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Documento BOE-A-2005-4793

Resolución de 7 de marzo de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las actas sobre el desarrollo del acuerdo de prórroga de 26 de diciembre de 2003, y sobre la extensión de la vigencia del punto segundo de la disposición transitoria octava del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado hasta el 31 de diciembre de 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 2005, páginas 10230 a 10232 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-4793
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/03/07/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las Actas que versan sobre el desarrollo del Acuerdo de prórroga de 26 de diciembre de 2003, y sobre la extensión de la vigencia del punto segundo de la Disposición Transitoria Octava del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado hasta 31 de diciembre de 2004 (Convenio publicado en el BOE de 1-12-98) (Código de Convenio n.º 9012022). Actas que fueron suscritas con fecha 18 de noviembre de 2004, de una parte por los designados por la Administración en su representación, y de otra, por las organizaciones sindicales CC.OO, UGT, CIG y CSI-CSIF en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas Actas en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 7 de marzo de 2005.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO ÚNICO POR EL QUE SE DESARROLLA EL ACUERDO DE PRÓRROGA DE 26 DE DICIEMBRE DE 2003

En Madrid, a 18 de noviembre de 2004, los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Único, en cumplimiento del acuerdo de 26 de diciembre de 2003 de prórroga del período de vigencia del actual Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado hasta el 31 de diciembre de 2004, han acordado lo siguiente: 1.º Crear un grupo de trabajo para la revisión del Capítulo VI del Convenio Único que recoja los principios de simplificación, agilización y economía de procesos necesarios para mejorar el sistema de provisión de vacantes, partiendo de las propuestas que realicen las partes negociadoras.

En el plazo de dos meses se negociará en el seno de la CIVEA un Acuerdo sobre régimen transitorio de cobertura de puestos de trabajo. 2.º Modificar el grupo profesional de los puestos de las categorías que figuran en el Anexo 1. Esta modificación se hará efectiva en las relaciones iniciales de puestos de trabajo. 3.º La CIVEA determinará los puestos de trabajo a los que corresponda asignar un complemento singular de puesto, conforme a los criterios del artículo 75.3.1, entre los puestos del ámbito del Anexo II. 4.º Modificar la cuantía anual del apartado 2 de la disposición adicional segunda bis del Convenio Único para los puestos de trabajo de las categorías laborales allí referidas de conductor mecánico y oficial primera conductor (Oficial de Servicios Generales). Para dichos puestos la nueva cuantía anual para 2004 es de 1.585,58 euros. 5.º Modificar la cuantía anual del apartado 3 de la disposición adicional segunda bis del Convenio, que queda fijada en un valor anual para 2004 de 675,00 euros. 6.º La asignación o modificación de los complementos de los anteriores apartados 3.°, 4.° y 5.° se hará por la CIVEA una vez aprobadas las relaciones iniciales de los puestos de trabajo. A tal efecto se destina una cuantía máxima de 1.840.119,84 euros. 7.º Se acuerda destinar la cantidad restante de los fondos que asciende a 1.500.000 euros para la asignación de nuevas dotaciones de complementos a los puestos de trabajo que, conforme a la regulación existente en el Art. 75.3 del C.U., se estime proceda de acuerdo con las necesidades organizativas. La asignación de esos complementos se llevará a cabo, a propuesta de las Subcomisiones departamentales, por Acuerdo de la CIVEA, en cuyo seno se creará un grupo de trabajo que fijará los criterios de asignación. 8.º En el caso del personal adscrito a las áreas funcionales 1 y 6 (Administración e Investigación y Laboratorio), afectadas por el artículo 15 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, las partes firmantes de este Acuerdo se comprometen a profundizar en el análisis de los mecanismos necesarios que permitan el acceso de estos colectivos a los sistemas de promoción horizontal que contempla la legislación vigente. 9.º Las modificaciones incluidas en este Acuerdo tendrán efectos económicos desde el 1 de enero de 2004.

ANEXO I

Modificación de grupo profesional

Categoría Profesional

Convenio

Categoría Procedencia

GP act.

GP prop.

Puestos

604 Auxiliar Sanitario y Asistencial

Admón. Justicia

Auxiliar Autopsia N.6

6

5

72

503 Oficial de Servicios Generales

M.O.P.U.

Vigilante Costas

5

4

235

603 Auxiliar de Servicios Generales

M° de Defensa

Conductor

6

.5

70

603 Auxiliar de Servicios Generales

Parque M. M.

Conductor

6

5

734

603 Auxiliar de Servicios Generales

M° Trabajo y S. S.

Conductor

6

5

24

603 Auxiliar de Servicios Generales

S.E.N.P.A.

Conductor

6

5

21

603 Auxiliar de Servicios Generales

Inst.° Salud Carlos III (542H)

Conductor

6

5

1

603 Auxiliar de Servicios Generales

M° Asuntos Sociales

Conductor

6

5

0

603 Auxiliar de Servicios Generales

Consejo de Seg. Nuclear

Conductor

6

5

13

603 Auxiliar de Servicios Generales

Admón. Seg. Soc.

Conductor (a ext.)

6

5

3

003 Auxiliar de Servicios Generales

Aeropuertos Nacionales

Conductor (a ext.)

6

5

4

603 Auxiliar de Servicios Generales

C.I.E.M.A.T.

Conductor N-3 FPI-N3B

6

5

2

603 Auxiliar de Servicios Generales

C.I.E.M.A.T.

Conductor N-4 FPI-N4A

0

5

7

603 Auxiliar de Servicios Generales

C.I.E.M.A.T.

Conductor N-4 FPI-N4B

6

5

3

603 Auxiliar de Servicios Generales

M.º de Interior

Conductor Transportista

6

5

6

603 Auxiliar de Servicios Generales

C.S.I.C.

Conductor Turismo

6

5

13

603 Auxiliar de Servicios Generales

S.G. Estudios Agr.

Conductor Mecánico G.P.6

6

5

1

404 Técnico Sanitario y Asistencial

M° de Defensa

Ayudante Técnico Especialista Sanidad

4

3

345

503 Oficial de Servicios Generales

M° de Defensa

Bombero

5

4

85

506 Oficial de Investigación y Laboratorio .

M° de Defensa

Analista G.P.5

5

4

75

603 Auxiliar de Servicios Generales

M.O.P.U.

Oficial Oficio de Tercera Conductor

6

5

34

401 Técnico de Administración

M° del Interior

Oficial Primera Traductor Intérprete

4

3

112

703 Ayudante de Servicios Generales

M° de Presidencia

Camarero/a Segunda

7

6

1

703 Ayudante de Servicios Generales

Asuntos Ext. y AECI

Camarero/a G.P.7

7

6

12

703 Ayudante de Servicios Generales

Secret. Est. Comunica.

Camarero/a G.P.7

7

6

1

502 Oficial de Mantenimiento y Oficios

M.O.P.U.

Capataz Segunda (a ext.)

5

4

41

503 Oficial de Servicios Generales

M° de Defensa

Celador Prisiones

5

4

44

703 Ayudante de Servicios Generales

M° de Defensa

Guarda Jurado

7

5

7

703 Ayudante de Servicios Generales

C.S.I.C..

Guarda Jurado

7

5

10

503 Oficial de Servicios Generales

M.O.P.U.

Guarda Jurado Fluvial

5

4

334

503 Oficial de Servicios Generales

C.S.I.C..

Guarda Jurado Mayor

5

3

2

603 Auxiliar de Servicios Generales

M° Agricultura P. y Alim.

Guarda Jurado Rural

6

5

10

403 Técnico de Servicios Generales

M.O.P.U.

Guarda Mayor Fluvial

4

3

55

503 Oficial de Servicios Generales

M.O.P.U.

Guarda Jurado Fluvial P.T.N.

5

4

4

603 Auxiliar de Servicios Generales

M° Agricultura P. y Alim.

Guarda Parques Nacionales

6

5

115

403 Técnico de Servicios Generales

M° Agricultura P, y Alim.

Guarda Mayor Parques Nacionales

4

3

7

603 Auxiliar de Servicios Generales

M° Agricultura P, y Alim.

Guarda Parques Nacionales (Fijo Discontinuo)

6

5

14

603 Auxiliar de Servicios Generales

M° Agricultura P. y Alim.

Guarda Parques Nacionales P.T.N.

6

5

9

403 Técnico de Servicios Generales

M° Agricultura, P. y Alim.

Guarda Mayor Parques Nacionales P.T.N.

4

3

1

503 Oficial de Servicios Generales

M° Agricultura P. y Alim.

Gula

5

4

43

503 Oficial de Servicios Generales

M° Agricultura P. y Alim.

Gula (Fijo Discontinuo)

5

4

7

503 Oficial de Servicios Generales

M° Agricultura P. y Alim.

Guía P. T.

5

4

2

503 Oficial de Servicios Generales

M° Agricultura P. y Alim.

Guía (Fijo Discontinuo 6 meses)

5

4

3

603 Oficial de Servicios Generales

M° Agricultura P. y Alim.

Guía (Fijo Discontinuo 4 meses)

5

4

3

401 Técnico de Administración

M° Asuntos Sociales

Traductor G.P.4

4

3

3

501 Oficial de Administración

M° de Defensa

Traductor G.P.5

5

3

31

603 Auxiliar de Servicios Generales

Admón. Seg. Soc.

Motorista-Conductor

6

5

64

Total puestos

2.711

ANEXO II

Ámbito para la aplicación del apartado 3.º del Acuerdo de la Comisión Negociadora

Categoría Profesional

Convenio

Categoría Procedencia

GP

403 Técnico de Servicios Generales

Asuntos Ext. y AECI

Encargado/a Distribución

4

403 Técnico de Servicios Generales

Asuntos Ext. y AECI

Encargado/a Reprobaría

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

Asuntos Ext. y AECI

Encargado/a Palacio de la Trinidad

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

Asuntos Penitenciarios

Encargado/a Taller

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

Asuntos Penitenciarios

Encargado/a Taller P.T.

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

M° de Defensa

Encargado/a C.M.O. (Indefinido por Sentencia)

4

403 Técnico de Servicios Generales

M° de Defensa

Encargado/a Seguridad

4

403 Técnico de Servicios Generales

M° del Interior

Encargado/a Almacén

4

403 Técnico de Servicios Generales

M° del Interior

Encargado/a Almacén P. T.

4

403 Técnico de Servicios Generales

M° Educación y C.

Encargado/a

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

M° Trabajo y S.S.

Encargado/a

4

403 Técnico de Servicios Generales

M° Trabajo y S.S.

Encargado/a Control (a ext.)

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

M° Industria y Energía

Encargado/a

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

C.I.E.M.A.T.

Encargado/a Mantenimiento FPII-N6A

4

403 Técnico de Servicios Generales

C.I.E.M.A.T.

Encargado/a Servicio Transportes FPII-N5B

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

C.I.E.M.A.T.

Encargado/a Taller FPII-N6A

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

I.T.G.E.

Encargado/a

4

403 Técnico de Servicios Generales

M° Agricultura P. y Alim.

Encargado/a Almacén

4

403 Técnico de Servicios Generales

M° Agricultura P. y Alim.

Encargado/a Almacén P.T.

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

M° Adm. Públicas

Encargado/a

4

403 Técnico de Servicios Generales

MUFACE

Encargado/a Reprografía

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

M° Transp., Tur. y Com.

Encargado/a

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

Aeropuertos Nacionales

Encargado/a Equipo

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

M° de Cultura

Encargado/a

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

M° de Cultura

Encargado/a Mantenimiento G.P.4

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

C. Único (proc. M° Cultura)

Encargado/a

4

403 Técnico de Servicios Generales

C. Único (proc. M° Cultura)

Encargado/a Almacén

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

C. Único (proc. M° Cultura)

Encargado/a P.T.N.

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

C. Único (proc. M° Cultura)

Encargado/a (Indefinido por Sentencia)

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

Palacio Congresos Madrid

Encargado/a Grupo

4

403 Técnico de Servicios Generales

Ballet Nacional

Encargado/a Almacén (Carga y Descarga)

4

403 Técnico de Servicios Generales

Ballet Nacional

Encargado/a Almacén (Carga y Descarga) P.T.

4

403 Técnico de Servicios Generales

Consejo Sup. de Deportes

Encargado/a

4

403 Técnico de Servicios Generales

INSERSO

Encargado/a Almacén

4

402 Técnico de Actividades Técnicas de Mantenimiento

Of. y Desp. Madrid

Encargado/a

4

603 Auxiliar de Servicios Generales

Admón. Seg. Soc.

Conserje/a

6

El acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Único, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 11 de marzo de 2004, dispone extender la duración de la vigencia del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado hasta 31 de diciembre de 2004. A su vez, la disposición transitoria octava del Convenio Único, en su punto segundo, establece el 31 de diciembre de 2003 como fecha de extinción de las condiciones establecidas en las disposiciones de los convenios de origen que en el mismo se señalan. En su virtud, la Comisión Negociadora del Convenio Único, en su reunión celebrada el día 18 de noviembre de 2004, acuerda:

Extender la vigencia del punto segundo de la disposición transitoria octava del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado hasta el 31 de diciembre de 2004.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/03/2005
  • Fecha de publicación: 23/03/2005
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores y erratas, por Resolución de 31 de mayo de 2005 (Ref. BOE-A-2005-10338).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 24 de noviembre de 1998 (Ref. BOE-A-1998-27654).
  • CITA Resolución de 2 de febrero de 2004 (Ref. BOE-A-2004-4499).
Materias
  • Acuerdos sociales
  • Administración General del Estado
  • Convenios colectivos
  • Función Pública

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