De conformidad con lo previsto en el artículo 81 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el artículo 79 del Real Decreto Legislativo 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y en el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.-La Mesa de Contratación de la Agencia Española de Cooperación Internacional tendrá la siguiente composición:
1. Presidente: El Vicesecretario general, que podrá ser sustituido por un funcionario de la Vicesecretaría General, de al menos nivel 28.
2. Vocales:
a) Los Subdirectores generales intervinientes en la contratación, que podrán ser sustituidos por un funcionario de sus respectivas Subdirecciones Generales, de al menos nivel 28.
b) Un funcionario de la Subdirección General interviniente en la Contratación, de al menos nivel 26.
c) Un Abogado del Estado del Servicio Jurídico del Departamento.
d) Un representante de la Intervención General de la Administración del Estado delegada en el organismo.
3. Secretario: El titular de la Sección de Contratación, que podrá ser sustituido, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por el titular de la Sección de Régimen Interior.
Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 17 de septiembre de 2002.-El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid