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Documento BOE-A-1993-10575

Resolución de 5 de abril de 1993, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio Colectivo para las Industrias de Frío Industrial (revisión año 1992).

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 1993, páginas 12279 a 12280 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1993-10575
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1993/04/05/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Convenio Colectivo para las Industrias de Frío Industrial, revisión año 1992 (número de código 9902255), que fue suscrito con fecha 1 de febrero de 1993, de una parte, por representantes de las Centrales Sindicales UGT y CC.OO., en representación del colectivo laboral afectado, y de otra, por la Organización empresarial ANEFE, en representación empresarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 5 de abril de 1993.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.-El Oficial mayor.

ACTA DE LA REUNION DE LA COMISION MIXTA DEL CONVENIO GENERAL, DE AMBITO ESTATAL, PARA LAS INDUSTRIAS DE FRIO INDUSTRIALEn Madrid a 1 de febrero de 1993, en la sede de ANEFE, calle Zurbano, 67, siendo las doce treinte horas, se reúne la Comisión Mixta del Convenio general, de ámbito estatal, para las Industrias de Frío Industrial compuesta, de una parte, por UGT y CC.OO., y de otra, por ANEFE, a fin de hacer efectiva la cláusula de garantía salarial de la disposición adicional segunda, 2.

Ambas partes constatan la necesidad de efectuar una revisión desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 1992 para garantizar el IPC realmente producido (5,4 por 100) más dos puntos.

Esta revisión se efectuará por acuerdo de las partes, aplicándose las tablas salariales que se acompañan y la tabla de diferencias que igualmente se acompaña.

Se recuerda que las Empresas deberán abonar los atrasos, de una sola vez, dentro del primer trimestre de 1993.

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.

ANEXO I

Tabla salarial 1992

Salario base / Convenio / Total / Total año / Cuatrienio

Grupo A) Técnicos titulados:

Con título superior 117.906 37.364 155.270 2.329.050 5.010

Con título no superior 98.727 33.559 132.286 1.984.290 4.228

No titulados:

Jefe técnico de fabricación 98.727 33.559 132.286 1.984.290 4.228

Jefe de reparto y venta 90.740 31.623 122.363 1.835.445 3.905

Encargado general 80.872 29.979 110.851 1.662.765 3.502

Jefe de máquinas 74.689 28.515 103.204 1.548.060 3.252

Encargado depósito y sección 71.424 28.045 99.469 1.492.035 3.120

Grupo B) Administrativos:

Jefe de 1. 88.028 31.184 119.212 1.788.180 3.795

Jefe de 2. 82.505 30.063 112.568 1.688.520 3.572

Oficial de 1. 74.227 28.489 102.716 1.540.740 3.232

Oficial de 2. 68.646 27.366 96.012 1.440.180 3.006

Auxiliar 60.373 25.804 86.177 1.292.655 2.669

Grupo C) Subalternos:

Vigilante de cámara 60.516 25.811 86.327 1.294.905 2.678

Vigilante 56.347 25.443 81.790 1.226.850 2.506

Portero 56.347 25.443 81.790 1.226.850 2.506

Ordenanza 56.347 25.443 81.790 1.226.850 2.506

Grupo D) Obreros:

Oficios propios de la Industria del Frío:

Maquinista 66.351 26.946 93.297 1.399.455 2.912

Ayudante de maquinista 58.364 25.395 83.759 1.256.385 2.587

Oficios auxiliares:

Oficial de 1. 67.744 27.170 94.914 1.423.710 2.969

Oficial de 2.

64.477 26.470 90.947 1.364.205 2.839

Oficial de 3.

61.142 25.764 86.906 1.303.590 2.700

Peonaje:

Capataz encargado de operarios 60.652 25.715 86.367 1.295.505 2.682

Peón especializado 58.430 25.323 83.753 1.256.295 2.589

Peón 56.347 25.443 81.790 1.226.850 2.506

Peón manipulador u operaria 56.347 25.443 81.790 1.226.850 2.506

Limpidoras:

Las dos primeras horas a:

286 + 113 = 419

Las restantes a:

217 + 111 = 328

Aprendiz 50.994 19.529 70.523 1.057.845 -

Botones 50.994 19.529 70.523 1.057.845 -

Aspirante administrativo 50.994 19.529 70.523 1.057.845

Cláusula de garantía salarial 1992

(Tabla de diferencias)

Salario base / Plus Convenio / Total / Total año

Grupo A) Técnicos titulados:

Con título superior 623 316 939 14.085

Con título no superior 521 280 801 12.015

No titulados:

Jefe técnico de fabricación 521 280 801 12.015

Jefe de reparto y venta 479 262 741 11.115

Encargado general 427 244 671 10.065

Jefe de máquinas 394 231 625 9.375

Encargado depósito y sección.

377 225 602 9.030

Grupo B) Administrativos:

Jefe de 1. 465 257 722 10.830

Jefe de 2. 436 245 681 10.215

Oficial de 1. 392 229 621 9.315

Oficial de 2. 363 218 581 8.715

Auxiliar 319 203 522 7.830

Grupo C) Subalternos:

Vigilante de cámara 320 202 522 7.830

Vigilante 297 198 495 7.425

Portero 297 198 495 7.425

Ordenanza 297 198 495 7.425

Grupo D) Obreros:

Oficios propios de la Industria del Frío:

Maquinista 350 214 564 8.460

Ayudante de maquinista 308 199 507 7.605

Oficios auxiliares:

Oficial de 1. 358 217 575 8.625

Oficial de 2.

341 209 550 8.250

Oficial de 3.

323 203 526 7.890

Peonaje:

Capataz encargado de operarios 321 202 523 7.845

Peón especializado 309 198 507 7.605

Peón 297 198 495 7.425

Peón manipulador u operaria 297 198 495 7.425

Limpidoras:

Las dos primeras horas a:

2 + 1 = 3

Las restantes a:

1 + 22 = 23

Aprendiz 270 157 427 6.405

Botones 270 157 427 6.405

Aspirante administrativo 270 157 427 6.405

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 05/04/1993
  • Fecha de publicación: 23/04/1993
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Convenios colectivos
  • Frigoríficos
  • Frío industrial
  • Plantas e instalaciones frigoríficas

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