Los cambios producidos en la estructura de transporte y logística en España y Europa derivados del concepto de intermodalidad en los diferentes sistemas de transporte justifican la apertura de una nueva plataforma logística en Zaragoza que asegure la importancia geoestratégica de la ciudad en el sector, lo que exige su habilitación aduanera e inhabilitación del anterior recinto de Zaragoza-carretera.
En virtud de lo expuesto, y habida cuenta que la modificación que se propone no implica creación de unidad orgánica de ninguna clase, en uso de la delegación conferida por la Resolución de 24 de junio de 1999, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la habilitación de recintos aduaneros, dispongo:
Primero. Inhabilitación del recinto aduanero de Zaragoza-carretera.—Se inhabilita el recinto aduanero de Zaragoza-carretera, dependiente de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria de Aragón.
Segundo. Habilitación del recinto aduanero de Zaragoza-Aduana Plataforma Logística.—Se habilita el recinto aduanero de Zaragoza-Aduana Plataforma Logística de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria de Aragón.
La aplicación de lo dispuesto en esta Resolución no implicará aumento del gasto en el presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de marzo de 2010.—El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P. D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, Nicolás Jesús Bonilla Penvela.
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