En virtud de lo establecido en el artículo 3.º de la Ley del Monopolio fiscal de tabacos se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área de Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores:
Primero.-Los precios de venta al público de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la península e islas Baleares, serán los siguientes:
Precio total
de venta al público
Pesetas/Cajetilla
A) Cigarrillos:
Sunset / 180
Sunset Lights / 180
Precio total
de venta al público
Pesetas/Unidad
B) Cigarritos:
Ducados suave / 24,50
Ducados extra / 27,50
Segundo.-Los precios de venta al público, incluidos los diferentes tributos, de las labores de tabaco que se indican a continuación, en expendedurías de tabaco y timbre de Ceuta y Melilla, serán los siguientes:
Precio total
de venta al público
Pesetas/Cajetilla
A) Cigarrillos:
Sunset / 165
Sunset Lights / 165
B) Cigarritos:
Ducados suave / 22
Ducados extra / 25
Tercero.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de marzo de 1996.-El Delegado del Gobierno en el Monopolio de Tabacos, Jaime Sanmartín Fernández.
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