El Consejo de Gobierno del Banco de España, en su sesión de 19 de diciembre de 2003, ha adoptado el acuerdo cuya parte dispositiva es la siguiente:
"Aprobar en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, que el Código de Conducta de las entidades sin ánimo de lucro para la realización de inversiones temporales en el ámbito del mercado de valores aprobado por el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, con fecha 20 de noviembre de 2003, sea de aplicación en sus mismos términos a las inversiones financieras temporales de las entidades sin ánimo de lucro en forma de depósito, préstamo, cesión temporal de activos financieros u otras análogas que lleven aparejada la obligación de su restitución y que no estén sujetas a las normas de ordenación y disciplina del mercado de valores."
Madrid, 19 de diciembre de 2003.-El Secretario General, José Antonio Alepuz Sánchez.
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