Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de introducir dos nuevas categorías profesionales en la clasificación profesional del I Convenio Colectivo Marco Estatal de Acción e Intervención Social (publicado en el B.O.E de 19-6-07), (Código de Convenio n.º 9916085), que fue suscrito con fecha 8 de julio de 2008, de una parte por la Asociación de Empresas de Servicios de Atención a la Persona (AESAP) en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos FSP-UGT y FSAP-CC.OO en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 30 de julio de 2008.-El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.
Acta de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo Marco Estatal de Acción e Intervención Social
En Barcelona a las 10.30 horas del día 8 de julio de 2008, en las oficinas de la Asociación de Empresas de Servicios de Atención a la Persona, sitas en la Calle Tres Senyores, núm. 1, 08024 de Barcelona,
REUNIDOS
D.ª Carmen Barrera Chamorro, en representación de la FSP-UGT.
D.ª Pilar Mármol Bris, en representación de la FSP-UGT. D. José Gálvez Miguel, en representación de la FSAP-CC.OO. D.ª Marga Pérez Navarro, en representación de la FSAP-CC.OO. D.ª Amèlia Clara i Quintana, en representación de la Asociación de Empresas de Servicios de Atención a la Persona (A.E.S.A.P). D.ª Irene Sánchez Ramírez, en representación de la Asociación de Empresas de Servicios de Atención a la Persona (A.E.S.A.P).
ACUERDAN
Primero.-Que la Presidencia de la Mesa para la presente reunión la ostentará AESAP, mientras que la Secretaría la asumirá FSAP-CC.OO.
Segundo.-Se aprueba por unanimidad la introducción de dos nuevas categorías profesionales a la clasificación profesional del I Convenio Colectivo Marco Estatal de Acción e Intervención Social, publicada en el BOE núm. 90, de 14 de abril de 2008, mediante Resolución de 1 de abril de 2008, de la Dirección General de Trabajo, concretamente de las siguientes:
Categorías profesionales |
Grupo profesional |
Subgrupo profesional |
Educador/a social |
3 |
3.2 |
Trabajador/a social |
3 |
3.2 |
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