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Documento BOE-A-1980-3893

Resolución de la Dirección General de Tributos por la que se dictan las normas de actuación desarrollando el cumplimiento de la Orden de 3 de diciembre de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 29 de diciembre de 1979), en la que se autoriza el cumplimiento de obligaciones tributarias mediante soportes de ordenador.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 1980, páginas 3878 a 3878 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1980-3893
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1980/01/28/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La Orden de 3 de diciembre de 1979 establece que los contribuyentes y demás sujetos pasivos que estén obligados por disposiciones vigentes a presentar declaraciones tributarias podrán sustituir los respectivos modelos oficiales por otro soporte de información y, en particular, por soportes magnéticos legibles directamente por ordenador, previa la autorización que se regula en esta Orden, en las condiciones y términos que se dicten por la Dirección General de Tributos.

En su consecuencia, esta Dirección General ha tenido a bien dictar las siguientes instrucciones:

Primera.

La persona física o jurídica que optase por presentar la información en soportes de ordenador, deberá solicitar de la Subdirección General de Informática Fiscal la oportuna autorización en la que se haga constar:

a) Apellidos y nombre o razón social completa.

b) Número del DNI o Código de Identificación.

c) Domicilio completo.

d) Declaración tributaria que desea presentar en soporte de ordenador.

e) Persona con la cual deba relacionarse directamente la Subdirección General y su teléfono.

f) Soporte que desea utilizar.

g) Si el archivo comprende varios declarantes o si, por el contrario, es un único declarante.

h) Si lo declarado corresponde a una sola Delegación de Hacienda o a varias de ellas.

i) Fecha y firma.

Segunda.

Recibida dicha solicitud por la Subdirección General, se procederá a autorizar la presentación o a desestimarla, si les condiciones no son compatibles con las establecidas por el Ministerio de Hacienda.

En el supuesto de que la solicitud la realice un profesional o Empresa en nombre de determinado colectivo, deberá adjuntar relación nominal con la identificación y domicilio completos de todos los declarantes que fuesen a figurar en el archivo y, en ceso de ser autorizado, anualmente presentará las altas y bajas que se hubiesen producido a lo largo del ejercicio de la declaración.

La autorización contendrá los siguientes datos:

1. Solicitante y domicilio.

2. Si la autorización es única o colectiva.

3. Obligaciones tributarias respecto de las que se haya autorizado este procedimiento.

4. Indicación o envío de la publicación donde figuran las especificaciones físicas y lógicas establecidas por la Dirección General de Tributos.

5. Soporte autorizado.

6. Lugar donde debe presentar dicho soporte.

7. Plazo de presentación del soporte.

8. Documentos que deben adjuntar.

Tercera.

El soporte de información se presentará en cada Delegación de Hacienda, adjuntando la primera página del modelo oficial y una copia de la autorización que le ha sido concedida, recibiendo el oportuno comprobante.

Si la declaración comprende datos de más de una Delegación de Hacienda, el lugar de presentación será el Centro Regional de Informática o la Subdirección General de Informática Fiscal según se hubiese especificado en la autorización.

Cuarta.

No se aceptarán declaraciones en papel continuo de ordenador o en soporte legible directamente por ordenador si no van acompañados de la autorización de la Subdirección General de Informática Fiscal.

Quinta.

Las Delegaciones de Hacienda y Centros Regionales procederán a procesar y/o, enviar dicho soporte o la información de acuerdo con las instrucciones que determine la Subdirección General de Informática Fiscal.

Sexta.

Las Empresas y profesionales que ya están autorizados a presentar los soportes de ordenador recibirán una nueva autorización ajustada a la presente Resolución.

Lo que digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a W. II.

Madrid, 28 de enero de 1980.‒El Director general, Alfonso Gota Losada.

Ilmos. Sres. Subdirector general de Informática Fiscal y Delegados de Hacienda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/01/1980
  • Fecha de publicación: 19/02/1980
Referencias anteriores
Materias
  • Informática
  • Sistema tributario

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