Advertidos errores en el Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 126, de 24 de mayo de 2010, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
– En la página 45070, exposición de motivos, cuarto párrafo, donde dice: «…un marzo…», debe decir: «…en marzo…».
– En la página 45072, exposición de motivos, quinto párrafo, donde dice: «… que tenía como objetivo de intentar responder…», debe decir: «… que tenía como objetivo intentar responder …».
– En la página 45072, exposición de motivos, séptimo párrafo, donde dice: «…cláusulas del acuerdo con contenido retributivo.», debe decir: «…cláusulas del acuerdo con contenido económico.».
– En la página 45078, artículo 1. Dos. B) 3, último párrafo, donde dice: «El resto de los complementos retributivos que integren la paga extraordinaria…», debe decir: «El resto de los complementos retributivos que integren la citada paga extraordinaria…».
– En la página 45078, artículo 1. Dos. B) 3, debe añadirse, al final, el siguiente párrafo omitido: «La paga extraordinaria del mes de junio se regirá por lo dispuesto en el apartado Dos. A) de este artículo.».
– En la página 45083, artículo 1. Cuatro. Artículo 26. Uno B), donde dice: «Presidente del Consejo de Estado… 77.808,24 euros», debe decir: «Presidente del Consejo de Estado… 77.808,96 euros», y donde dice: «Presidente del Consejo Económico y Social … 85.004,21 euros», debe decir: «Presidente del Consejo Económico y Social … 85.004,28 euros».
– En la página 45086, artículo 1. Cuatro. Artículo 26. Siete B), tercer párrafo, donde dice: «…, la cuantía en concepto de sueldo y trienios…», debe decir: «…,la cuantía en concepto de sueldo y complemento de destino …».
– En la página 45091, artículo 1. Cuatro. Artículo 29. Uno B), donde dice: «…, experimentarán una reducción, respecto a las establecidas para el año 2008, del 10, del 9 o del 8 ciento…», debe decir: «…, experimentarán una reducción, respecto a las establecidas para el año 2008, del 10, del 9 o del 8 por ciento …».
– En la página 45098, artículo 1. Cuatro. Artículo 32. Uno I), 5, donde dice: «…le será de aplicación lo previsto el artículo 24.Dos…», debe decir: «…le será de aplicación lo previsto en el artículo 24.Dos…».
– En la página 45099, artículo 1. Cuatro. Artículo 32. Uno II), 5, donde dice: «…le será de aplicación lo previsto el artículo 24.Dos…», debe decir: «…le será de aplicación lo previsto en el artículo 24.Dos…».
– En la página 45121, artículo 14. Dos, donde dice: «A partir de la entrada en vigor de la presente norma y hasta 31 de diciembre de 2011…», debe decir: «A partir del 1 de enero de 2011 y hasta 31 de diciembre de 2011…».
– En la página 45128, disposición final quinta, donde dice: «La disposición adicional séptima podrá modificarse por el Consejo de Ministros…», debe decir, «La disposición adicional octava podrá modificarse por el Consejo de Ministros…».
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