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Advertidos errores en la Resolución de la Dirección General de Trabajo de fecha 13 de abril de 1999 por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del texto del III Convenio Colectivo de Pilotos de Spanair, publicación que se realizó en el «Boletín Oficial del Estado» número 104, de 1 de mayo de 1999,
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores:
En la página 16206, en el anexo III, que contiene las tablas salariales de Primeros Pilotos (1999-2003) y en la penúltima línea, donde dice: «Transporte: 17.680 pesetas», debe decir: «Transporte: 16.208 pesetas».
En la página 16206, en el anexo III, tablas salariales Segundos Pilotos (1999-2003), y en la penúltima línea, donde dice: «Transporte: 17.680 pesetas», debe decir: «Transporte: 16.208 pesetas».
En la página 16207, en el anexo VI, sobre «Pilotos de baja experiencia que causan alta en Spanair», en el párrafo tercero, cuarta línea, donde dice: «nivel salarial 9», debe decir: «nivel salarial 0».
Madrid, 14 de junio de 1999.—La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
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