodos y técnicas de detección del burnout laboral más idóneos para supuestos concretos.

f) Se han elaborado informes de evaluación del riesgo de burnout laboral en situaciones concretas.

g) Se han propuesto acciones preventivas y correctoras ante el riesgo de burnout laboral en casos concretos.

5. Evalúa riesgos de violencia y acoso laboral en entornos de trabajo, identificando los agentes y situaciones generadores y determinando medidas preventivas y correctoras.

Criterios de evaluación:

a) Se han caracterizado los distintos tipos de violencia y acoso en el ámbito laboral.

b) Se han identificado los factores de riesgo del acoso laboral.

c) Se han valorado las consecuencias del acoso laboral sobre las personas trabajadoras.

d) Se han reconocido métodos y técnicas de detección del acoso laboral.

e) Se han aplicado los métodos y técnicas de detección del acoso laboral más idóneos para supuestos concretos.

f) Se han elaborado informes de evaluación del riesgo de acoso laboral en situaciones concretas.

g) Se han propuesto acciones preventivas y correctoras ante el riesgo de acoso laboral en casos concretos.

6. Evalúa situaciones laborales con posibilidad de riesgos psicosociales relacionados con el trabajo a turnos y nocturno, identificando los factores de riesgo y determinando medidas preventivas y correctoras.

Criterios de evaluación:

a) Se han establecido las características diferenciales del trabajo a turnos y del nocturno.

b) Se han identificado los factores de riesgo asociados al trabajo a turnos y nocturno.

c) Se han determinado los trastornos más frecuentes generados a consecuencia del trabajo a turnos y nocturno.

d) Se han identificado métodos y técnicas de análisis de riesgos relacionados con el trabajo a turnos y nocturno.

e) Se han aplicado los métodos y técnicas de análisis de riesgos más idóneos relacionados con el trabajo a turnos y nocturno en situaciones concretas.

f) Se han elaborado informes de evaluación de riesgos asociados al trabajo a turnos y nocturno en situaciones concretas.

g) Se han propuesto acciones preventivas y correctoras ante los riesgos asociados al trabajo a turnos y nocturno en situaciones concretas.

Módulo profesional: Situaciones de emergencia.

Equivalencia en créditos ECTS: 5.

Duración 50 %: 40 horas.

Duración 60 %: 50 horas.

Código: 1416.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Evalúa el riesgo de incendio y explosión, analizando los parámetros que intervienen y relacionándolos con la peligrosidad.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado el riesgo de incendio o explosión.

b) Se han introducido medidas para eliminar reducir o controlar el riesgo.

c) Se ha aplicado correctamente el método seleccionado para evaluar el riesgo de incendio.

d) Se han propuesto medidas correctoras para disminuir el nivel de riesgo.

e) Se ha priorizado de forma correcta las medidas propuestas.

f) Se han contemplado medidas organizativas.

g) Se ha determinado el riesgo de explosión y se han identificado medidas de disminución del riesgo.

h) Se ha establecido un plan de actuación y seguimiento de las medidas propuestas tras una evaluación o inspección de incendios.

2. Elabora planes contra incendios y explosiones en edificios, proponiendo medidas de actuación y teniendo en cuenta los requisitos de mantenimiento de equipos e instalaciones.

Criterios de evaluación:

a) Se han diferenciado los diferentes mecanismos de transmisión de calor en un incendio.

b) Se han identifica los diferentes tipos de fuego.

c) Se han identificado las diferentes formas de actuación para prevenir un incendio.

d) Se han identificado los parámetros que intervienen en una explosión.

e) Se han identificado las diferentes formas de actuación para prevenir una explosión.

f) Se ha seleccionado el agente extintor más adecuado para cada tipo de fuego.

g) Se ha caracterizado el funcionamiento de los diferentes sistemas de protección contra incendios.

h) Se ha obtenido información de las señales recibidas en una central de alarma.

i) Se han definido los sistemas de señalización e iluminación.

j) Se ha elaborado un plan de mantenimiento de los sistemas de protección de lucha contra incendios de acuerdo con la normativa vigente.

3. Planifica la evacuación de establecimientos, interpretando planos de ubicación y teniendo en cuenta los requerimientos establecidos en la normativa vigente.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado la normativa de aplicación de evacuación de establecimientos.

b) Se han identificado los espacios del establecimiento en el plano.

c) Se ha tenido en cuenta la información del marcado en la clasificación de elementos y materiales de construcción.

d) Se ha calculado la ocupación máxima previsible del establecimiento en función del uso.

e) Se han determinado el número de salidas de planta necesarias en función de ocupación, longitud de recorridos de evacuación y altura de evacuación.

f) Se ha verificado si la anchura de los elementos de evacuación es suficiente en función de la ocupación máxima.

g) Se han caracterizado los locales atendiendo a su nivel de riesgo.

h) Se han establecido los sistemas de protección contra incendios que requiere un establecimiento de acuerdo con la normativa vigente.

i) Se han establecido los recorridos de evacuación del establecimiento aplicando la normativa vigente en situación normal y en situación de bloqueo.

j) Se ha señalizado en el plano las vías de evacuación de acuerdo con el plan establecido.

k) Se han identificado en el plano la ubicación de los extintores en las zonas adecuadas.

4. Elabora manuales de autoprotección contemplando las diferentes situaciones de emergencia que se pueden producir en los establecimientos.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado la normativa de aplicación.

b) Se han determinado los establecimientos que en función de sus características tienen obligación de elaborar un plan de autoprotección de acuerdo a la normativa vigente.

c) Se han determinado los posibles escenarios que puedan dar origen a una emergencia.

d) Se han establecido medidas de emergencia para cada uno de los escenarios.

e) Se han determinado los medios humanos y materiales para actuar en situación de alerta, alarma, intervención y evacuación.

f) Se han establecido de forma correcta las actuaciones en los diferentes tipos de emergencia y se han reflejado en los diagramas operacionales.

g) Se ha diseñado un programa formativo para los integrantes de los diferentes equipos de emergencia.

h) Se han establecido las fases correctas para la implantación del plan de autoprotección, en función de los contenidos del manual de autoprotección.

i) Se ha programado el simulacro de evacuación y la incorporación de las medidas de mejora al manual de autoprotección.

j) Se han establecido las obligaciones de las actividades afectadas por la normativa de accidentes graves.

5. Planifica la prestación de primeros auxilios en situaciones de emergencia.

Criterios de evaluación:

a) Se ha comprobado en un establecimiento, si se requiere local de primeros auxilios y sus características y dotación de acuerdo con la normativa vigente.

b) Se han elegido los medios necesarios de los que deben ser dotados los botiquines para actuaciones frente a emergencias.

c) Se ha previsto la prestación de primeros auxilios en la empresa y se ha formado a personal.

d) Se han establecido las acciones que hay que seguir en caso de un accidente: proteger, avisar y socorrer.

e) Se ha previsto la solicitud de la ayuda externa.

f) Se han secuenciado las acciones que hay que tomar en caso de quemaduras, hemorragias, intoxicaciones, fracturas, luxaciones y lesiones musculares.

Módulo profesional: Ruidos y vibraciones.

Equivalencia en créditos ECTS: 9.

Duración 50 %: 70 horas.

Duración 60 %: 90 horas.

Código: 1418.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Identifica las fuentes de emisión del ruido en el medio laboral y sus riesgos, relacionándolos con sus efectos sobre la salud.

Criterios de evaluación:

a) Se ha caracterizado el ruido como factor de riesgo en el ambiente laboral.

b) Se han identificado las enfermedades profesionales relacionadas con el ruido.

c) Se han detectado fuentes de emisión del ruido en el lugar de trabajo.

d) Se han definido los parámetros que caracterizan la exposición laboral al ruido.

e) Se han determinado situaciones de riesgo por exposición al ruido en una actividad laboral o proceso productivo.

f) Se ha identificado la normativa y documentación técnica sobre los riesgos físicos por ruido.

g) Se han relacionado los niveles máximos de exposición al ruido con diversas actividades laborales.

h) Se han elaborado informes sobre riesgos de exposición al ruido, para informar a personas que desarrollen su actividad en condiciones de riesgo.

2. Aplica técnicas de medición y evaluación del ruido en el ambiente de trabajo, utilizando procedimientos normalizados y describiendo los equipos e instrumentos de medida.

Criterios de evaluación:

a) Se ha seleccionado el equipo idóneo en la medición del ruido según la actividad.

b) Se ha realizado el calibrado y mantenimiento de los equipos de detección y medida.

c) Se han identificado los parámetros de caracterización del ruido.

d) Se han realizado las medidas empleando métodos normalizados según la normativa legal vigente.

e) Se han establecido criterios para la evaluación de riesgos por exposición al ruido.

f) Se han interpretado los valores obtenidos en las medidas del ruido.

g) Se han elaborado documentos de toma de datos para generar informes de medición.

h) Se ha evaluado la exposición al ruido en el ambiente de trabajo en actividades laborales.

i) Se han elaborado informes de evaluación de ruidos, y protocolos de asesoramiento e información para las personas trabajadoras.

3. Selecciona medidas de prevención y protección del ruido en el ambiente de trabajo, analizando y aplicando la normativa vigente.

Criterios de evaluación:

a) Se han definido los principios generales de la prevención en la priorización de acciones preventivas.

b) Se han identificado las partes sensibles al riesgo por ruido de la actividad o proceso productivo.

c) Se han seleccionado las medidas de control de los riesgos detectados.

d) Se han seleccionado las medidas preventivas de eliminación o reducción de los riesgos evitando generar otros.

e) Se han previsto posibles situaciones de riesgo resultantes de las modificaciones propuestas en procesos de trabajo, instalaciones y equipos.

f) Se ha tenido en cuenta en las medidas preventivas de riesgos remanentes, factores de riesgo, procedimientos de trabajo, tiempo de exposición y vigilancia de la salud.

g) Se han aplicado los principios generales de protección colectiva e individual en las actuaciones propuestas sobre medidas de control de los riesgos.

h) Se han elaborado documentos para el registro de acciones preventivas de evaluación y control de riesgos de exposición y elaboración de informes.

i) Se ha elaborado un protocolo de seguridad para información y asesoramiento del personal, sobre normas y procedimientos que debe cumplir en su actividad laboral.

4. Identifica las fuentes de emisión de vibraciones en el medio ambiente, analizando los riesgos que produce y relacionándolos con sus efectos sobre la salud.

Criterios de evaluación:

a) Se han caracterizado las vibraciones como factor de riesgo en el ambiente laboral.

b) Se han identificado las enfermedades profesionales relacionadas con las vibraciones.

c) Se han detectado fuentes de emisión de vibraciones en el lugar de trabajo.

d) Se han identificado los parámetros que caracterizan la exposición laboral a las vibraciones.

e) Se han determinado situaciones de riesgo por exposición a las vibraciones en una actividad laboral o proceso productivo.

f) Se ha identificado la normativa y documentación técnica sobre los riesgos físicos por vibraciones.

g) Se han enumerado los niveles máximos de exposición a las vibraciones en diversas actividades laborales.

h) Se han elaborado informes sobre riesgos de exposición a las vibraciones, para información a las personas trabajadoras que desarrollen su actividad en condiciones de riesgo.

5. Aplica técnicas de medición y evaluación de la exposición a vibraciones en el ambiente de trabajo, utilizando procedimientos normalizados y describiendo los equipos e instrumentos de medida.

Criterios de evaluación:

a) Se ha seleccionado el equipo idóneo en la medición de las vibraciones según la actividad.

b) Se ha realizado el calibrado y mantenimiento de los equipos de detección y medida.

c) Se han definido los parámetros que caracterizan las vibraciones.

d) Se han realizado las medidas empleando métodos normalizados según la normativa legal vigente.

e) Se han interpretado los valores obtenidos en las medidas de las vibraciones.

f) Se han elaborado documentos de toma de datos para generar informes de medición.

g) Se ha evaluado la exposición a las vibraciones en el ambiente de trabajo en actividades laborales.

h) Se han elaborado informes de evaluación de las vibraciones, y protocolos de asesoramiento e información para las personas trabajadoras.

6. Selecciona medidas de prevención y protección ante el riesgo por vibraciones en el ambiente de trabajo, analizando y aplicando la normativa vigente.

Criterios de evaluación:

a) Se han definido los principios generales de la prevención en la priorización de acciones preventivas.

b) Se han identificado las partes sensibles al riesgo por vibraciones de la actividad o proceso productivo.

c) Se han determinado las medidas de control de los riesgos detectados.

d) Se han seleccionado las medidas preventivas de eliminación o reducción de los riesgos evitando generar otros.

e) Se han previsto posibles situaciones de riesgo resultantes de las modificaciones propuestas en procesos de trabajo, instalaciones y equipos.

f) Se ha tenido en cuenta en las medidas preventivas de riesgos remanentes, factores de riesgo, procedimientos de trabajo, tiempo de exposición y vigilancia de la salud.

g) Se han aplicado los principios generales de protección colectiva e individual en las actuaciones propuestas sobre medidas de control de los riesgos.

h) Se han elaborado documentos para el registro de acciones preventivas de evaluación y control de riesgos de exposición y elaboración de informes.

i) Se ha elaborado un protocolo de seguridad para información y asesoramiento del personal, sobre normas y procedimientos que debe cumplir en su actividad laboral.

Módulo profesional: Gestión de la prevención y responsabilidad jurídica.

Equivalencia en créditos ECTS: 10.

Duración 50 %: 80 horas.

Duración 60 %: 100 horas.

Código: 1419.

Resultados de aprendizaje.

1. Evalúa riesgos estimando la magnitud de los que no hayan podido evitarse, adoptando medidas preventivas de acuerdo con la información recabada.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los efectos sobre la salud que se pueden producir en el trabajo.

b) Se han reconocido las características diferenciadoras entre riesgo y peligro, accidente de trabajo y enfermedad profesional.

c) Se han identificado los diferentes factores de riesgo.

d) Se ha reconocido la diferencia entre prevención y protección.

e) Se han manejado diferentes técnicas de identificación y medición del riesgo.

f) Se han valorado tablas de daño corporal.

g) Se han identificado los riesgos que no se pueden evitar para evaluar sus posibles consecuencias.

h) Se ha reconocido los tipos y métodos de evaluación de riesgos.

i) Se ha establecido el procedimiento de evaluación, analizando los métodos y secuenciando el proceso.

j) Se han valorado los aspectos que requieren una colaboración de entidad especializada para completar la evaluación.

2. Planifica el sistema de prevención de los riesgos, teniendo en cuenta la prioridad de dichos riesgos en función de su magnitud y la exposición de las personas trabajadoras.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado las diferentes técnicas preventivas.

b) Se han relacionado los factores de riesgo con las técnicas preventivas correspondientes.

c) Se han reconocido los posibles daños para la salud en el ámbito laboral y del entorno.

d) Se ha elaborado un programa de planificación de medidas, estableciendo controles de cumplimiento.

e) Se ha establecido una escala de prioridad en la implantación de las medidas planificadas atendiendo factores de gravedad y exposición potencial de trabajadores.

f) Se ha diseñado un sistema de testeo del cumplimiento de los controles planificados.

g) Se ha diseñado un programa de inversiones necesarias para el cumplimiento de la planificación prevista.

3. Aplica técnicas de actuación como profesional de la prevención, valorando el cumplimiento de las actividades preventivas, su eficacia y realizando propuestas de mejora.

Criterios de evaluación:

a) Se han caracterizado las técnicas y los procedimientos de control de los procesos.

b) Se han realizado indicaciones sobre la deficiente aplicación de la programación preventiva.

c) Se ha realizado un informe de una reunión de coordinación en la que ha participado en representación de una empresa.

d) Se han coordinado sus funciones con otros profesionales de la prevención en una toma de datos.

e) Se ha elaborado un cuestionario de preguntas para su exposición en una reunión de coordinación.

f) Se ha relacionado la función del consejero de seguridad del transporte con la función del recurso preventivo.

g) Se ha realizado una auditoria interna del sistema de prevención y se han establecido propuestas de mejora.

4. Aplica técnicas de investigación de incidentes, accidentes y daños para la salud de las personas trabajadoras, analizando sus causas y proponiendo modificaciones de la evaluación de riesgos y de la planificación preventiva.

Criterios de evaluación:

a) Se ha establecido la finalidad de la investigación de accidentes.

b) Se ha caracterizado el procedimiento y fases en la investigación de accidentes.

c) Se han recopilado los elementos materiales y organizativos que afectan a un accidente.

d) Se ha seguido el protocolo de interrogatorio de testigos intervinientes en un siniestro.

e) Se han valorado los elementos y las partículas halladas en el lugar donde se ha producido un supuesto siniestro.

f) Se han identificado las condiciones en las que se debe enviar muestras a un laboratorio sin deterioro de las partes/partículas/elementos de un accidente.

g) Se han recopilado datos para la elaboración de la documentación que debe emitirse tras el acaecimiento de un accidente.

h) Se ha caracterizado los procedimientos de fiabilidad.

i) Se han calculado los costes de siniestralidad.

5. Cumplimenta la documentación preventiva, diferenciando la que debe trasladarse al empresario y a las autoridades administrativas.

Criterios de evaluación:

a) Se han relacionado los documentos exigidos por la normativa en vigor.

b) Se han confeccionado modelos de los documentos.

c) Se han rellenado correctamente los documentos.

d) Se ha definido el proceso de gestión de la documentación (revisiones, copias, archivo, entre otros).

e) Se han cumplimentado los partes de accidentes y enfermedades profesionales y demás registros oficiales.

f) Se han realizado cálculos estadísticos sobre datos de accidentes e incidentes.

g) Se ha recopilado la información necesaria para permitir la remisión por parte del empresario de la contestación requerida por la autoridad laboral.

h) Se ha elaborado un borrador para remitir al Instituto Nacional o Regional de Seguridad y Salud la información solicitada en una encuesta higiénica.

6. Caracteriza las responsabilidades jurídicas de los sujetos intervinientes en la prevención de riesgos laborales, identificando las funciones y obligaciones legalmente establecidas de cada uno de ellos y valorando sus posibles consecuencias en el orden administrativo, social, civil y penal.

Criterios de evaluación:

a) Se han caracterizado los diferentes niveles de responsabilidad en materia de prevención de riesgos laborales, en las que se puede incurrir.

b) Se han identificado y tipificado las infracciones y sanciones administrativas por el incumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.

c) Se han analizado las responsabilidades específicas de los técnicos y las técnicas de prevención.

d) Se han valorado autos de procesamiento.

e) Se ha elaborado un informe sobre el contenido de un acta de infracción de la Inspección de Trabajo.

f) Se han elaborado escritos de descargos a la autoridad laboral.

g) Se ha delimitado la diferencia entre solidaridad y subsidiaridad a lo hora de valorar la coordinación preventiva.

h) Se ha valorado un expediente de recargo de prestaciones por incumplimiento de medidas de seguridad en relación con un accidente.

i) Se han valorado demandas por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral diferenciándolas de la resolución de un acta de infracción impuesta por la administración.

7. Determina los objetivos, contenidos y las actuaciones específicas de las técnicas básicas de promoción de la prevención de riesgos laborales, aplicando procesos básicos de promoción, información y formación en prevención de riesgos laborales.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los diferentes modelos teóricos de la comunicación.

b) Se han tenido en cuenta los elementos y etapas del proceso de comunicación.

c) Se han relacionado los diferentes tipos de comunicación y sus barreras, analizando sus ventajas e inconvenientes.

d) Se han identificado las diferentes fases del proceso de formación.

e) Se ha elaborado documentación para las diferentes clases de campañas específicas del fomento de la prevención de riesgos laborales.

f) Se han identificado las necesidades formativas básicas y prioritarias para un colectivo determinado.

g) Se han identificado los aspectos fundamentales de la evaluación de riesgos de un puesto de trabajo, que deben comunicarse al trabajador como información preventiva al incorporarse al puesto por primera vez.

Módulo profesional: Riesgos relacionados con la seguridad vial.

Equivalencia en créditos ECTS: 9.

Duración 50 %: 70 horas

Duración 60 %: 90 horas

Código: 1420.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Identifica y reconoce los procesos psicológicos básicos y los factores de riesgo en la conducción, valorando la conducta de los conductores en situaciones de tráfico.

Criterios de evaluación:

a) Se han caracterizado los procesos psicológicos básicos implicados en la toma de decisiones en la conducción.

b) Se han identificado las variables fundamentales de los modelos teóricos explicativos del comportamiento del conductor.

c) Se han reconocido las similitudes y diferencias de los modelos teóricos explicativos del comportamiento del conductor.

d) Se ha cuantificado en una escala tipo likert el riesgo real relacionado con la ingesta de alcohol durante la conducción ante las situaciones de tráfico presentadas y se ha comparado con la valoración objetiva de dicho riesgo.

e) Se ha cuantificado en una escala tipo likert el riesgo real relacionado con el consumo de drogas de abuso durante la conducción ante las situaciones de tráfico presentadas y se ha comparado con la valoración objetiva de dicho riesgo.

f) Se ha cuantificado en una escala tipo likert el riesgo real relacionado con la ingesta de fármacos durante la conducción ante las situaciones de tráfico presentadas y se ha comparado con la valoración objetiva de dicho riesgo.

g) Se ha cuantificado en una escala tipo likert el riesgo real relacionado con el sueño y fatiga durante la conducción ante las situaciones de tráfico presentadas y se ha comparado con la valoración objetiva de dicho riesgo.

h) Se ha cuantificado en una escala tipo likert el riesgo real relacionado con la falta de atención durante la conducción ante las situaciones de tráfico presentadas y se ha comparado con la valoración objetiva de dicho riesgo.

i) Se ha cuantificado en una escala tipo likert el riesgo real relacionado con la velocidad inadecuada durante la conducción ante las situaciones de tráfico presentadas y se ha comparado con la valoración objetiva de dicho riesgo.

2. Caracteriza los factores relacionados con el vehículo como equipo de trabajo, analizando las variables fundamentales y determinando su importancia dentro de la prevención de riesgos laborales de tráfico.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado la normativa aplicable a la prevención de riesgos laborales de tráfico en relación con el vehículo como equipo de trabajo.

b) Se ha determinado la formación necesaria para conducir cada tipo de vehículo con seguridad.

c) Se ha establecido la documentación obligatoria para cada tipo de vehículo como equipo de trabajo.

d) Se han identificado los factores de riesgo relacionados con el mantenimiento del vehículo como equipo de trabajo.

e) Se ha establecido la frecuencia de la Inspección Técnica de Vehículos en función de la antigüedad y del tipo de vehículo.

f) Se ha establecido el contenido de la evaluación inicial y sucesiva de riesgos planificando las medidas preventivas para todos los vehículos de la empresa como equipo de trabajo.

g) Se han identificado los elementos y las funciones del tacógrafo analógico y digital.

h) Se han transferido datos desde las tarjetas del conductor y de la empresa de las distintas variables recogidas por tacógrafos digitales y se han analizado.

i) Se ha valorado la información registrada en los discos de tacógrafo analógico.

j) Se han determinado los hechos sancionables relativos a la información proporcionada por el tacógrafo.

3. Reconoce las características fundamentales de la vía relacionadas con los riesgos laborales de tráfico y la elaboración de rutas seguras, determinando su importancia dentro de la prevención de riesgos laborales de tráfico.

Criterios de evaluación:

a) Se ha valorado la influencia del trazado de la infraestructura vial en relación con la seguridad vial.

b) Se han identificado los factores relacionados con la ingeniería del tráfico que más inciden en la seguridad vial (densidad, capacidad, intensidad, composición, entre otros).

c) Se ha obtenido información contenida en el Mapa de Tráfico del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

d) Se han identificado los riesgos relacionados con la realización de rutas en países comunitarios o extracomunitarios.

e) Se han realizado mapas de riesgo para distintas rutas valorando todos los aspectos característicos de dichas rutas.

f) Se ha determinado la ruta más segura para los distintos mapas de riesgo realizados.

4. Aplica la normativa y los aspectos jurídicos relacionados con el tráfico y la seguridad vial, analizando su aplicación a la prevención de riesgos laborales de tráfico.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado la normativa de tráfico y seguridad vial.

b) Se han diferenciado los distintos tipos de responsabilidad aplicables en caso de accidente de tráfico laboral.

c) Se ha aplicado la normativa de mercancías peligrosas a distintos casos prácticos.

d) Se ha determinado la legislación laboral aplicable a la seguridad vial de la empresa.

e) Se ha aplicado la normativa y aspectos jurídicos relacionados con el tráfico y la seguridad vial a diferentes tipologías de empresa.

5. Reconstruye accidentes laborales de tráfico, analizando los antecedentes y aplicando las técnicas y herramientas informáticas específicas para este tipo de tarea.

Criterios de evaluación:

a) Se han determinado los conceptos básicos sobre el accidente de tráfico implicado en la investigación.

b) Se ha determinado el procedimiento adecuado para la recogida y registro de datos en un accidente laboral de tráfico.

c) Se han aplicado los conceptos básicos del estudio de víctimas y la biomecánica aplicable al accidente laboral de tráfico.

d) Se han identificado los aspectos del exterior y del interior del vehículo que han de ser analizados en la investigación de los accidentes laborales de tráfico.

e) Se han identificado los aspectos del escenario que han de ser analizados en la investigación de los accidentes laborales de tráfico.

f) Se han aplicado fórmulas físico-dinámicas para la reconstrucción de accidentes de tráfico laboral.

g) Se han examinado informes periciales de diferentes accidentes laborales de tráfico.

h) Se ha realizado un informe pericial sobre un caso práctico de accidente laboral de tráfico.

i) Se ha realizado una reconstrucción de un accidente laboral de tráfico mediante programas informáticos de reconstrucción de accidentes de tráfico.

6. Planifica la gestión de la seguridad vial de la empresa diseñando medidas preventivas y protocolos de actuación y evaluando su efectividad.

Criterios de evaluación:

a) Se han realizado evaluaciones de riesgos laborales de tráfico.

b) Se han diseñado medidas preventivas en función de los riesgos detectados en las evaluaciones.

c) Se han realizado evaluaciones de la efectividad de las medidas preventivas diseñadas.

d) Se han diseñado protocolos de actuación ante casos de accidentes laborales de tráfico.

e) Se ha diseñado una base de datos de incidentes y accidentes de tráfico.

f) Se han realizado tratamientos estadísticos de datos de incidentes y accidentes de tráfico.

g) Se ha elaborado un informe sobre la gestión global de la seguridad vial laboral en una empresa.

Módulo Profesional: Proyecto intermodular de prevención de riesgos profesionales.

Equivalencia en créditos ECTS: 5.

Duración 50 %: 50 horas.

Duración 60 %: 50 horas.

Código: 1421.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Identifica necesidades del sector productivo, relacionándolas con proyectos tipo que las puedan satisfacer.

Criterios de evaluación:

a) Se han clasificado las empresas del sector por sus características organizativas y el tipo de producto o servicio que ofrecen.

b) Se han caracterizado las empresas tipo indicando la estructura organizativa y las funciones de cada departamento.

c) Se han identificado las necesidades más demandadas a las empresas.

d) Se han valorado las oportunidades de negocio previsibles en el sector.

e) Se ha identificado el tipo de proyecto requerido para dar respuesta a las demandas previstas.

f) Se han determinado las características específicas requeridas al proyecto.

g) Se han determinado las obligaciones fiscales, laborales y de prevención de riesgos y sus condiciones de aplicación.

h) Se han identificado posibles ayudas o subvenciones para la incorporación de nuevas tecnologías de producción o de servicio que se proponen.

i) Se ha elaborado el guion de trabajo que se va a seguir para la elaboración del proyecto.

2. Diseña proyectos relacionados con las competencias expresadas en el título, incluyendo y desarrollando las fases que lo componen.

Criterios de evaluación:

a) Se ha recopilado información relativa a los aspectos que van a ser tratados en el proyecto.

b) Se ha realizado el estudio de viabilidad técnica del mismo.

c) Se han identificado las fases o partes que componen el proyecto y su contenido.

d) Se han establecido los objetivos que se pretenden conseguir, identificando su alcance.

e) Se han previsto los recursos materiales y personales necesarios para realizarlo.

f) Se ha realizado el presupuesto económico correspondiente.

g) Se han identificado las necesidades de financiación para la puesta en marcha del mismo.

h) Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para su diseño.

i) Se han identificado los aspectos que se deben controlar para garantizar la calidad del proyecto.

3. Planifica la ejecución del proyecto, determinando el plan de intervención y la documentación asociada.

Criterios de evaluación:

a) Se han secuenciado las actividades ordenándolas en función de las necesidades de implementación.

b) Se han determinado los recursos y la logística necesaria para cada actividad.

c) Se han identificado las necesidades de permisos y autorizaciones para llevar a cabo las actividades.

d) Se han determinado los procedimientos de actuación o ejecución de las actividades.

e) Se han identificado los riesgos inherentes a la ejecución, definiendo el plan de prevención de riesgos y los medios y equipos necesarios.

f) Se han planificado la asignación de recursos materiales y humanos y los tiempos de ejecución.

g) Se ha hecho la valoración económica que da respuesta a las condiciones de la implementación.

h) Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para la ejecución.

4. Define los procedimientos para el seguimiento y control en la ejecución del proyecto, justificando la selección de variables e instrumentos empleados.

Criterios de evaluación:

a) Se ha definido el procedimiento de evaluación de las actividades o intervenciones.

b) Se han definido los indicadores de calidad para realizar la evaluación.

c) Se ha definido el procedimiento para la evaluación de las incidencias que puedan presentarse durante la realización de las actividades, su posible solución y registro.

d) Se ha definido el procedimiento para gestionar los posibles cambios en los recursos y en las actividades, incluyendo el sistema de registro de los mismos.

e) Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para la evaluación de las actividades y del proyecto.

f) Se ha establecido el procedimiento para la participación de los usuarios o clientes en la evaluación y se han elaborado los documentos específicos.

g) Se ha establecido un sistema para garantizar el cumplimiento del pliego de condiciones del proyecto, cuando este existe.

Módulo Profesional: Itinerario personal para la empleabilidad I.

Equivalencia en créditos ECTS: 5.

Duración 50 %: 50 horas.

Duración 60 %: 50 horas.

Código: 1709.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:

1. Distingue las características del sector productivo y define los puestos de trabajo relacionándolos con las competencias profesionales expresadas en el título.

Criterios de evaluación:

a) Se han analizado las principales oportunidades de empleo y de inserción laboral en el sector profesional, identificando las posibilidades de empleo y analizado sus requerimientos actuales para el perfil profesional.

b) Se ha comparado los diferentes requerimientos exigidos por el mercado laboral con las exigencias para el trabajo en la función pública relacionados con el sector privado.

c) Se ha reflexionado sobre las actitudes y aptitudes requeridas actualmente para la actividad profesional relacionadas con el título, así como las competencias personales y sociales más relevantes para el sector identificando nuestra zona de desarrollo próximo.

2. Adquiere las competencias necesarias para el desempeño de las funciones de nivel básico en Prevención de Riesgos Laborales.

Criterios de evaluación:

a) Se ha valorado la importancia de la cultura preventiva en todos los ámbitos actividades de la empresa u organismo equiparado relacionado las condiciones laborales con la salud de la persona trabajadora identificando y clasificando los factores de riesgo en la actividad y los daños derivados de los mismos, especialmente las situaciones de riesgo más habituales en los entornos de trabajo del sector profesional relacionado con el título.

b) Se han clasificado y descrito los tipos de daños profesionales, con especial referencia a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, relacionados con el perfil profesional del título.

c) Se ha determinado la evaluación de riesgos en la empresa u organismo equiparado y definido las técnicas de prevención y de protección que deben aplicarse para evitar los daños en su origen y minimizar sus consecuencias.

d) Se han analizado los protocolos de actuación en caso de emergencia.

e) Se han determinado los principales derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales.

f) Se han clasificado las distintas formas de gestión de la prevención en la empresa u organismo equiparado, en función de los distintos criterios establecidos en la normativa sobre prevención de riesgos laborales y determinado las formas de representación de las personas trabajadoras en la empresa u organismo equiparado en materia de prevención de riesgos.

g) Se ha valorado la importancia de la existencia de un plan preventivo en la empresa u organismo equiparado que incluya la secuenciación de actuaciones a realizar en caso de emergencia y reflexionado sobre el contenido del mismo.

h) Se han determinado los requisitos y condiciones para la vigilancia de la salud de la persona trabajadora y su importancia como medida de prevención.

i) Se han identificado las técnicas básicas de primeros auxilios que han de ser aplicadas en el lugar del accidente ante distintos tipos de daños y la composición y uso del botiquín.

3. Analiza sus condiciones laborales como persona trabajadora por cuenta ajena identificándolas en los principales tipos de cambios y vicisitudes relevantes que se pueden presentar en la relación laboral en la normativa laboral y especialmente en el convenio colectivo del sector.

Criterios de evaluación:

a) Se han analizado los derechos y obligaciones derivados de la relación laboral, así como las condiciones de trabajo pactadas en un convenio colectivo aplicable al sector profesional relacionado con el título.

b) Se han comparado las principales modalidades de contratación, localizando los diferentes modelos en las fuentes oficiales.

c) Se han identificado las características definitorias de los nuevos entornos de organización del trabajo y los derechos que conlleva.

d) Se han identificado los diferentes componentes del recibo de salario.

e) Se han identificado los recursos laborales existentes ante las diferentes vicisitudes que se pueden dar en la relación laboral.

f) Se ha valorado el papel de la Seguridad Social como pilar esencial para la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.

g) Se han analizado las principales prestaciones derivadas de la suspensión y extinción de la relación laboral.

4. Analiza y evalúa su potencial profesional y sus intereses para guiarse en el proceso de autoorientación y elabora una hoja de ruta para la inserción profesional en base al análisis de las competencias, intereses y destrezas personales.

Criterios de evaluación:

a) Se han evaluado los propios intereses, motivaciones, habilidades y destrezas en el marco de un proceso de autoconocimiento.

b) Se han analizado las cualidades y competencias personales afines a la actividad profesional relacionada con el perfil del título.

c) Se han determinado las competencias personales y sociales con valor para el empleo.

d) Se han señalado las preferencias profesionales, intereses y metas en el marco de un proyecto profesional.

e) Se ha valorado el concepto de autoestima en el proceso de búsqueda de empleo.

f) Se han identificado las fortalezas, debilidades, amenazas y oportunidades propias para la inserción profesional.

g) Se han identificado expectativas de futuro para inserción profesional analizando competencias, intereses y destrezas personales.

h) Se han valorado hitos importantes en la trayectoria vital con valor profesionalizador.

i) Se han identificado los itinerarios formativos profesionales relacionados con el perfil profesional.

j) Se han formulado objetivos profesionales y se ha determinado metas personales y profesionales para la mejora de la empleabilidad y las condiciones de inserción laboral.

k) Se ha trazado un plan de acción para desarrollar las áreas de mejora y potenciar las fortalezas personales con valor para el empleo.

5. Aplica las estrategias para el aprendizaje autónomo reconociendo su valor profesionalizador, diseñando y optimizando su propio entorno de aprendizaje haciendo uso de las tecnologías digitales como herramientas de aprendizaje autónomo, siendo coherente con su identidad digital y sus propios objetivos profesionales planteados en su plan de desarrollo individual.

Criterios de evaluación:

a) Se ha tomado conciencia de la responsabilidad individual en el desarrollo profesional valorando la actitud de aprendizaje permanente para el desarrollo de propias y nuevas competencias.

b) Se ha identificado la empleabilidad como capacidad de adaptación al entorno laboral.

c) Se han conocido y utilizado herramientas, fuentes de información, conexiones y actividades para la configuración de un entorno personal de aprendizaje para la empleabilidad.

d) Se ha puesto en práctica la competencia digital para configurar un entorno personal de aprendizaje para la empleabilidad.

e) Se ha analizado el concepto de identidad digital y su impacto en la empleabilidad.

f) Se ha justificado el diseño de su entorno de aprendizaje basado en cómo este mejora la empleabilidad.

g) Se ha elaborado su plan de desarrollo individual como herramienta para la mejora de la empleabilidad.

h) Se han aplicado las herramientas de aprendizaje autónomo para su desarrollo personal y profesional.

i) Se ha diseñado el entorno de aprendizaje que permite alcanzar el plan de desarrollo individual.

Módulo Profesional: Itinerario personal para la empleabilidad II.

Equivalencia en créditos ECTS: 5.

Duración 50 %: 50 horas.

Duración 60 %: 50 horas.

Código: 1710.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:

1. Planifica y pone en marcha estrategias en los diferentes procesos selectivos de empleo que le permiten mejorar sus posibilidades de inserción laboral.

Criterios de evaluación:

a) Se han determinado las técnicas utilizadas actualmente en el sector para el proceso de selección de personal.

b) Se han desarrollado estrategias para la búsqueda de empleo relacionadas con las técnicas actuales más utilizadas contextualizadas al sector.

c) Se han valorado las actitudes y aptitudes que permiten superar procesos selectivos en el sector privado y en el sector público.

d) Se ha construido una marca personal identificando las necesidades del mercado actual, sus habilidades, destrezas y su aporte de valor.

2. Aplica estrategias relacionadas con las competencias personales, sociales y emocionales para el empleo en búsqueda de la mejora de su empleabilidad.

Criterios de evaluación:

a) Se ha valorado la importancia de las competencias personales y sociales en la empleabilidad en el sector de referencia.

b) Se ha participado activamente en el establecimiento de los objetivos del equipo y en la toma de decisiones del mismo y asumido la responsabilidad de las acciones y decisiones del grupo, participando activamente en el logro de unos objetivos compartidos cooperando con otras personas y compartiendo el liderazgo.

c) Se han incorporado al propio proceso de aprendizaje las técnicas y recursos de presentación y comunicación, tanto orales como escritos, adecuados para una comunicación efectiva y afectiva siendo capaz de adaptarlos a cada situación y circunstancias, valorando las oportunidades y dificultades que ofrece cada una de ellas.

d) Se han aplicado técnicas y estrategias para la gestión del tiempo disponible para alcanzar los objetivos tanto individuales como del equipo y programado las actividades necesarias.

e) Se han aplicado estrategias para canalizar las emociones mostrando una actitud flexible en las relaciones con otras personas.

f) Se han desarrollado estrategias para la programación de actividades atendiendo a criterios de organización eficiente y previendo las posibles dificultades.

g) Se ha reaccionado de forma flexible y positiva ante conflictos y situaciones nuevas, aprovechando las oportunidades y gestionando las dificultades haciendo uso de estrategias relacionadas con la inteligencia emocional.

3. Pone en práctica las habilidades emprendedoras necesarias para el desarrollo de procesos de innovación e investigación aplicadas que promuevan la modernización del sector productivo hacia un modelo sostenible.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado el concepto de innovación y su relación con la construcción de una sociedad más sostenible que mejore en el bienestar de los individuos.

b) Se han analizado las distintas metodologías para emprender y su importancia para favorecer la innovación y como fuente de creación de empleo y bienestar social.

c) Se han aplicado las habilidades emprendedoras necesarias para promover el emprendimiento y el intraemprendimiento.

d) Se ha puesto en práctica el trabajo colaborativo como requisito para el desarrollo de procesos de innovación.

e) Se ha desarrollado la competencia digital necesaria para la mejora de los procesos de innovación e investigación aplicadas que promuevan la modernización del sector productivo.

f) Se han incorporado los objetivos de las políticas e iniciativas relacionadas con la sostenibilidad y el medio ambiente a la estrategia empresarial enfocada al desarrollo de un modelo económico y social sostenible.

4. Identifica, define y valida ideas de emprendimiento generadoras de nuevas oportunidades a partir de estrategias de análisis del entorno socio productivo utilizando metodologías ágiles para el emprendimiento.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los problemas de las personas destinatarias potenciales del proyecto emprendedor como paso previo a la propuesta de soluciones que se conviertan en oportunidades.

b) Se ha puesto en práctica el proceso creativo con el fin de conseguir una idea emprendedora que aporte valor económico, social y/o cultural.

c) Se ha diseñado un modelo de negocio y/o gestión derivado de la idea emprendedora.

d) Se han incorporado valores éticos y sociales a la idea emprendedora analizando modelos de balance social.

e) Se ha analizado la contribución de la Economía Circular y la Economía del Bien Común al desarrollo de un modelo económico y social basado en la equidad, la justicia social y la sostenibilidad.

f) Se han analizado los principales componentes del entorno general y específico, y su impacto en la idea emprendedora.

g) Se han realizado entrevistas de problema para validar el perfil y el problema de las personas destinatarias de la idea emprendedora.

h) Se ha validado la solución mediante la creación de prototipos buscando el encaje problema-solución.

i) Se ha experimentado con la puesta en práctica de estrategias de marketing para desarrollar destrezas en técnicas de comunicación y venta.

5. Desarrolla un proyecto emprendedor de innovación social y/o tecnológica aplicada en colaboración con el entorno.

Criterios de evaluación:

a) Se han analizado los conceptos básicos del emprendimiento y la innovación social.

b) Se ha reflexionado sobre la necesidad del liderazgo ético y sostenible en las organizaciones.

c) Se ha reflexionado sobre la tecnología como base para el cambio del modelo productivo.

d) Se han puesto en marcha las estrategias propias del pensamiento de diseño para detectar necesidades sociales y medioambientales.

e) Se han analizado los elementos del diseño de modelos de negocio ecosociales y/o de base tecnológica.

f) Se han alineado metas de desarrollo sostenible con el diseño de modelos de negocio ecosociales y/o de base tecnológica.

g) Se han aplicado las estrategias necesarias para analizar la viabilidad del proyecto emprendedor.

h) Se han investigado las opciones financieras socialmente responsables.

i) Se han definido los agentes implicados en el proyecto, así como su participación en el mismo.

Módulo profesional: Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS).

Equivalencia en créditos ECTS: 3.

Duración 50 %: 30 horas.

Duración 60 %: 30 horas.

Código: 1665.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:

1. Analiza el concepto de digitalización y su repercusión en los sectores productivos teniendo en cuenta la actividad de la empresa e identificando entornos IT (Information Technology: tecnología de la información) y OT (Operation Technology: tecnología de operación) característicos.

Criterios de evaluación:

a) Se ha descrito en qué consiste el concepto de digitalización.

b) Se ha relacionado la implantación de la tecnología digital con la organización de las empresas.

c) Se han establecido las diferencias y similitudes entre los entornos IT y OT.

d) Se han identificado los departamentos típicos de las empresas que pueden constituir entornos IT.

e) Se han seleccionado las tecnologías típicas de la digitalización en planta y en negocio.

f) Se ha analizado la importancia de la conexión entre entornos IT y OT.

g) Se han analizado las ventajas de digitalizar una empresa industrial de extremo a extremo.

2. Caracteriza las tecnologías habilitadoras digitales necesarias para la adecuación/transformación de las empresas a entornos digitales describiendo sus características y aplicaciones.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado las principales tecnologías habilitadoras digitales.

b) Se han relacionado las THD con el desarrollo de productos y servicios.

c) Se ha relacionado la importancia de las THD con la economía sostenible y eficiente.

d) Se han identificado nuevos mercados generados por las THD.

e) Se ha analizado la implicación de THD tanto en la parte de negocio como en la parte de planta.

f) Se han identificado las mejoras producidas debido a la implantación de las tecnologías habilitadoras en relación con los entornos IT y OT.

g) Se ha elaborado un informe que relacione, las tecnologías con sus características y áreas de aplicación.

3. Identifica sistemas basados en cloud/nube y su influencia en el desarrollo de los sistemas digitales.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los diferentes niveles de la cloud/nube.

b) Se han identificado las principales funciones de la cloud/nube (procesamiento de datos, intercambio de información, ejecución de aplicaciones, entre otros).

c) Se ha descrito el concepto de edge computing y su relación con la cloud/nube.

d) Se han definido los conceptos de fog y mist y sus zonas de aplicación en el conjunto.

e) Se han identificado las ventajas que proporciona la utilización de la cloud/nube en los sistemas conectados.

4. Identifica aplicaciones de la IA (inteligencia artificial) en entornos del sector donde está enmarcado el título describiendo las mejoras implícitas en su implementación.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado la importancia de la IA en la automatización de procesos y su optimización.

b) Se ha relacionado la IA con la recogida masiva de datos (Big Data) y su tratamiento (análisis) con la rentabilidad de las empresas.

c) Se ha valorado la importancia presente y futura de la IA.

d) Se han identificado los sectores con implantación más relevante de IA.

e) Se han identificado los lenguajes de programación en IA.

f) Se ha descrito como influye la IA en el sector del título.

5. Evalúa la importancia de los datos, así como su protección en una economía digital globalizada, definiendo sistemas de seguridad y ciberseguridad tanto a nivel de equipo/sistema, como globales.

Criterios de evaluación:

a) Se ha establecido la diferencia entre dato e información.

b) Se ha descrito el ciclo de vida del dato.

c) Se ha identificado la relación entre Big Data, análisis de datos, machine/deep learning e inteligencia artificial.

d) Se han descrito las características que definen Big Data.

e) Se han descrito las etapas típicas de la ciencia de datos y su relación en el proceso.

f) Se han descrito los procedimientos de almacenaje de datos en la cloud/nube.

g) Se ha descrito la importancia del cloud computing.

h) Se han identificado los principales objetivos de la ciencia de datos en las diferentes empresas.

i) Se ha valorado la importancia de la seguridad y su regulación en relación con los datos.

6. Desarrolla un proyecto de transformación digital de una empresa de un sector relacionado con el título, teniendo en cuenta los cambios que se deben producir en función de los objetivos de la empresa.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los objetivos estratégicos de la empresa.

b) Se han identificado y alineado las áreas de producción/negocio y de comunicaciones.

c) Se han identificado las áreas susceptibles de ser digitalizadas.

d) Se ha analizado el encaje de AD (áreas digitalizadas) entre sí y con las que no lo están.

e) Se han tenido en cuenta las necesidades presentes y futuras de la empresa.

f) Se han relacionado cada una de las áreas con la implantación de las tecnologías.

g) Se han analizado las posibles brechas de seguridad en cada una de las áreas.

h) Se ha definido el tratamiento de los datos y su análisis.

i) Se ha tenido en cuenta la integración entre datos, aplicaciones, plataformas que los soportan, entre otros.

j) Se han documentado los cambios realizados en función de la estrategia.

k) Se han tenido en cuenta la idoneidad de los recursos humanos.

Módulo Profesional: Sostenibilidad aplicada al sistema productivo.

Equivalencia en créditos ECTS: 3.

Duración 50 %: 30 horas.

Duración 60 %: 30 horas.

Código: 1708.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:

1. Identifica los aspectos ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) relativos a la sostenibilidad, teniendo en cuenta el concepto de desarrollo sostenible y los marcos internacionales que contribuyen a su consecución.

Criterios de evaluación:

a) Se ha descrito el concepto de sostenibilidad, estableciendo los marcos internacionales asociados al desarrollo sostenible.

b) Se han identificado los asuntos ambientales, sociales y de gobernanza que influyen en el desarrollo sostenible de las organizaciones empresariales.

c) Se han relacionado los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con su importancia para la consecución de la Agenda 2030.

d) Se ha analizado la importancia de identificar los aspectos ASG más relevantes para los grupos de interés de las organizaciones relacionándolos con los riesgos y oportunidades que suponen para la propia organización.

e) Se han identificado los principales estándares de métricas para la evaluación del desempeño en sostenibilidad y su papel en la rendición de cuentas que marca la legislación vigente y las futuras regulaciones en desarrollo.

f) Se ha descrito la inversión socialmente responsable y el papel de los analistas, inversores, agencias e índices de sostenibilidad en el fomento de la sostenibilidad.

2. Caracteriza los retos ambientales y sociales a los que se enfrenta la sociedad, describiendo los impactos sobre las personas y los sectores productivos y proponiendo acciones para minimizarlos.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los principales retos ambientales y sociales.

b) Se han relacionado los retos ambientales y sociales con el desarrollo de la actividad económica.

c) Se ha analizado el efecto de los impactos ambientales y sociales sobre las personas y los sectores productivos.

d) Se han identificado las medidas y acciones encaminadas a minimizar los impactos ambientales y sociales.

e) Se ha analizado la importancia de establecer alianzas y trabajar de manera transversal y coordinada para abordar con éxito los retos ambientales y sociales.

3. Establece la aplicación de criterios de sostenibilidad en el desempeño profesional y personal, identificando los elementos necesarios.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los ODS más relevantes para la actividad profesional que realiza.

b) Se han analizado los riesgos y oportunidades que representan los ODS.

c) Se han identificado las acciones necesarias para atender algunos de los retos ambientales y sociales desde la actividad profesional y el entorno personal.

4. Propone productos y servicios responsables teniendo en cuenta los principios de la economía circular.

Criterios de evaluación:

a) Se ha caracterizado el modelo de producción y consumo actual.

b) Se han identificado los principios de la economía verde y circular.

c) Se han contrastado los beneficios de la economía verde y circular frente al modelo clásico de producción.

d) Se han aplicado principios de ecodiseño.

e) Se ha analizado el ciclo de vida del producto.

f) Se han identificado los procesos de producción y los criterios de sostenibilidad aplicados.

5. Realiza actividades sostenibles minimizando el impacto de las mismas en el medio ambiente.

Criterios de evaluación:

a) Se ha caracterizado el modelo de producción y consumo actual.

b) Se han identificado los principios de la economía verde y circular.

c) Se han contrastado los beneficios de la economía verde y circular frente al modelo clásico de producción.

d) Se ha evaluado el impacto de las actividades personales y profesionales.

e) Se han aplicado principios de ecodiseño.

f) Se han aplicado estrategias sostenibles.

g) Se ha analizado el ciclo de vida del producto.

h) Se han identificado los procesos de producción y los criterios de sostenibilidad aplicados.

i) Se ha aplicado la normativa ambiental.

6. Analiza un plan de sostenibilidad de una empresa del sector, identificando sus grupos de interés, los aspectos ASG materiales y justificando acciones para su gestión y medición.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los principales grupos de interés de la empresa.

b) Se han analizado los aspectos ASG materiales, las expectativas de los grupos de interés y la importancia de los aspectos ASG en relación con los objetivos empresariales.

c) Se han definido acciones encaminadas a minimizar los impactos negativos y aprovechar las oportunidades que plantean los principales aspectos ASG identificados.

d) Se han determinado las métricas de evaluación del desempeño de la empresa de acuerdo con los estándares de sostenibilidad más ampliamente utilizados.

e) Se ha elaborado un informe de sostenibilidad con el plan y los indicadores propuestos.

Módulo Profesional: Inglés Profesional (GS).

Equivalencia en créditos ECTS: 5.

Duración 50 %: 50 horas.

Duración 60 %: 50 horas.

Código: 0179.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:

1. Comprende información, de índole profesional, académica y cotidiana, contenida en todo tipo de discursos orales, emitidos por cualquier medio de comunicación en lengua estándar, interpretando con precisión el contenido del mensaje.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado la idea principal de mensajes en lengua estándar relacionados con la vida social, profesional o académica.

b) Se ha reconocido la finalidad de mensajes directos o emitidos en cualquier soporte en lengua estándar.

c) Se ha extraído información específica contenida en distintos discursos orales en lengua estándar, relacionada con la vida social, profesional o académica.

d) Se ha identificado el punto de vista y la actitud del hablante.

e) Se ha identificado el hilo argumental de mensajes orales y determinado los roles que aparecen en dichos mensajes.

f) Se han comprendido adecuadamente mensajes en lengua estándar en ambientes con contaminación acústica.

g) Se han extraído las ideas principales de conferencias, charlas e informes, y otras formas de presentación académica y profesional, lingüísticamente complejas.

h) Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje sin entender todos y cada uno de los elementos del mismo.

2. Comprende mensajes escritos, de naturaleza profesional, académica y cotidiana, de relativa dificultad, analizando de forma comprensiva su contenido.

Criterios de evaluación:

a) Se ha identificado la idea principal de textos específicos de su ámbito social, profesional o académico.

b) Se ha reconocido la finalidad de distintos textos escritos en cualquier soporte, en lengua estándar y relacionados con la actividad profesional.

c) Se ha extraído información específica de textos, de diferente naturaleza, relativos a su profesión, y contenidos en distintos soportes.

d) Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un texto sin entender todos y cada uno de los elementos del mismo.

e) Se han leído y comprendido, de manera autónoma, textos relacionados con el sector con la velocidad y estilo de lectura propia del nivel competencial.

f) Se ha interpretado la correspondencia relativa a su especialidad, captando fácilmente el significado esencial.

g) Se han interpretado textos extensos, y de cierta complejidad, relacionados o no con su especialidad, pudiendo realizar varias lecturas del mismo.

h) Se ha identificado con rapidez el contenido y la importancia de noticias, artículos e informes sobre una amplia serie de temas profesionales.

i) Se han interpretado instrucciones, con distintos niveles de dificultad, y mensajes técnicos recibidos a través de soportes digitales.

j) Se han traducido textos de cierta complejidad, utilizando material de apoyo en caso necesario.

3. Produce mensajes orales claros y bien estructurados, analizando el contenido de la situación y adaptándose al registro lingüístico del interlocutor.

Criterios de evaluación:

a) Se han emitido mensajes generales propios de sector y de la vida cotidiana, utilizando nexos y estrategias de interacción.

b) Se ha intercambiado con fluidez información específica y detallada utilizando estructuras de una complejidad acorde al nivel competencial.

c) Se han seleccionado y aplicado los registros adecuados para la emisión del mensaje, así como protocolos y normas de relación social propios del país.

d) Se han realizado presentaciones, bien estructuradas, sobre temas de su ámbito profesional, haciendo uso de los protocolos establecidos.

e) Se ha utilizado correctamente la terminología de la profesión.

f) Se ha descrito y secuenciado oralmente un proceso de trabajo de su competencia.

g) Se ha solicitado la reformulación del discurso o parte del mismo cuando se ha considerado necesario.

h) Se ha interaccionado espontáneamente, adoptando un nivel de formalidad adecuado a las circunstancias.

i) Se ha expresado con fluidez, precisión y eficacia sobre una amplia serie de temas generales, académicos, profesionales o de ocio, marcando con claridad la relación entre las ideas.

j) Se han expresado y defendido puntos de vista con claridad, proporcionando explicaciones y argumentos adecuados.

k) Se ha respondido a preguntas relativas a su vida socio-profesional, incluidas las propias de una entrevista de trabajo.

4. Redacta documentos e informes, propios del sector o de la vida académica y cotidiana, relacionando los recursos lingüísticos con el propósito de los mismos.

Criterios de evaluación:

a) Se han escrito textos claros y detallados sobre una variedad de temas relacionados con su profesión, sintetizando y evaluando información y argumentos procedentes de varias fuentes.

b) Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional, utilizando vocabulario específico y protocolos y normas de relación social propios del país.

c) Se ha organizado la información con corrección, precisión, con cohesión y coherencia, solicitando y/o facilitando información de tipo general o detallada.

d) Se han cumplimentado textos mediante apoyos visuales y claves lingüísticas.

e) Se han elaborado informes, destacando los aspectos significativos y ofreciendo detalles relevantes que sirvan de apoyo.

f) Se han escrito cartas, formales e informales, empleando las fórmulas de cortesía establecidas y el vocabulario específico para la elaboración de las mismas.

g) Se han resumido diferentes tipos de documentos escritos, utilizando sus propios recursos lingüísticos.

h) Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento que se va a elaborar.

5. Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación, describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.

Criterios de evaluación:

a) Se han definido los rasgos más significativos de las costumbres y usos de la comunidad donde se habla la lengua extranjera.

b) Se han descrito los protocolos y normas de relación social propios del país.

c) Se han identificado los valores y creencias propios de la comunidad donde se habla la lengua extranjera.

d) Se ha identificado los aspectos socio-profesionales propios del sector, en cualquier tipo de texto.

e) Se han aplicado los protocolos y normas de relación social propios del país de la lengua extranjera.

f) Se han reconocido los marcadores lingüísticos de la procedencia regional.

ANEXO II
Espacios y equipamientos mínimos

Espacios:

Espacio formativo

Superficie

m2

30 alumnos/as 20 alumnos/as
Aula polivalente. 60 40
Aula técnica de seguridad. 90 60
Aula técnica de procesos. 120 90
Laboratorio de análisis. 150 120

Equipamientos mínimos:

Espacio formativo Equipamientos mínimos
Aula polivalente.

– Ordenadores instalados en red.

– Conexión a Internet.

– Medios audiovisuales.

– Sistemas de reprografía.

– Programas informáticos específicos del ciclo formativo.

Aula técnica de seguridad.

– Cascos y pantallas de protección.

– Equipamientos de primeros auxilios.

– Equipos para control de aire interior.

– Equipo de protección radiológico.

– Gafas de protección; de seguridad y de trabajo universal, entre otras.

– nstalaciones fijas contra incendios.

– Equipos contraincendios.

– Juegos de extintores.

– Juego de guantes de seguridad.

– Kit de señalización.

– Máscara de protección respiratoria con diversos cartuchos y filtros.

– Sistemas fijos de detección y alarma (gases, llama y otros).

– Detectores y sensores múltiples de gases.

– Detectores de rayos IR.

Aula técnica de procesos.

– Analizadores de frecuencia.

– Sonómetros y dosímetros.

– Vibrómetro y acelerómetro.

– Medidor de partículas y dosímetros α, β y. ץ.

– Medidores de humedad, temperatura y punto de rocío.

– Medidores y protectores de ruidos.

– Medidores de vibraciones.

– Medidor de velocidad del aire y kit para controlar el aire en interiores.

– Kit termoanemómetro.

– Luxómetro.

– Multímetro digital.

– Psicómetro e higrómetro.

– Sistemas fijos de detección y alarma (gases y llama, entre otros).

Laboratorio de análisis.

– Analizadores de gases.

– Armarios de seguridad para productos.

– Bombas de trasvase de líquidos.

– Contenedores para residuos con absorbentes.

– Dosificadores de seguridad.

– Equipamiento para primeros auxilios de laboratorio.

– Equipamiento básico de laboratorio.

– Equipo para determinar la inflamabilidad.

– Juego de termómetros con alarma y calibradores.

– Material general de laboratorio.

– Material de seguridad laboratorio.

– Medidor combinado de pH, redox, temperatura y conductividad.

– Microscopios.

– Muestreadores para sólidos, líquidos y gases.

– Muestreadores personales de campo.

– Oxímetro digital.

– Turbidímetro de campo.

ANEXO III
Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales
Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
1411. Estructura de la empresa y la prevención de riesgos. – Formación y Orientación Laboral.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

1412. Condiciones de seguridad y seguridad industrial.

– Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica.

– Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

1413. Riesgos físicos ambientales.

– Análisis y Química Industrial.

– Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Laboratorio.

– Operaciones de Procesos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

1414. Riesgos químicos y biológicos ambientales.

– Análisis y Química Industrial.

– Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Laboratorio.

– Operaciones de Procesos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

1415. Riesgos ergonómicos y psicosociales. – Formación y Orientación Laboral.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

1416. Situaciones de emergencia. – Según lo establecido en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
1418. Ruidos y vibraciones.

– Análisis y Química Industrial.

– Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Laboratorio.

– Operaciones de Procesos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

1419. Gestión de la prevención y responsabilidad jurídica. – Formación y Orientación Laboral.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

1420. Riesgos relacionados con la seguridad vial. – Según lo establecido en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS).

– Formación y Orientación Laboral.

– Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica.

– Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos.

– Análisis y Química Industrial.

– Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Laboratorio.

– Operaciones de Procesos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

1421. Proyecto intermodular de prevención de riesgos profesionales.

– Análisis y Química Industrial.

– Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica.

– Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos.

– Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos.

– Formación y Orientación Laboral.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Laboratorio.

– Operaciones de Procesos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

1709. Itinerario personal para la empleabilidad I. – Formación y Orientación Laboral.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

1710. Itinerario personal para la empleabilidad II. – Formación y Orientación Laboral.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo.

– Formación y Orientación Laboral.

– Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica.

– Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos.

– Análisis y Química Industrial.

– Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Laboratorio.

– Operaciones de Procesos.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

0179. Inglés Profesional (GS). – Inglés.

– Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

– Profesores de Enseñanza Secundaria.

ANEXO IV
Convalidaciones

a) Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación del Sistema Educativo (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales al amparo de la Ley Orgánica 2/2006 (LOE).

Formación aportada (LOGSE) Formación a convalidar (LOE)
Módulos profesionales (Ciclo formativo al que pertenecen) Módulos profesionales a convalidar

Gestión de la prevención.

– Ciclo formativo de grado superior de Prevención de riesgos profesionales.

1411. Estructura de la empresa y la prevención de riesgos.

1419. Gestión de la prevención y responsabilidad jurídica.

Riesgos derivados de las condiciones de seguridad.

– Ciclo formativo de grado superior de Prevención de riesgos profesionales.

1412. Condiciones de seguridad y seguridad industrial.

Riesgos físicos ambientales.

– Ciclo formativo de grado superior de Prevención de riesgos profesionales.

1413. Riesgos físicos ambientales.

1418. Ruidos y vibraciones.

Riesgos químicos y biológicos ambientales.

– Ciclo formativo de grado superior de Prevención de riesgos profesionales.

1414. Riesgos químicos y biológicos ambientales.

Prevención de riesgos derivados de la organización y la carga de trabajo.

– Ciclo formativo de grado superior de Prevención de riesgos profesionales.

1415. Riesgos ergonómicos y psicosociales.

Emergencias.

– Ciclo formativo de grado superior de Prevención de riesgos profesionales.

1416. Situaciones de emergencia.

b) Convalidaciones entre módulos profesionales establecidos en el título de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales y los de otros títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006 (LOE).

Formación aportada Formación a convalidar
Módulos profesionales Módulos profesionales a convalidar (Ciclo formativo al que pertenecen)
Ciclo completo.

Itinerario personal para la empleabilidad I.

– Cualquier ciclo formativo de grado medio o grado superior.

ANEXO V A)
Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación
Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0408_3: Gestionar la prevención de riesgos laborales.

1411. Estructura de la empresa y la prevención de riesgos.

1419. Gestión de la prevención y responsabilidad jurídica.

UC0409_3: Evaluar y controlar los riesgos derivados de las condiciones de seguridad. 1412. Condiciones de seguridad y seguridad industrial.
UC0410_3: Evaluar y controlar los riesgos físicos relacionados con el ambiente de trabajo. 1413. Riesgos físicos ambientales.
UC0411_3: Evaluar y controlar los riesgos químicos y biológicos relacionados con el ambiente de trabajo. 1414. Riesgos químicos y biológicos ambientales.
UC0412_3: Evaluar y controlar los riesgos ergonómicos y psicosociales relacionados con el trabajo. 1415. Riesgos ergonómicos y psicosociales.
UC0413_3: Actuar en situaciones de emergencia en el entorno de trabajo. 1416. Situaciones de emergencia.
UC1618_3: Realizar las operaciones previas y de toma de datos de ruidos y vibraciones, colaborando en la realización de informes y mapas de ruido. 1418. Ruidos y vibraciones.
ANEXO V B)
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación
Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables

1411. Estructura de la empresa y la prevención de riesgos.

1419. Gestión de la prevención y responsabilidad jurídica.

UC0408_3: Gestionar la prevención de riesgos laborales.
1412. Condiciones de seguridad y seguridad industrial. UC0409_3: Evaluar y controlar los riesgos derivados de las condiciones de seguridad.
1413. Riesgos físicos ambientales. UC0410_3: Evaluar y controlar los riesgos físicos relacionados con el ambiente de trabajo.
1414. Riesgos químicos y biológicos ambientales. UC0411_3: Evaluar y controlar los riesgos químicos y biológicos relacionados con el ambiente de trabajo.
1415. Riesgos ergonómicos y psicosociales. UC0412_3: Evaluar y controlar los riesgos ergonómicos y psicosociales relacionados con el trabajo.
1416. Situaciones de emergencia. UC0413_3: Actuar en situaciones de emergencia en el entorno de trabajo.
1418. Ruidos y vibraciones. UC1618_3: Realizar las operaciones previas y de toma de datos de ruidos y vibraciones, colaborando en la realización de informes y mapas de ruido.
ANEXO VI
Aspectos organizativos y curriculares del título de Técnico Superior en Prevención en riesgos profesionales

A) Secuenciación, temporalización y distribución horaria del currículo:

Módulo/Proyecto Bilingüe Horas Secuenciación
1.º 2.º
1413. Riesgos físicos ambientales. 190 6  
1414. Riesgos químicos y biológicos ambientales. 240 8  
1411. Estructura de la empresa y prevención de riesgos.   160 5  
1420. Riesgos relacionados con la seguridad vial.   150 5  
1709. Itinerario personal para la Empleabilidad I.   100 3  
1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo.   35 1  
0179. Inglés profesional (GS).   70 2  
1415. Riesgos ergonómicos y psicosociales. 130   4
1418. Ruidos y vibraciones. 160   5
1412. Condiciones de seguridad y seguridad industrial.   220   6
1416. Situaciones de emergencia.   100   3
1419. Gestión de la prevención y responsabilidad jurídica.   180   5
1710. Itinerario personal para la Empleabilidad II.   100   3
1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS).   35   1
Optativa(s).   80   2
1421. Proyecto Intermodular de prevención de riesgos profesionales.   50   1
  Total.   2000 30 30

B) Espacios, instalaciones y equipamientos mínimos:

Espacios:

Espacio formativo

Superficie

m2

30 alumnos/as 20 alumnos/as
Aula polivalente. 60 40
Aula técnica de seguridad. 90 60
Aula técnica de procesos. 120 90
Laboratorio de análisis. 150 120

Equipamientos mínimos:

Espacio formativo Equipamientos mínimos
Aula polivalente.

– Ordenadores instalados en red.

– Conexión a Internet.

– Medios audiovisuales.

– Sistemas de reprografía.

– Programas informáticos específicos del ciclo formativo.

Aula técnica de seguridad.

– Cascos y pantallas de protección.

– Equipamientos de primeros auxilios (lavaojos, duchas, mantas protectoras, monitor de gases tóxicos, equipos de respiración autónomo y botiquín, entre otros).

– Equipos para control de aire interior.

– Equipo de protección radiológico.

– Gafas de protección, de seguridad y de trabajo universal, entre otras.

– Instalaciones fijas contra incendios.

– Equipos contraincendios.

– Juegos de extintores.

– Juego de guantes de seguridad.

– Kit de señalización.

– Máscara de protección respiratoria con diversos cartuchos y filtros.

– Sistemas fijos de detección y alarma (gases, llama y otros).

– Detectores y sensores múltiples de gases.

– Detectores de rayos IR.

Aula técnica de procesos.

– Analizadores de frecuencia.

– Sonómetros y dosímetros.

– Vibrómetro y acelerómetro.

– Medidor de partículas y dosímetros α, β y ץ.

– Medidores de humedad, temperatura y punto de rocío.

– Medidores y protectores de ruidos.

– Medidores de vibraciones.

– Medidor de velocidad del aire y kit para controlar el aire en interiores.

– Kit termoanemómetro.

– Luxómetro.

– Multímetro digital.

– Psicómetro e higrómetro.

– Sistemas fijos de detección y alarma (gases y llama, entre otros).

Laboratorio de análisis.

– Analizadores de gases.

– Armarios de seguridad para productos.

– Bombas de trasvase de líquidos.

– Contenedores para residuos con absorbentes.

– Dosificadores de seguridad.

– Equipamiento para primeros auxilios de laboratorio (lavaojos, ducha, mantas protectoras y botiquín, entre otros).

– Equipamiento básico de laboratorio (baños termostáticos, agitadores magnéticos, placas calefactoras, balanzas granatarias y de precisión, estufas de desecación, bombas de vacío, compresores, destilador de agua y centrifugadoras, entre otros).

– Equipo para determinar la inflamabilidad.

– Juego de termómetros con alarma y calibradores.

– Material general de laboratorio (pipetas, buretas, vasos, matraces y otros).

– Material de seguridad laboratorio (guantes, gafas, pantallas y máscaras de protección respiratorias).

– Medidor combinado de pH, redox, temperatura y conductividad.

– Microscopios.

– Muestreadores para sólidos, líquidos y gases.

– Muestreadores personales de campo.

– Oxímetro digital.

– Turbidímetro de campo.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 24/09/2024
  • Fecha de publicación: 12/10/2024
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2025
  • Aplicable en la forma indicada en la disposición transitoria única.
Referencias anteriores
  • DEROGA:
    • con efectos desde el 1 de enero de 2025, el Real Decreto 277/2003, de 7 de marzo (Ref. BOE-A-2003-6137).
    • con efectos desde el 1 de enero de 2025, el Real Decreto 1161/2001, de 26 de octubre (Ref. BOE-A-2001-21714).
  • MODIFICA, con efectos desde el 1 de enero de 2025, los arts. 1 y 6 y AÑADE el anexo XCV a la Orden EFD/659/2024, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2024-13181).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
  • Currículo
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Formación profesional
  • Seguridad e higiene en el trabajo
  • Títulos académicos y profesionales

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