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Documento BOE-A-2006-7948

Resolución de 11 de abril de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de las tablas salariales del IV Convenio Colectivo de Empresas de Trabajo Temporal.

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 2006, páginas 17262 a 17263 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-7948
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/04/11/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de 31 de enero de 2006 donde se aprueban las tablas salariales actualizadas del año 2005 del IV Convenio Colectivo de Empresas de Trabajo Temporal (Código de Convenio n.º 9909525), publicado en el BOE de 24-6-2004, acta que ha sido suscrita por la Comisión Paritaria del Convenio, de la que forman parte las asociaciones empresariales AGETT, AETT y FEDETT, en representación de las empresas del sector, y las centrales sindicales UGT y CC.OO. en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada acta de revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de abril de 2006.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL IV CONVENIO COLECTIVO DE ETT

Reunidos en Madrid, a 31 de enero de 2006, a las 11:00 horas, los miembros de la Comisión Paritaria del IV Convenio Colectivo Sectorial de Empresas de Trabajo Temporal, que a continuación se relacionan:

Por AGETT: Raquel Ramírez; Manuel Indiano; Francisco Aranda Manzano.

Por AETT: Javier Hernández Martín-Maestro. Por FEDETT: Carlos García Mariscal. Por COMFIA-CC.OO. Delegación de voto. Por FES-UGT: Máximo Fernández; Jesús Sanz; Manel Fernández.

Con el objeto de aprobar la actualización, demandada por el IV Convenio Colectivo del sector, de las tablas salariales para el año 2005, que sirvan de base para la regularización de los salarios de 2005 y para las actualizaciones posteriores de los trabajadores de estructura.

Al presente acto no se suma, por circunstancias imprevistas, ningún representante de COMFÍA-CC.OO, quienes, no obstante, han enviado un documento delegando su voto en Manel Fernández García, miembro de la Comisión Paritaria por FES-UGT, documento que se adjunta, como parte del acta. Puestas en consideración de los presentes las tablas salariales, por parte del Secretario, éstos proceden a aprobar, por unanimidad, las tablas salariales actualizadas a 31 de diciembre de 2005, en virtud de lo acordado en el artículo 35 del IV Convenio Colectivo Sectorial de Empresas de Trabajo Temporal, que dice lo siguiente:

«El incremento salarial para el año 2005 será el resultante de incrementar en el IPC previsto para este año + 1 punto, las tablas salariales vigentes en el año 2004 una vez hayan sido estas actualizadas siguiendo los mismos criterios, en su caso, que el año anterior. En el supuesto de que el IPC real del año 2005 fuera superior al incremento ya aplicado, se procederá a la regularización de los salarios mediante el pago de atrasos del diferencial resultante.»

Una vez aplicado tal incremento, las tablas salariales actualizadas al 31 de diciembre de 2005 son las siguientes a todos los efectos:

Tablas salariales de 31/12/2005, actualizadas

Nivel I

8.948,51 €

Nivel II

9.313,22 €

Nivel III

10.591,28 €

Nivel IV

11.687,50 €

Nivel V

13.238,84 €

Nivel VI

15.156,97 €

Nivel VII

15.704,56 €

En el mismo acto se faculta al secretario para que las presente a registro y publicación en el BOE.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/04/2006
  • Fecha de publicación: 04/05/2006
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 7 de junio de 2004 (Ref. BOE-A-2004-11817).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas de trabajo temporal

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