Por Resolución de esta Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente de 19 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de octubre), se delegaron atribuciones en el Secretario general técnico, Directores generales, Jefes de las Demarcaciones y Servicios Provinciales de Costas y Directores de los centros meteorológicos territoriales para la autorización de comisiones de servicios con derecho a indemnización.
La necesidad de establecer determinadas precisiones relacionadas con la duración de las comisiones de servicio del personal que asiste a los cursos de formación programados por la Subdirección General de Recursos Humanos, requiere la modificación la Resolución de 19 de septiembre de 2000.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, previa autorización del Ministro del Departamento, se resuelve:
Primero.-Modificar los apartados 3 y 5 del punto primero de la Resolución de esta Subsecretaría de 19 de septiembre de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de octubre) sobre delegación de atribuciones en materia de comisiones de servicios, en los siguientes términos:
"3. La autorización de comisiones de servicio de hasta siete días dentro del territorio nacional del personal que asista a cursos programados por la Subdirección General de Recursos Humanos, así como la autorización de comisiones de servicio de hasta cinco días de los representantes sindicales para el desarrollo de su función representativa, queda delegada en la Directora General de Programación y Control Económico y Presupuestario, con excepción de las autorizaciones de medios de transportes especiales o en clase superior a la que a cada Grupo corresponda." "5. La autorización de comisiones de servicio por periodo superior a cinco días, con carácter general, y a siete días para el personal que asista a cursos programados por la Subdirección General de Recursos Humanos, así como la de aquellas que requieran la autorización de medios de transportes especiales o en clase superior a la que a cada grupo corresponda, queda reservada a la Subsecretaria. La propuesta de autorización deberá contar con la conformidad previa del Secretario General Técnico o del correspondiente Director General o asimilado."
Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 3 de noviembre de 2000.-La Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.
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