En virtud de las atribuciones que corresponden a esta Dirección General según Orden ministerial de 2 de abril de 1963 y a petición de Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE), por Resoluciones de 24 de junio y 7 de julio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de julio y 4 de agosto del mismo año) autorizó, con carácter provisional el despacho aduanero de equipajes «no acompañados» en determinadas estaciones ferroviarias, entre ellas, en las de Bilbao y Zaragoza-El Portillo, respectivamente.
En la actualidad RENFE interesa quede cancelado lo que se concedió relativo a las dos estaciones citadas.
En consecuencia, esta Dirección General, habida cuenta de lo expuesto por RENFE, determinado por no haber dotado la misma en dichas estaciones de locales adecuados para el desarrollo del servicio, acuerda dejar sin efecto las autorizaciones que en sus Resoluciones antes citadas se contraen a las estaciones de Bilbao y Zaragoza-El Portillo.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 22 de enero de 1981.–El Director general, Antonio Rúa Benito.
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