Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa Corporación de Medios de Murcia, S.A. (publicado en el BOE de 15-6-2001) (Cód. Convenio n.º 9001661) que fue suscrito con fecha 25 de febrero de 2003 de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y de otra por el Comité de Empresa en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 6 de mayo de 2003.−La Directora General, Soledad Córdova Garrido.
D. Luis García Loira.
D. Mariano Caballero Carpena.
D. Carlos Atienza Fuentes.
D. Francisco Javier Fernández Esplá.
D.ª Mari Carmen Valentín Asta.
D. Benjamín Abellán Segovia.
D. Cristóbal Jiménez Marín.
D. Juan Piñero Tárraga.
D. Federico Arce López.
D. José Riquelme Carrasco.
D. Andrés Pastor Pedreño.
D. Jesús López Díaz.
D. Juan Antonio López López.
Acta de la reunión celebrada en los locales de «La Verdad», en Murcia.
Ambas partes acuerdan ratificar que, en aplicación del Convenio Colectivo en vigor, y dado que el Índice de Precios al Consumo (I.P.C.) de la media nacional del 2002, ha sido establecido en un 4%, el aumento salarial para el año 2003 de los conceptos económicos del Capítulo Tercero asciende al 4,80%, es decir, el I.P.C. más 0,80%, aplicables desde 1.º de enero de 2003.
Incremento adicional del 1% sobre la tabla salarial de las siguientes categorías:
Oficial de Gestión.
Oficial Preimpresión (el personal de Preimpresión incorporará, dentro de su jornada, el trabajo de doblado de planchas).
Oficial Mantenimiento Eléctrico.
Asimismo, el número 15) del Capítulo Cuarto, se incrementará en un 4,80%.
En Murcia, a veinticinco de febrero de dos mil tres.
Por la empresa Por el Comité
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