En virtud de lo establecido en el artículo 3. de la Ley del Monopolio fiscal de tabacos, se publican los precios de venta al público de labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área del monopolio de la península e islas Baleares, que han sido propuestos por los fabricantes e importadores.
Primero.-Los precios de venta al público de las labores de tabaco, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la península e islas Baleares, serán los siguientes:
Precio total de venta al público Pesetas/cajetilla
A) Cigarrillos negros:
Celtas Extrafiltro 75
B) Cigarrillos rubios:
Bisonte 120
Dunhill International 280
Dunhill International Menthol 280
Dunhill International Sup. Mild 280
Lord Extra Lights 225
Peter Stuyvesant (25 cigarrillos) 250
Peter Stuyvesant Extra Mild (25 cig.) 250
Peter Stuyvesant Ultra Light (25 cig.) 250
C) Cigarros y cigarritos:
Fleur de Savane:
Petit Cigare 17
Petit Cigare Légere 17
Meccarillos:
Meccarillos 20
Meccarillos Brasil 20
Meccarillos Mild 20
Nobel:
Apostolado 150
Picaduros:
Légeres 13
Schimmel Pennick:
Sonor 17
Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 27 de enero de 1993.-El Delegado del Gobierno en el Monopolio de Tabacos, Ceferino Argüello Reguera.
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