Visto el texto de la revisión salarial para el año 2007, así como la aprobación de las tablas del año 2008 del Convenio Colectivo Estatal de Estaciones de Servicio, publicado en el «BOE» de 26 de marzo de 2007 (Código de Convenio n.º 9901995), que fue suscrito con fecha 29 de enero de 2008, de una parte, por la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio/AGES y AEVECAR en representación de las empresas del sector, y de otra, por las Centrales Sindicales FIA-UGT y FITEQA-CC.OO. en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de febrero de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DE INTERPRETACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL CONVENIO ESTATAL DE ESTACIONES DE SERVICIO 2006-2009
Por la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio:
Don Xavier Prats Duche.
Don Miguel Ángel Calle García (Asesor).
AGES: Doña Raquel Merino de la Cuesta.
Por AEVECAR:
Don Alejandro Moratilla Torregrosa.
Don Enrique Oltra (Asesor). Don Daniel Revuelta.
Por FIA/Unión General de Trabajadores:
Don Miguel Ángel Pacheco.
Don Manuel Malvido Martínez. Don Miguel Ángel Martínez Cortés.
Por FITEQA-Comisiones Obreras:
Don Alfredo Orella.
Don Ángel Marinero Simil. Don Marcelo Martín de Consuegra Martín.
En Madrid, a veintinueve de enero de dos mil ocho, siendo las 17.00 horas, en la sede de la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servico, calle Núñez de Balboa, n.º 116, 3.ª planta, oficina 22, de Madrid, se reúnen, previamente convocados al efecto, los integrantes de las Organizaciones reseñadas al margen de la presente Acta, los cuales se reconocen representatividad y legitimidad suficiente como miembros de la Comisión Mixta de Interpretación y Seguimiento del Convenio Estatal de Estaciones de Servicio.
Una vez conocido el IPC resultante a 31 de diciembre de 2007, siendo éste el 4,2%, procedemos a la revisión salarial para el año 2007 y el incremento salarial para el año 2008 de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Convenio Colectivo, acompañando a este acta las tablas correspondientes al año 2007 revisadas y las tablas correspondientes al incremento salarial pactado para el año 2008.
Y en prueba de su conformidad firman todos los asistentes en el lugar y fecha arriba indicados, autorizando a cualquiera de los firmantes a los efectos de su presentación en la Dirección General de Trabajo para su inscripción, depósito y publicación.
Tabla salarial revisada de 2007
Categoría |
Salario base - Mes o día/euro |
Grupo A: |
|
A.1 Titulados |
1.351,41 |
A.2 Técnicos |
1.258,22 |
A.3 Encargado General de E.S. |
1.116,35 |
Grupo B: |
|
B.1 Jefe Administrativo |
1.020,98 |
B.2 oficial Administrativo 1.ª |
967,34 |
B.3 Oficial Administrativo 2.ª |
912,53 |
B.4 Auxiliar Administrativo |
883,89 |
B.5 Aspirante A Administrativo |
692,42 |
Grupo C: |
|
C.1 Encargado de Turno |
912,53 |
C.2 Expendedor-Vendedor |
28,47 |
C.3 Expendedor |
28,47 |
C.4 Oficial de Oficio |
28,47 |
C.4.1 Engrasador |
28,47 |
C.4.2 Mecánico Especialista |
28,47 |
C.4.3 Lavador |
28,47 |
C.4.4 Conductor |
28,47 |
C.4.5 Montador de Neumáticos |
28,47 |
C.5 Aprendiz |
24,93 |
Grupo D: |
|
D.1 Ordenanza |
27,81 |
D.2 Guarda |
28,31 |
D.3 Personal de Limpieza |
27,81 |
Euros/hora |
3,81 |
Tabla salarial para el año 2008
Categoría |
Salario base - Mes o día/euro |
Grupo A: |
|
A.1 Titulados |
1.378,44 |
A.2 Técnicos |
1.283,38 |
A.3 Encargado General de E.S. |
1.138,68 |
Grupo B: |
|
B.1 Jefe Administrativo |
1.041,40 |
B.2 Oficial Administrativo 1.ª |
986,69 |
B.3 Oficial Administrativo 2.ª |
930,78 |
B.4 Auxiliar Administrativo |
901,57 |
B.5 Aspirante a Administrativo |
706,27 |
Grupo C: |
|
C.1 Encargado de Turno |
930,78 |
C.2 Expendedor-Vendedor |
29,04 |
C.3 Expendedor |
29,04 |
C.4 Oficial de Oficio |
29,04 |
C.4.1 Engrasador |
29,04 |
C.4.2 Mecánico Especialista |
29,04 |
C.4.3 Lavador |
29,04 |
C.4.4 Conductor |
29,04 |
C.4.5 Montador de Neumáticos |
29,04 |
C.5 Aprendiz |
25,43 |
Grupo D: |
|
D.1 Ordenanza |
28,37 |
D.2 Guarda |
28,88 |
D.3 Personal de Limpieza |
28,37 |
Euros/hora |
3,89 |
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