LA RESOLUCION DE ESTE CENTRO DIRECTIVO DE 8 DE JULIO DE 1987 ESTABLECIO, CON VISTAS A AGILIZAR LA LLEVANZA DE LOS LIBROS DIARIO Y DE ENTRADA DEL REGISTRO MERCANTIL DE MADRID, UN PERIODO DE TIEMPO EN QUE SE AUTORIZABA AL EXPRESADO REGISTRO PARA EL EMPLEO DE HOJAS MOVILES Y PROCEDIMIENTOS INFORMATICOS.
RECIBIDO EL INFORME DEL ILUSTRE COLEGIO NACIONAL DE REGISTRADORES QUE PREVEIA LA CITADA RESOLUCION, SOBRE EL RESULTADO OBTENIDO DEL EMPLEO DEL NUEVO SISTEMA INFORMATICO Y SIENDO AQUEL POSITIVO, ESTA DIRECCION GENERAL HA ACORDADO, A PROPUESTA DE LA SUBDIRECCION GENERAL DEL NOTARIADO Y DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES:
PRIMERO. AUTORIZAR AL REGISTRO MERCANTIL DE MADRID A LA CONTINUACION DEL EMPLEO DE HOJAS MOVILES Y PROCEDIMIENTOS INFORMATICOS PARA LA LLEVANZA DE LOS LIBROS DIARIO Y DE ENTRADA, DURANTE EL AÑO 1988.
SEGUNDO. AUTORIZAR A LOS DEMAS REGISTROS MERCANTILES CONTEMPLADOS EN EL REAL DECRETO 671/1986, DE 21 DE MARZO, PARA LA LLEVANZA DE LOS CITADOS LIBROS POR LOS MISMOS MEDIOS Y POR IGUAL TIEMPO, PREVIA COMUNICACION A ESTA DIRECCION GENERAL.
TERCERO. ORDENAR LA ENCUADERNACION DE LOS LIBROS DIARIOS DE HOJAS MOVILES CUANDO SE ALCANCE EL NUMERO DE 250 HOJAS.
MADRID, 11 DE FEBRERO DE 1988. EL DIRECTOR GENERAL, MARIANO MARTIN ROSADO.
ILMO. SR. DECANO DEL COLEGIO NACIONAL DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES.
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