Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido por la Delegación Territorial del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social de Madrid, y teniendo en cuenta que:
Se ha tramitado de oficio a las partes interesadas, a tenor de lo previsto en la disposición transitoria del Real Decreto 2221/1978, de 25 de agosto.
Que el informe de la Comisión Provincial de Gobierno es favorable.
Esta Secretaría de Estado para la Sanidad, en virtud de la facultad asumida de la Subsecretaría de la Salud por Real Decreto 933/1979, de 27 de abril, que le confiere la disposición transitoria del Real Decreto 2221/1978, de 25 de agosto, ha resuelto:
Modificar las demarcaciones territoriales de los tres partidos farmacéuticos que figuran en el anexo que se acompaña, y creación del partido farmacéutico de Alcorcón.
El puesto de trabajo que se suprime en el citado anexo se adscribirá al partido farmacéutico de Alcorcón.
Lo que digo a V. I.
Madrid, 7 de agosto de 1980.‒El Secretario de Estado, José Luis Perona Larraz.
Ilmo. Sr. Director general de Farmacia y Medicamentos.
Fusión del partido farmacéutico de Bustarviejo-Valdemanco con los de Miraflores de la Sierra y Guadalix de la Sierra, quedando suprimido el puesto de trabajo del partido farmacéutico que se fusiona.
Los partidos farmacéuticos resultantes quedarán así:
Miraflores de la Sierra: Compuesto por los municipios de Miraflores de la Sierra y Bustarviejo, con una plaza de Farmacéutico titular.
Guadalix de la Sierra: Compuesto por los municipios de Guadalix de la Sierra, Navalafuene y Valdemanco con una plaza de Farmacéutico titular:
Segregar del partido farmacéutico de Leganés el municipio de Alcorcón y adscripción de la plaza de Farmacéutico titular que se suprime al partido de Alcorcón, que se crea.
Los partidos farmacéuticos resultan los quedarán así:
Leganés: Con una plaza de Farmacéutico titular.
Alcorcón: Con una plaza de Farmacéutico titular.
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