En la actualidad las dotaciones económicas para la alimentación de los internos están reguladas en la Resolución de 1 de diciembre de 2004, publicadas en el BOE del 21 de diciembre de 2004. Por otra parte en el art. 308 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el vigente Reglamento Penitenciario se determina que anualmente se fijarán los valores de las raciones alimenticias por día y plaza de interno, distinguiendo internos sanos, jóvenes y raciones de enfermería. En consecuencia, esta Dirección General de Instituciones Penitenciarias, ha tenido a bien disponer:
A partir del día 1 de abril de 2008, los valores unitarios por interno a tomar como referencia para calcular la dotación económica destinada a alimentación en los Establecimientos Penitenciarios, quedan fijados en las cuantías siguientes: 1. Consignación económica por día y plaza en Grupo I (Centros de menos de 200 internos): Internos sanos: 3,56 €.
Internos jóvenes: 4,76 €. Ración de enfermería: 6,10 €.
2. Consignación económica por día y plaza en Grupo II (Centros de 200 a 500 internos):
Internos sanos: 3,14 €.
Internos jóvenes: 4,17 €. Ración de enfermería: 5,92 €.
3. Consignación económica por día y plaza en Grupo III (Centros de más de 500 internos):
Internos sanos: 3,09 €.
Internos jóvenes: 4,10 €. Ración de enfermería: 5,71 €.
Con independencia de lo anterior, se tendrán en cuenta las siguientes peculiaridades:
Los Psiquiátricos Penitenciarios de Alicante y Sevilla, atendiendo a sus peculiares características, quedarán encuadrados en el Grupo I, justificando las raciones alimenticias de acuerdo a la clasificación establecida: dietas para internos sanos, jóvenes y racionado de enfermería.
Se considerarán casos justificativos de racionado de enfermería los hijos menores de internas, que convivan con sus madres. Las internas que se hallen encinta o amamantando a sus hijos y los enfermos carenciales, tendrán derecho a la ración de enfermería, siempre que así lo dictaminen los servicios médicos del Centro Penitenciario. En las festividades de Navidad, Año Nuevo y Nuestra Señora de la Merced, se justificará racionado doble.
De acuerdo a los datos estadísticos de ocupación de los Centros, la Dirección General de Instituciones Penitenciarias establecerá, trimestralmente, la clasificación de los establecimientos en los tres grupos indicados, a los efectos exclusivos de aplicación de los importes del racionado.
Madrid, 25 de marzo de 2008.-La Directora General de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo Llamas.
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