El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que la Administración General del Estado fijará, con sujeción al calendario laboral oficial, en su ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos.
Este calendario se publicará antes del comienzo de cada año en el «Boletín Oficial del Estado» y en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.
Por todo ello, el Secretario de Estado para la Administración Pública, de conformidad con las competencias que le atribuye en artículo 2 del Real Decreto 221/1987, de 20 de febrero, por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio para las Administraciones Públicas, ha resuelto:
Primero.-Aprobar el calendario de días inhábiles durante el año 1995, para la Administración General del Estado, a efectos de cómputos de plazos, en el que se incluyen los siguientes:
a) En todo el ámbito nacional, además de todos los domingos del año, los que se establecen en el anexo I.
b) En los ámbitos territoriales correspondientes a las distintas Comunidades Autónomas, los determinados por las mismas, que se relacionan en el anexo II.
c) En los ámbitos territoriales correspondientes a las entidades que integran la Administración Local, los que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Segundo.-Disponer la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en los tablones de anuncios de los órganos y dependencias de la Administración General del Estado.
Madrid, 23 de diciembre de 1994.-El Secretario de Estado, Constantino Méndez Martínez.
ANEXO I
Días inhábiles de ámbito nacional
(COINCIDENTES CON LAS FESTIVIDADES DEL CALENDARIO LABORAL.B.O.E. 19941214)
ANEXO II
Días inhábiles Comunidades Autónomas.
(COINCIDENTES CON LAS FESTIVIDADES DEL CALENDARIO LABORAL. B.O.E. 19941214)
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