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Documento BOE-A-1991-15377

Resolución de 11 de junio de 1991, del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario, sobre delegación de atribuciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 15 de junio de 1991, páginas 19853 a 19854 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1991-15377
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1991/06/11/(1)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 654/1991, DE 26 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANICA BASICA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION, ESTABLECE, EN SU DISPOSICION ADICIONAL SEXTA, LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE REFORMA Y DESARROLLO AGRARIO (IRYDA), ORGANISMO AUTONOMO ADSCRITO AL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION A TRAVES DE LA SECRETARIA GENERAL DE ESTRUCTURAS AGRARIAS, SIENDO ASIMIMSO EL SECRETARIO GENERAL DE ESTRUCTURAS AGRARIAS PRESIDENTE DEL IRYDA.

ESTA DISPOSICION HACE NECESARIO ESTABLECER UNA NUEVA DELEGACIION DE LAS ATRIBUCIONES PROPIAS DEL IRYDA, ADECUANDO LAS MISMAS A LA NUEVA ESTRUCTURA DEL ORGANISMO, TENIENDO EN CUENTA LAS FUNCIONES Y DENOMINACION DE LOS DISTINTOS ORGANOS QUE LO INTEGRAN.

EN SU VIRTUD, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO DEL DEPARTAMENTO Y DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LOS APARTADOS 4 Y 5 DEL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, HE RESUELTO:

1. SE DELEGAN EN EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y COOPERACION LAS ATRIBUCIONES SIGUIENTES:

A) LA AUTORIZACION DE GASTOS Y PROPUESTA DE ORDENACION DE PAGOS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES, SIN PERJUICIO DE LOS QUE EN ESTA MATERIA SE DELEGAN EN OTROS ORGANOS.

B) LA APROBACION DE PROYECTOS DE OBRAS Y MEJORAS Y LA DECISION DEL SISTEMA DE EJECUCION DE LOS MISMOS Y SU ADJUDICACION.

C) LA CONVOCATORIA DE TODO TIPO DE LICITACIONES EN MATERIA DE OBRAS Y DE ESTUDIOS Y ASISTENCIAS TECNICAS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES Y SU ADJUDICACION, ASI COMO LA APROBACION DE LOS PLIEGOS DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS.

D) LA DESIGNACION DE LOS REPRESENTANTES DEL INSTITUTO EN LAS COMISIONES TECNICAS MIXTAS, ASI COMO DE LOS DIRECTORES DE OBRAS, DE ESTUDIOS Y DE ASISTENCIAS TECNICAS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES, Y DE LOS REPRESENTANTES PARA SU RECEPCION Y ENTREGA.

E) LAS ACTUACIONES QUE CORRESPONDAN AL ORGANISMO EN MATERIA DE REFORMA Y DESARROLLO AGRARIO EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES EN ZONAS O FINCAS QUE NO HAYAN SIDO TRANSFERIDAS A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS, ASI COMO EN LAS ZONAS DECLARADAS DE INTERES NACIONAL O DE INTERES GENERAL DE LA NACION.

F) LA ELABORACION, PROPUESTA Y SUSCRIPCION, EN SU CASO, DE LOS CONVENIOS DE COLABORACION O DE OTRA INDOLE ENTRE EL IRYDA Y LOS CENTROS DIRECTIVOS DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES.

G) LA APROBACION DE LAS NORMAS DE GESTION NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA ANUAL DE ACTUACION DEL INSTITUTO POR PARTE DE LAS SUBDIRECCIONES GENERALES DE PROGRAMAS OPERATIVOS, DE INFRAESTRUCTURAS Y DE FORMACION, TECNOLOGIA Y COOPERACION.

H) LA FORMALIZACION DE TODA CLASE DE ACTOS, ACUERDOS Y CONTRATOS QUE EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES SEAN NECESARIOS O CONVENIENTES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS MISMAS, SU MODIFICACION Y RESOLUCION, ASI COMO LA DEVOLUCION Y CANCELACION DE FIANZAS Y GARANTIAS A LAS QUE HAYAN DADO LUGAR AQUELLOS, Y, EN GENERAL, LA TRAMITACION DE TODOS LOS ASUNTOS QUE SE REFIERAN A LAS ACTIVIDADES PROPIAS DE LA DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y COOPERACION.

2. SE DELEGAN EN EL DIRECTOR GENERAL DE ACCIONES ESTRUCTURALES LAS ATRIBUCIONES SIGUIENTES:

A) LA AUTORIZACION DE GASTOS Y PROPUESTA DE ORDENACION DE PAGOS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES, SIN PERJUICIO DE LOS QUE EN ESTA MATERIA SE DELEGAN EN OTROS ORGANOS.

B) LA CONCESION O DENEGACION DE PRESTAMOS, AYUDAS Y SUBVENCIONES EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES, EN APLICACION DE LAS DISPOSICIONES VIGENTES EN LA MATERIA.

C) LA CONVOCATORIA DE TODO TIPO DE LICITACIONES EN MATERIA DE ESTUDIOS Y ASISTENCIAS TECNICAS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES Y SU ADJUDICACION, ASI COMO LA APROBACION DE LOS PLIEGOS DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS.

D) LA DESIGNACION DE LOS REPRESENTANTES DEL INSTITUTO PARA LA INSPECCION Y COMPROBACION DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS ESTRUCTURALES Y A LAS RENTAS DE LOS AGRICULTORES, ASI COMO DE LOS DIRECTORES DE ESTUDIOS Y DE ASISTENCIAS TECNICAS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES, Y DE LOS REPRESENTANTES PARA SU RECEPCION Y ENTREGA.

E) LAS ACTUACIONES QUE CORRESPONDAN AL ORGANISMO EN MATERIA DE LA POLITICA DE ESTRUCTURAS Y DE AYUDAS Y COMPENSACION DE RENTAS.

F) LA ELABORACION, PROPUESTA Y SUSCRIPCION, EN SU CASO, DE LOS CONVENIOS DE COLABORACION O DE OTRA INDOLE ENTRE EL IRYDA Y LOS CENTROS DIRECTIVOS DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES.

G) LA APROBACION DE LAS NORMAS DE GESTION NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA ANUAL DE ACTUACION DEL INSTITUTO POR PARTE DE LAS SUBDIRECCIONES GENERALES DE AYUDAS ESTRUCTURALES Y DE AYUDAS A LAS RENTAS.

H) LA FORMALIZACION DE TODA CLASE DE ACTOS, ACUERDOS Y CONTRATOS QUE EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES SEAN NECESARIOS O CONVENIENTES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS MISMAS, SU MODIFICACION Y RESOLUCION, ASI COMO LA DEVOLUCION Y CANCELACION DE FIANZAS Y GARANTIAS A LAS QUE HAYAN DADO LUGAR AQUELLOS Y, EN GENERAL, LA TRAMITACION DE TODOS LOS ASUNTOS QUE SE REFIERAN A LAS ACTIVIDADES PROPIAS DE LA DIRECCION GENERAL DE ACCIONES ESTRUCTURALES.

3. SE DELEGAN EN EL SUBDIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE APOYO LAS ATRIBUCIONES SIGUIENTES:

A) LA AUTORIZACION DE GASTOS Y PROPUESTA DE ORDENACION DE PAGOS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES, INCLUIDOS LOS RELATIVOS AL CAPITULO I DEL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO, SIN PERJUICIO DE LAS QUE EN ESTA MATERIA SE DELEGUEN EN OTROS ORGANOS.

B) LA ORDENACION DE PAGOS DEL ORGANISMO Y LA DISPOSICION, CONJUNTAMENTE CON EL INTERVENTOR, DE LOS FONDOS DEPOSITADOS A NOMBRE DEL ORGANISMO, ASI COMO LA RECAUDACION DE INGRESOS, RECURSOS ECONOMICOS Y CREDITOS, LA TRAMITACION DE LA AMORTIZACION DE LOS PRESTAMOS CONCEDIDOS POR EL INSTITUTO Y LA RESCISION DE LOS CONTRATOS DE PRESTAMOS, AUXILIOS Y AYUDAS REINTEGRABLES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ECONOMICAS DE LOS MISMOS.

C) LA CONVOCATORIA DE TODO TIPO DE LICITACIONES EN MATERIA DE ESTUDIOS Y ASISTENCIAS TECNICAS, SUMINISTROS Y SERVICIOS Y BIENES Y DERECHOS PATRIMONIALES DEL INSTITUTO EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES Y SU ADJUDICACION, ASI COMO LA APROBACION DE LOS PLIEGOS DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS.

D) LA DESIGNACION DE LOS REPRESENTANTES DEL INSTITUTO EN ACTUACIONES JUDICIALES Y DE LOS DIRECTORES DE ESTUDIOS Y ASISTENCIAS TECNICAS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES Y DE LOS REPRESENTANTES PARA SU RECEPCION Y ENTREGA.

E) LAS ACTUACIONES QUE CORRESPONDAN AL ORGANISMO EN MATERIA DE PERSONAL, SEA FUNCIONARIO O LABORAL, ASI COMO LAS RELATIVAS A INFORMATICA, ASUNTOS JURIDICOS, RECURSOS ADMINISTRATIVOS, GESTION PATRIMONIAL, ARCHIVOS, REGISTROS, ADMINISTRACION Y COORDINACION INTERNA.

F) LA FORMALIZACION DE TODA CLASE DE ACTOS, ACUERDOS Y CONTRATOS QUE EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES SEAN NECESARIOS O CONVENIENTES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS MISMAS, SU MODIFICACION Y RESOLUCION, ASI COMO LA DEVOLUCION Y CANCELACION DE LAS FIANZAS Y GARANTIAS A LAS QUE HAYAN DADO LUGAR AQUELLOS, Y, EN GENERAL, LA TRAMITACION DE TODOS LOS ASUNTOS QUE SE REFIERAN A LAS ACTIVIDADES PROPIAS DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE SERVICIO DE APOYO.

4. SE DELEGAN EN EL SUBDIRECTOR DE INFRAESTRUCTURAS LAS ATRIBUCIONES SIGUIENTES:

A) LA AUTORIZACION DE GASTOS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES HASTA UN LIMITE DE 100.000.000 DE PESETAS.

B) LA APROBACION DE LOS PROYECTOS DE OBRAS Y MEJORAS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES, ASI COMO LA DECISION DEL SISTEMA DE EJECUCION DE LOS MISMOS Y SU ADJUDICACION.

C) LA DESIGNACION DE DIRECTORES DE OBRAS, DE ESTUDIOS Y DE ASISTENCIAS TECNICAS EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES, ASI COMO DE LOS REPRESENTANTES PARA SU RECEPCION Y ENTREGA.

D) LA FORMALIZACION DE TODA CLASE DE ACTOS, ACUERDOS Y CONTRATOS QUE EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES SEAN NECESARIOS O CONVENIENTES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS MISMAS, SU MODIFICACION Y RESOLUCION, ASI COMO LA DEVOLUCION Y CANCELACION DE FIANZAS Y GARANTIAS A LA QUE HAYAN DADO LUGAR AQUELLOS, Y, EN GENERAL, LA TRAMITACION DE TODOS LOS ASUNTOS QUE SE REFIERAN A LAS ACTIVIDADES PROPIAS DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS.

5. SE DELEGAN EN LOS SUBDIRECTORES GENERALES DE PROGRAMAS OPERATIVOS, DE FORMACION, TECNOLOGIA Y COOPERACION, DE AYUDAS ESTRUCTURALES Y DE AYUDAS A LAS RENTAS LAS ATRIBUCIONES SIGUIENTES:

A) LA AUTORIZACION DE GASTOS EN EL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS FUNCIONES, HASTA LA CUANTIA DE 10.000.000 DE PESETAS POR EXPEDIENTE INDIVIDUAL.

B) LA DESIGNACION DE DIRECTORES DE ESTUDIOS Y ASISTENCIAS TECNICAS EN EL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS FUNCIONES, ASI COMO DE LOS REPRESENTANTES PARA SU RECEPCION Y ENTREGA.

C) LA FORMALIZACION DE TODA CLASE DE ACTOS, ACUERDOS Y CONTRATOS QUE EN EL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS FUNCIONES SEAN NECESARIOS O CONVENIENTES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS MISMAS, SU MODIFICACION Y RESOLUCION, ASI COMO LAS DEVOLUCION DE FIANZAS Y GARANTIAS A LAS QUE HAYAN DADO LUGAR AQUELLOS, Y, EN GENERAL, LA TRAMITACION DE TODOS LOS ASUNTOS QUE SE REFIEREN A LAS RESPECTIVAS ACTIVIDADES PROPIAS DE LAS SUBDIRECCIONES GENERALES DE PROGRAMAS OPERATIVOS, DE FORMACION, TECNOLOGIA Y COOPERACION, DE AYUDAS ESTRUCTURALES Y DE AYUDAS A LAS RENTAS.

6. SE DELEGAN EN LOS JEFES DE SERVICIOS TERRITORIALES LAS ATRIBUCIONES SIGUIENTES:

A) LA DISPOSICION DE GASTOS Y LA ORDENACION DE PAGOS CON CARGO A LAS CONSIGNACIONES DE CREDITO PREVIAMENTE APROBADAS.

B) LA DISPOSICION, CONJUNTAMENTE CON EL INTERVENTOR, DE LOS FONDOS DEL INSTITUTO EN EL AMBITO DE SUS FUNCIONES.

C) LA FIRMA DE TODA CLASE DE ACTOS Y CONTRATOS EN EJECUCION DE ACUERDOS PREVIAMENTE ADOPTADOS.

D) LA AUTORIZACION PARA LOS ACTOS DE TRANSMISION, DIVISION O GRAVAMEN DE LAS EXPLOTACIONES ADJUDICADAS EN PROPIEDAD, A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 28 DE LA LEY DE REFORMA Y DESARROLLO AGRARIO, EN ZONAS O FINCAS QUE NO HAYAN SIDO TRANSFERIDAS A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS.

7. SE DELEGA EN LOS DIRECTORES GENERALES, SUBDIRECTORES GENERALES, COORDINADORES DE ZONAS REGABLES Y JEFES DE SERVICIO TERRITORIAL LA FACULTAD DE ORDENAR AL PERSONAL ADSCRITO A SUS UNIDADES, COMISIONES CON DERECHO A DEVENGO DE DIETAS. A ESTOS EFECTOS, LOS JEFES DE SERVICIO TERRITORIAL SE CONSIDERAN ADSCRITOS A LA SUBDIRECCION GENERAL DE SERVICIO DE APOYO, Y LOS COORDINADORES DE ZONAS REGABLES A LA DIRECCION GENERAL DEINFRAESTRUCTURAS Y COOPRACION.

8.

LA DELEGACION DE ATRIBUCIONES A QUE SE REFIERE ESTA RESOLUCION SE ENTIENDE SIN PERJUICIO DEL EJERCICIO DE LAS POTESTADES DE REVOCACION Y AVOCACION DEL ORGANO QUE LA HAYA CONFERIDO, EL CUAL PODRA RECABAR PARA SI, EN CUALQUIER MOMENTO, EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DE CUANTOS ASUNTOS CONSIDERE OPORTUNOS.

9. SIEMPRE QUE SE HAGA USO DE LAS DELEGACIONES CONTENIDAS EN LA PRESENTE RESOLUCION SE HARA CONSTAR EXPRESAMENTE, CON LA MENCION DE LA FECHA DE ESTA RESOLUCION Y LA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

10. LA PRESENTE RESOLUCION DEROGA TODAS LAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO QUE SE OPONGAN A LO ESTABLECIDO EN LA MISMA, Y EXPRESAMENTE LAS RESOLUCIONES DE 9 DE FEBRERO DE 1977 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 16 DE FEBRERO Y DE 7 DE MARZO) Y DE 23 DE FEBRERO DE 1989 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 11 DE MARZO).

11. LA PRESENTE RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 11 DE JUNIO DE 1991. EL PRESIDENTE, LUIS ATIENZA SERNA.

ILMOS. SRES. DIRECTORES GENERALES DE INFRAESTRUCTURAS Y COOPERACION Y DE ACCIONES ESTRUCTURALES, SUBDIRECTORES GENERALES, COORDINADORES DE ZONAS REGABLES Y JEFES DE SERVICIO TERRITORIAL DEL IRYDA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/06/1991
  • Fecha de publicación: 15/06/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 16/06/1991
Referencias anteriores
  • DEROGA:
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
  • CITA:
    • Real Decreto 654/1991, de 26 de abril (Ref. BOE-A-1991-10291).
    • Ley de Reforma y desarrollo Agrario, texto refundido aprobado por Decreto 118/1973, de 12 de enero (Ref. BOE-A-1973-167).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Acciones Estructurales
  • Dirección General de Infraestructuras y Cooperación
  • Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario
  • Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación
  • Secretaría General de Estructuras Agrarias

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