Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-988

Resolución de 14 de enero de 2004, del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2004, páginas 1976 a 1976 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2004-988
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/01/14/(1)

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

A) CIGARRILLOS

 

Precio total de venta al público

Euros/cajetilla

Austin Gold. 1,65
Austin Red. 1,65
L & M Blue Label 100'S. 1,95
L & M Red Label 100'S. 1,95

B) CIGARROS Y CIGARRITOS

 

Precio total de venta al público

Euros/unidad

COHÍBA
Doble Corona E.L. 20,00
GUANTANAMERA
Compays. 0,65
Cristales. 1,20
Décimos. 0,70
Puritos. 0,45
JOSÉ L. PIEDRA
Cazadores. 0,95
Conservas. 0,90
Cremas. 0,80
Petit Cetros. 0,75
MONTENEGRO
Serie Oro Edición Especial Limitada 2,40
QUINTERO Y HNO.
Brevas 1,10
Londres Extra 1,40
Panetelas 0,90
RAFAEL GONZÁLEZ MÁRQUEZ
Panetelas 1,10
Segundo.

Los precios de venta al público de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla, serán los siguientes:

A)  CIGARROS Y CIGARRITOS

 

Precio total de venta al público

Euros/unidad

GUANTANAMERA
Compays. 0,60
Cristales. 1,10
Décimos. 0,65
Puritos. 0,40
JOSÉ L. PIEDRA
Cazadores. 0,85
Conservas. 0,80
Cremas. 0,75
Petit Cetros. 0,70
QUINTERO Y HNO.
Brevas. 1,00
Londres Extra. 1,25
Panetelas. 0,80
RAFAEL GONZÁLEZ MÁRQUEZ
Panetelas. 1,00
Tercero.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de enero de 2004.–El Presidente del Comisionado, Tomás Suárez-Inclán González.

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/01/2004
  • Fecha de publicación: 17/01/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 18/01/2004
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo (Ref. BOE-A-1998-10407).
Materias
  • Expendedurías de Tabaco y Efectos Timbrados
  • Precios
  • Tabaco

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid