En virtud de lo establecido en el artículo 3.º de la Ley del Monopolio Fiscal de Tabacos, se publican los nuevos precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área del Monopolio de la península e islas Baleares, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.
Primero.-Los precios de venta al público de los cigarrillos que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la península e islas Baleares, serán los siguientes:
Precio total de
venta al público
-
Pesetas/cajetilla
Cigarrillos rubios:
Diana / 200
Fortuna / 220
Fortuna lights / 220
Fortuna mentol / 220
Fortuna ultra lights / 220
Nobel / 220
Nobel ultra lights / 230
Sunset / 200
Sunset lights / 200
Winns / 205
Winns lights / 205
Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor el día 30 de noviembre de 1996.
Madrid, 29 de noviembre de 1996.-El Delegado del Gobierno, Alberto López de Arriba y Guerri.
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