LAS IMPORTACIONES ORIGINARIAS DE LA UNION SOVIETICA DE TEJIDOS DE LINO O DE RAMIO DE LA CATEGORIA TEXTIL NUMERO 117, DE LOS CODIGOS NC 5309.11.11, 5309.11.19, 5309.11.90, 5309.19.10, 5309.19.90, 5309.21.10, 5309.21.90, 5309.29.10, 5309.29.90, 5311.00.10, 5803.90.90, 5905.00.31 Y 5905.00.39, SE ENCUENTRAN SOMETIDAS A RESTRICCION CUANTITATIVA FRENTE A TERCEROS PAISES.
DESDE PRINCIPIO DEL AÑO EN CURSO SE HA VENIDO DETECTANDO UNA CORRIENTE DE IMPORTACIONES DE ESTOS PRODUCTOS ORIGINARIOS DE LA UNION SOVIETICA Y PROCEDENTES, EN LIBRE PRACTICA, DE OTROS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD. COMO ESTA CORRIENTE PARECE MOSTRAR TENDENCIA AL AUMENTO, PROCEDE VIGILARLA MAS ESTRECHAMENTE.
LA COMISION, POR DECISION DEL 1 DE MARZO DE 1991 HA AUTORIZADO A ESPAÑA A ESTABLECER MEDIDAS DE VIGILANCIA INTRACOMUNITARIA PARA ESTOS PRODUCTOS.
LA ORDEN DE 27 DE AGOSTO DE 1986, POR LA QUE SE MODIFICAN DETERMINADOS PRECEPTOS DE DIVERSAS ORDENES SOBRE COMERCIO EXTERIOR, AUTORIZA AL SECRETARIO DE ESTADO DE COMERCIO PARA INTRODUCIR MODIFICACIONES EN EL REGIMEN DE COMERCIO CUANDO SE TRATE DE PONER EN EJECUCION NORMAS COMUNITARIAS QUE ASI LO REQUIERAN.
EN CONSECUENCIA, DISPONGO:
PRIMERO. QUEDAN SOMETIDOS AL REGIMEN DE VIGILANCIA ESTADISTICA PREVIA A LA IMPORTACION, REQUIRIENDO, EN CONSECUENCIA, LA EXPEDICION DEL DOCUMENTO DENOMINADO <NOTIFICACION PREVIA DE IMPORTACION>, ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 4. DE LA ORDEN DE 21 DE FEBRERO DE 1986 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO Y TRAMITACION DE LAS IMPORTACIONES, LOS TEJIDOS DE LINO O DE RAMIO, CLASIFICADOS EN LOS CODIGOS NC 5309.11.11, 5309.11.19, 5309.11.90, 5309.19.10, 5309.19.90, 5309.21.10, 5309.21.90, 5309.29.10, 5309.29.90, 5311.00.10, 5803.90.90, 5905.00.31 Y 5905.00.39, QUE ESTEN EN LIBRE PRACTICA EN EL TERRITORIO ADUANERO DE LA COMUNIDAD Y SEAN ORIGINARIOS DE LA UNION SOVIETICA.
SEGUNDO. ESTA RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE A SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> Y SURTIRA EFECTOS HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1991.
MADRID, 11 DE MARZO DE 1991. EL SECRETARIO DE ESTADO DE COMERCIO, APOLONIO RUIZ LIGERO.
ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR.
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