Con objeto de agilizar la solicitud, gestión, aplicación y justificación de subvenciones del Instituto Nacional de Empleo (INEM), para la realización de obras y servicios en el marco de la Orden de 13 de abril de 1994, («Boletín Oficial del Estado» del 28), se hace necesario delegar en los Presidentes o Directores, en su caso, de los organismos autónomos del Departamento, en el Oficial Mayor y en los Jefes de unidades periféricas correspondientes, las facultades para la formalización de las Memorias de obras y servicios cuya subvención para 1997 se solicite del Instituto Nacional de Empleo, así como para los actos relacionados con la posterior gestión, aplicación y justificación de las concedidas por el Instituto Nacional de Empleo, y para la celebración y firma de los contratos de trabajo de duración determinada, para obra o servicio determinado, con trabajadores desempleados, de acuerdo con las Memorias que el Director general del Instituto Nacional de Empleo resuelva subvencionar en el ejercicio económico de 1997.
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13.1 y 16 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, en relación con el artículo 22.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957.
En su virtud, previa aprobación del Ministro del Departamento, he resuelto:
Primero.-Delegar durante el ejercicio de 1997 en los Presidentes o Directores, en su caso, de los organismos autónomos del Departamento, en el Oficial Mayor y en los Jefes de unidades periféricas correspondientes (Jefes de Demarcaciones y Unidades de Carreteras), las facultades para la formalización de las Memorias de obras y servicios cuya subvención para 1997 se solicite del Instituto Nacional de Empleo, así como para los actos relacionados con la posterior gestión, aplicación y justificación de las concedidas por el Instituto Nacional de Empleo, y para la celebración y firma de los contratos de trabajo de duración determinada, para obra o servicio determinado, con trabajadores desempleados, de acuerdo con las Memorias que el Director general del Instituto Nacional de Empleo resuelva subvencionar en el ejercicio económico de 1997, en el marco de la Orden de 13 de abril de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 28).
Segundo.-Se remitirá a la Subdirección General de Administración y Gestión Financiera copia de los contratos celebrados en el marco de la citada Orden de 13 de abril de 1994, así como del resto de la documentación derivada de los mismos.
Tercero.-Esta delegación entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de mayo de 1997.-El Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
Ilmos. Sres. Presidentes y Directores de organismos autónomos del Departamento y Oficial Mayor y Sres. Jefes de unidades periféricas (Demarcaciones y Unidades de Carreteras).
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