De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, y una vez obtenida la previa aprobación del Ministro que preceptúa la mencionada disposición, he dispuesto:
Queda delegada en el Vicesecretario general Técnico la rendición de cuentas de los gastos correspondientes al presupuesto de esta Secretaría General Técnica.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Dios guarde a V. S.
Madrid, 31 de enero de 1980.–El Secretario general Técnico, Joaquín Tena Arregui.
Sr. Vicesecretario general Técnico.
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