Advertidos determinados errores en el texto remitido para la publicación de la citada Resolución, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 2, de fecha 3 de enero de 1995, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 64, anexo IX.1. Complemento de destino del personal militar profesional en activo, debe añadirse a continuación del cuadro correspondiente al apartado primero del anexo lo siguiente: «Importe mensual del complemento de destino de los empleos de Teniente General o Almirante y de General de División o Vicealmirante: 165.011 pesetas».
En la página 65, anexo X.2. Importe mensual en pesetas del complemento de disponibilidad del personal del Cuerpo Nacional de Policía en situación de segunda actividad sin ocupar destino, donde dice: «Comisario, 105.930; Inspector-Jefe, 109.842; Inspector, 83.918», debe decir: «Comisiario, 105.931; Inspector-Jefe, 83.918; Inspector, 55.208.».
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