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Documento BOE-A-2011-2998

Resolución de 3 de febrero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial final para el año 2009 del Convenio colectivo para las industrias extractivas, Industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 2011, páginas 16624 a 16638 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-2998
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/02/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta, de 18 de noviembre de 2010, de revisión salarial final para el año 2009 del Convenio Colectivo para las Industrias extractivas, Industrias del vidrio, Industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales (código de Convenio número 99002045011981), publicado en el «BOE» de 31-8-2007, acta que fue suscrita por la Comisión Mixta de interpretación de dicho convenio, en la que están integradas la Confederación Empresarial Española del Vidrio y de la Cerámica y las centrales sindicales UGT y CC.OO., firmantes del convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta de Interpretación.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de febrero de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

COMISIÓN MIXTA DE INTERPRETACIÓN

Acta de revisión salarial final de 2009

Asisten:

Por la representación empresarial:

Don Carlos Martí.

Doña Ana Beatriz Rapela.

Don Luis Adolfo Martínez.

Doña Katy Hernández.

Por la representación sindical:

MCA. UGT: Don Pedro Echaniz Biota.

FIA-UGT: Don José Carlos Ruiz Palacios.

FITEQA CC.OO.:

Don Alfredo Suarez García.

Don Manuel Fernández Borrajo.

Don Miguel Rodríguez Duran.

Secretario: José Luis Alonso Zarandieta.

En Madrid siendo las 11 horas del día 18 de noviembre de 2010, previa convocatoria al efecto se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, sita en Gran Vía 80, los representantes empresariales, sindicales y el secretario que figuran referenciados para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente orden del día:

Orden del día

1. Confección de las tablas salariales finales para el 2009

Tablas salariales finales de 2009

Dado que el IPC real 2009 no ha superado el previsto, no procede la revisión de las tablas y otros conceptos salariales para ese año por lo que se acuerda que los valores definitivos 2009 sean los valores provisionales publicados en la revisión salarial 2009:

a) Tablas Salariales que se unen como Anexo formando parte de la presente, las siguientes.

1. Tablas Salariales Generales (Anexo II).

2. Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (Anexo III).

3. Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (Anexo IV).

4. Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (Anexo V).

5. Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (Anexo VI).

6. Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (Anexo VII).

7. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Valencia (Anexo VIII).

8. Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la Provincia de Valencia (Anexo IX).

9. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Barcelona (Anexo X).

10. Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (Anexo XI).

11. Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (anexo XII).

12. Tabla de Referencia (Salarios mínimos garantizados) (Anexo XIII).

b) Otros conceptos.–Para el período de vigencia comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2009:

Media dieta: 6,51 euros.

Plus de turnicidad: 3,49 euros/día efectivamente trabajado.

Se acuerda que el Acta sea firmada por cuatro miembros de la representación empresarial, dos por FITEQA CC.OO y dos por UGT (uno por FIA y uno por MCA) y el Secretario de la mesa.

Se acuerda que el Secretario de la Mesa presente este Acta en la Dirección General de Trabajo para su registro y publicación en el «BOE».

ANEXO II
Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2%)+ 0,5 puntos

Generales

Grupo profesional

Nivel salarial

 

Día

7

II

Personal Titulado Superior

32,26

6

III

Personal Titulado Medio

30,30

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª

29,36

6

V

Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección

28,45

5

VI

Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado

27,57

5

VII

Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio

26,69

4

VIII

Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario

25,79

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario

24,62

3

X

Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario

23,72

2

XI

Especialista de 2.ª, Peón especializado

23,21

1

XII

Peón, Personal de limpieza

23,03

Pluses:

Asistencia: por día efectivamente trabajado: 3,85.

Transporte: por día efectivamente trabajado: 2,93.

ANEXO III
Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos

Provincia de Madrid

Grupo profesional

Nivel salarial

 

Día

7

II

Personal Titulado Superior

32,26

6

III

Personal Titulado Medio

30,30

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª .

29,63

6

V

Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección

29,02

5

VI

Oficial Administrativo 1.ª , Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado

28,41

5

VII

Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio

27,82

4

VIII

Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario

27,57

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario

26,72

3

X

Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario

26,23

2

XI

Especialista de 2.ª, Peón especializado

25,52

1

XII

Peón, Personal de limpieza

24,90

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,17.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,91.

Dietas:

Comida y Pernocta: 21,17.

ANEXO IV
Tablas salariales finales 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Subsector del vidrio al soplete

Grupo profesional

Nivel salarial

 

Día

7

II

Personal Titulado Superior

62,31

6

III

Personal Titulado Medio

57,93

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª

54,59

6

V

Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección

47,23

5

VI

Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado

39,92

5

VII

Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio

38,77

4

VIII

Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario

32,42

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario

28,85

3

X

Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario

27,11

2

XI

Especialista de 2.ª, Peón especializado

25,54

1

XII

Peón, Personal de limpieza

24,90

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,99.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,77.

ANEXO V
Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos

Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático, provincia de Barcelona

Categoria profesional

Básico

PAC

Semana

Personal con remuneración mensual

 

 

 

Técnicos y directivos

 

 

 

Jefe de fabricación

932,21

682,86

42,22

Encargado de sección

785,27

348,24

42,22

Contramaestre

759,72

200,78

42,22

Delineante superior

810,35

333,99

42,22

Delineante de 1.ª

785,02

279,95

42,22

Delineante de 2.ª

785,02

179,08

42,22

Auxiliares, de 1.ª

707,48

119,38

42,22

Auxiliares de 2.ª

682,15

49,14

42,22

Administrativos

 

 

 

Jefe de 1.ª

862,61

450,89

42,22

Jefe de 2.ª

809,81

333,48

42,22

Oficial de 1.ª

785,02

260,31

42,22

Oficial de 2.ª

734,4

198,41

42,22

Auxiliares

720,49

69,22

40,31

Aspirantes

707,48

69,22

40,31

Mercantiles

 

 

 

Jefe de ventas

810,35

335,89

42,22

Viajante o Agente

785,02

122,94

42,22

Oficial de ventas

707,48

96,76

40,31

Subalternos

 

 

 

Listeros

513,68

121,23

38,36

Cobradores

707,48

106,27

40,31

Capataces de peones

682,86

129,28

38,36

Almacenero

682,2

127,35

38,36

Vigilante y Portero

707,52

25,91

40,31

Sanitario y Ordenanza

682,15

25,91

38,36

Personal de remuneración diaria

 

 

 

Obreros

 

 

 

Arqueta

22,44

2,86

40,62

Conductor máquina 1s ks. Potg

24,52

5,1

42,22

Mecánico Mak 1 s ks. De primera

24,52

5,1

42,22

Mecánico Mak 1 s ks. De segunda

24,52

4,98

42,22

Maquinista de primera

24,52

5,1

42,22

Maquinista de segunda

24,52

4,98

42,22

Fundidor de primera

24,52

4,98

42,22

Sacador de primera

24,52

4,43

42,22

Oficial primera de servicios auxiliares

24,52

4,43

42,22

Sacador de segunda

23,54

4,62

35,31

Soplador de primera

22,7

1,62

40,31

Vigilante Arca y Arca Corr.

22,7

1,62

40,31

Ayudante ( todos)

22,7

1,62

40,31

Soplador de segunda

22,7

1,62

40,31

Peones especializados

21,83

2,21

38,36

Oficial segunda de servicios oficiales

23,54

3,7

38,39

Peones y servicio limpieza

21,06

1,87

38,39

Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial 2,13.

Plus estimulo empresarial: Peones y Peones especializados 3,45.

Transporte:

Personal domiciliado dentro de un radio de 1 Km. 0,54.

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km 0,79.

Personal domiciliado a más de tres kilómetros 1,12.

0,51.

Prendas de trabajo (por sustitución de sus entrega) 0,50.

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las Empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta (PAC) incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VI
Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2% ) + 0,5 puntos

Fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa)

Categoría profesional

Básico

PAC

Semanal

Personal con remuneración mensual

 

 

 

Técnicos

 

 

 

Jefe de fabricación

932,21

665,08

42,22

Encargado de sección

785,02

348,24

42,22

Contramaestre

758,54

239,05

42,38

Administrativos

 

 

 

Jefe de primera

862,61

455,10

42,22

Jefe de segunda

783,24

322,88

42,22

Oficial de primera

785,00

219,50

42,22

Oficial de segunda

734,37

223,70

42,22

Auxiliares

720,25

54,26

40,31

Aspirantes de 1ª

707,48

41,12

40,31

Aspirantes de 2ª

479,61

165,12

28,75

Mercantiles

 

 

 

Jefe de ventas

810,35

315,86

42,22

Viajante o Corredor

785,02

157,24

42,22

Oficial de ventas

707,52

106,22

40,31

Subalternos

 

 

 

Almacenero

682,15

126,32

38,36

Capataces de Peones

682,15

126,32

38,36

Listeros

682,15

111,04

38,36

Sanitarios y Ordenanzas

682,15

38,19

39,26

Cobradores

707,52

149,58

40,31

Guardias y Vigilantes

682,15

41,50

38,36

Porteros

682,15

41,50

38,36

Personal de remuneración diaria (profesionales de oficio)

 

 

 

Gran Plaza

 

 

 

Maestro abridor

25,61

14,01

42,22

Soplador de primera

24,52

10,82

42,22

Soplador de segunda

24,52

6,53

42,22

Levantador

23,97

3,80

40,31

Posteros y Patroneros

23,54

4,60

40,31

Jarra o 2.º Gran Plaza

 

 

 

Abridor

24,52

10,82

42,22

Soplador

24,52

4,69

42,22

Levantador de asas

22,70

1,70

40,31

Fantasía

 

 

 

Maestro

24,52

10,82

42,22

Levantador

23,54

3,80

40,31

Bohemia de 1.ª

 

 

 

Soplador

24,52

10,82

42,22

Patronero

22,70

6,59

40,31

Bohemia de 2.ª

 

 

 

Soplador

24,52

9,57

42,22

Patronero

22,70

6,15

40,31

Bohemia de 3.ª

 

 

 

Soplador

24,52

6,53

42,22

Patronero

22,70

4,66

40,31

Copas Gas Extra

 

 

 

Maestro

24,52

10,82

42,22

Soplador

24,52

6,59

42,22

Levantador de pies y piernas

22,70

1,70

40,31

Vasos Corte y Gas

 

 

 

Soplador toda clase

24,52

36,95

42,22

Soplador pequeños finos

24,52

3,35

42,22

Copas Gas Corriente

 

 

 

Maestro colador pies y pierna

24,52

9,57

42,22

Soplador

24,52

5,89

42,22

Levantador de pies y piernas

21,00

1,70

40,31

Vasos acabados a mano

 

 

 

Abridor

24,52

9,57

42,22

Soplador

24,52

6,59

42,22

Vasos acabados a mano de 2.ª

 

 

 

Abridor

24,52

7,57

42,22

Soplador

24,52

5,01

42,22

Prensa Refinada Extra

 

 

 

Abridor

24,52

11,05

42,22

Prensador

24,52

7,57

42,22

Levantador

23,54

3,80

40,31

Prensa Miniatura

 

 

 

Abridor

24,52

9,27

42,22

Prensador

24,52

6,53

42,22

Levantador

23,54

3,80

40,31

Prensa sin Refinar

 

 

 

Prensador

24,52

5,01

42,22

Levantador

23,54

3,41

40,31

Copas Americanas Extras

 

 

 

Colocador de pies

24,52

7,73

42,22

Soplador

24,52

6,53

42,22

Levantador

22,70

1,70

40,31

Copas Americanas Corrientes

 

 

 

Colocador de pies

24,52

0,66

42,22

Soplador

24,52

5,64

42,22

Levantador

22,70

1,70

40,31

Tapones a Mano

 

 

 

Taponero

24,52

7,45

42,22

Tapones Prensador (Punzados)

 

 

 

Taponero

22,70

1,70

40,31

Producción semiautomática

 

 

 

Oficial de primera máquina

24,52

5,71

42,22

Oficial de primera sacador

24,52

4,03

42,22

Oficiales de primera soplador

22,70

1,70

40,31

Oficial de segunda máquina

24,52

4,41

42,22

Oficiales de segunda sacador

23,54

3,80

40,31

Oficial de segunda soplador

22,70

2,16

40,31

A) Sección Acabado

 

 

 

Cortadores a gas (bohemia/F)

22,70

3,15

40,31

Cortadores a gas corriente

22,70

3,00

40,31

Fletadores (B.y F.)

23,54

3,80

40,31

Fletadores finos al torno

23,54

3,80

40,31

Fletadores corriente

23,54

3,80

40,31

Chaflanadores (B. y F.)

23,54

3,80

40,31

Chaflanadores ( sonoro)

23,54

3,80

40,31

Requemadores a mano o maq.

22,70

3,00

40,31

Chaflanadores corrientes

22,70

3,00

40,31

Despuntilladores

22,70

3,00

40,31

Pulidores

22,70

3,00

40,31

Taponadores finos

24,52

4,41

42,22

Taponadores semifino

22,70

5,99

40,31

Taponadores ordinario

22,70

4,60

40,31

B) Sección Enriquecido

 

 

 

Tallería:

 

 

 

Tallador de primera

24,52

7,74

42,22

Tallador de segunda

24,52

5,01

42,22

Tallador de tercera

22,70

7,03

40,31

Pulidor

22,70

3,41

40,31

Decorado:

 

 

 

Decorador de primera

24,52

7,74

42,22

Decorador de segunda

24,52

5,03

42,22

Decorador de tercera

23,54

3,41

40,31

Mufleros

23,54

2,81

40,31

Serigrafiados

23,54

2,81

40,31

Grabado:

 

 

 

Grabador a la rueda de primera

24,52

7,74

42,22

Grabadora a la rueda de segunda

22,70

5,64

40,31

Grabadora a la rueda de tercera

22,70

4,51

40,31

Grabadora al transporte

23,54

2,81

40,31

Panteng y Gillog

23,54

2,81

40,31

C) Sección Temple

 

 

 

Fundidor de primera

24,52

4,41

40,31

Fundidor de segunda

22,70

4,51

40,31

Arqueta

22,70

3,12

40,31

D) Servicios Auxiliares

 

 

 

Oficial de primera

24,52

4,03

42,22

Oficial de segunda

24,52

1,70

42,22

Crisolista de primera

24,52

2,81

42,22

Crisolista de segunda

23,54

1,76

40,31

Peones especializados

21,83

2,00

39,17

Peones

21,06

1,87

39,17

Servicio de limpieza

21,06

1,87

39,17

Además, todo el personal percibirá por día trabajado las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial 2,13.

Transporte:

Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km. 0,53.

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km. 0,79.

Personal domiciliado a más de 3 km. 1,12.

Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega) 0,51.

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las Empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta (PAC) incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VII
Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2% )+ 0,5 puntos

Sector de industrias extractivas y explotación y manufactura de minerales industriales

Quedan comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Estatal, a título orientativo las siguientes Industrias:

En general: Las minas y canteras no metálicas ni energéticas.

Más en concreto: las explotaciones, molienda, trituración, pulverización, lavado y clasificado, que se utilizan con la extracción o no de: Andalucita, Arcilla, Arena, Arenisca, Atapulguita, Barita, Bauxita, Bentonita, Caliza, Caolín, Ocres,Carbonato, Cuarcita, Cuarzo, Dolomía, Exquisto, Feldespato, Magnesita, Sepiolita, Neofelinica, Sienica, Solimanita, Talco, Tierra de trípoli, y todos aquellos que se utilizan , predominantemente, en la fabricación de vidrio y Cerámica.

Grupo profesional

Niveles

Categoría profesional

Salario base

Grupo A. Técnicos

1. Titulados

7

II

Ingenieros , Licenciados, Capaz Facultativo, Vigilantes de interior, vigilantes de exterior, Peritos y Practicantes

32,49

2. No titulados

6

V

Jefe de fábrica o taller

29,62

5

VI

Encargado de taller, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Topógrafo y Delineante de primera

30,51

4

IX

Auxiliar de topógrafo, Calcador de plano y Analista

24,89

Grupo B. Administrativos

6

III

Jefe de primera

30,5

6

V

Jefe de segunda

28,68

5

VI

Oficial de primera

27,77

4

IX

Auxiliar

24,89

Grupo C. Subalternos

5

VII

Capataz de peones

26,93

3

X

Listeros. Almacenero. Guarda Jurado. Guarda. Portero. Ordenanza. Basculero. Pesador. Enfermero. Dependiente de Economato. Personal de limpieza

23,9

Grupo D. Obreros

1. Obreros de Interior

a) Profesionales de

4

VIII

Mineros de primera. Barreneros. Estibadores. Picadores. Caminero de primera

25,93

1

XII

Caminero de segunda

23,21

b) Especialistas

3

X

Ayudantes de Barrenero. Estibador y Picador. Tubero y Bombero

24,67

2

XI

Vagonero

23,74

2. Obreros de Exterior

a) Profesionales de oficio

4

VIII

Oficial de primera

25,78

4

IX

Oficial de segunda

24,89

3

X

Maquinistas de extracción y de arrastre, carg. Barrenero y Fogonero

24,67

3

X

Oficial de tercera

23,9

b) Especialistas

2

XI

Celadores. Composteros. Lampisteros. Estriadores. Molineros. Trituradores. Ayudante de fogonero. Embasadores de sacos y otras especialidades

23,21

1

XII

c) Peones

23,03

Pluses:

Plus de transporte: por día debidamente trabajado: 2,93.

Plus de asistencia: por día debidamente trabajado: 3,85.

ANEXO VIII
Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2% ) + 0,5 puntos

Comercio y manufacturas de vidrio plano de Valencia

Grupo profesional

Nivel

Categoría profesional

Salario día

Operarios

4

VIII

Oficial de primera

25,79

4

IX

Oficial de segunda

24,72

3

X

Ayudante Vigilante

24,30

2

XI

Peón Especialista

23,83

1

XII

Peón Ordinario

23,39

Plus de Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,93.

Plus de Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,85.

Grupo profesional

Nivel

Categoría profesional

Salario mes

Administrativos

6

III

Jefe de primera

1.155,75

6

V

Jefe de segunda

1.015,57

5

VI

Encargado de taller

926,23

5

VI

Oficial de primera

926,30

4

VIII

Oficial de segunda

803,87

4

IX

Auxiliar. Cobrador Subalterno.

754,92

Plus de asistencia mensual 77,19.

Plus de Transporte mensual 63,21.

Dieta:

Media dieta 7,74.

Comida y Pernocta 23,37.

ANEXO IX
Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Baldosín cerámico de la provincia de Valencia

Grupo profesional

Nivel

Categoría

Salario mínimo

Salario medio

Salario máximo

5

VII

Capataz

28,23

 

 

4

VIII

Oficial de primera

27,79

33,43

38,98

4

IX

Oficial de segunda

26,94

32,26

37,63

3

X

Especialista de primera

26,69

31,99

37,33

2

XI

Especialista de segunda

26,36

31,67

37,00

2

XI

Especialista de tercera

26,31

31,58

36,86

1

XII

Peón

26,19

31,32

36,64

1

XIII

Pinche

24,81

29,43

34,69

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,87.

ANEXO X
Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Manufactura y comercio vidrio plano de Barcelona

Grupo profesional

Nivel

Categoría profesional

Salario/día

7

II

Ingenieros

45,54

7

II

Licenciados

42,89

7

II

Peritos

32,14

6

III

Ayudante Técnico

29,95

6

III

Jefe de primera administrativo

37,56

6

IV

Jefe de fabrica

42,85

6

IV

Delineante proyectista

31,95

6

V

Jefe de segunda administrativo

32,01

5

VI

Encargado de taller

32,01

5

VI

Delineante

29,62

5

VI

Oficial de primera administrativo

30,77

5

VI

Vendedor

30,77

5

VII

Oficial de segunda administrativo

28,60

4

VIII

Contramaestre

30,60

4

VIII

Calcador

28,39

4

VIII

Oficial de primera

29,16

4

VIII

Capataz de peones

24,58

4

IX

Oficial de segunda

24,65

4

IX

Portero

22,63

4

IX

Ordenanza

22,63

4

IX

Auxiliar administrativo

23,06

3

X

Cobrador

25,61

3

X

Listero

25,01

3

X

Almacenero

25,27

3

X

Guarda jurado

23,72

3

X

Guarda ordinario y Vigilante

22,63

3

X

Basculero y Pesador

22,63

3

X

Sanitario no titulado

22,63

3

X

Auxiliar laboratorio. Administrativo mayor 18 años

22,63

2

XI

Oficial de tercera. Y ayudante

23,79

2

XII

Personal de limpieza

22,63

1

XII

Peón

23,15

1

XII

Botones

20,50

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado 3,85.

Transporte: Por día efectivamente trabajado 2,92.

Paga de San Antonio 57,49.

Dietas:

Media dieta 11,32.

ANEXO XI
Tablas salariales finales año 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Cerámica de la provincia de Valencia

Grupo profesional

Nivel

Categoría profesional

Salario/día

7

II

Personal Titulado Superior

43,09

6

III

Personal Titulado Medio

35,10

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª

33,76

6

V

Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección

31,07

5

VI

Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado

29,02

5

VII

Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio

28,55

4

VIII

Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario

27,59

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario

27,14

3

X

Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario

26,76

2

XI

Especialista de 2.ª, Peón especializado

26,39

1

XII

Peón, Personal de limpieza

25,98

Pluses:

De transporte 2,16.

Distancia 0,08.

Plus de asistencia 0,45.

ANEXO XII
Tablas salariales finales para el año 2009

Incremento IPC previsto (2%) + 0,5 puntos

Vidrio de Zaragoza

Grupo

Nivel

 

Euros/día

Euros

7

II

Personal Titulado Superior

54,93

24.990,83

6

III

Personal Titulado Medio, Jefe Administrativo 1.ª

48,77

22.191,08

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General

47,03

21.399,28

6

V

Jefe Administración 2.ª, Delineante superior, Jefe de Sección, Jefe de Organización 2.ª,

40,74

18.537,41

5

VI

Oficial Administrativo, Delineante, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado

38,98

17.735,27

5

VII

Delineante, Técnico Organización 2.ª, Analista 1.ª, Capataz

36,09

16.420,78

4

VIII

Oficial Administrativo 2.ª, Corredor, Oficial 1ª oficio, Analista 2.ª

35,23

16.032,64

4

IX

Auxiliar Administrativo, Auxiliar Organización, Oficial 2.ª de oficio

33,94

15.442,67

3

X

Auxiliar Laboratorio,Vigilante,Almacenero,Enfermero,Cobrador, Ayudante.

30,46

13.859,08

2

XI

Especialista de 2.ª, Peón especializado

29,65

13.496,80

1

XII

Peón, Personal de limpieza

28,80

13.108,67

Premio de Vinculación (*) (por año de servicio) 18,44.

Premio de Vinculación (tope máximo) 350,14.

Pluses:

Transporte: Por día efectivamente trabajado 2,93.

Se hará efectivo el día laborable anterior a la festividad de Nuestra Señora del Pilar.

No se abonara este premio a los trabajadores que tengan más de tres faltas de asistencia injustificadas en los doce meses anteriores a la fecha en que corresponde abonar este premio.

Respecto al Plus de Asistencia, Ayuda escolar y Fiesta del pilar se estará a lo pactado en el Acuerdo de Adhesión, Publicado en el «BOE» n.º 191 del viernes 10 de agosto de 2001.

ANEXO XIII
Tablas salariales finales para el año 2009

Incremento IPC previsto (2% ) + 0,8 puntos

Tabla de referencia (salarios mínimos garantizados)

Grupo

Nivel

Salario día

Salario anual

7

II

32,68

16.611,44

6

III, IV y V

29,70

15.255,32

5

VI y VII

27,48

14.245,22

4

VIII y IX

25,54

13.362,52

3

X

24,01

12.666,37

2

XI

23,51

12.438,87

1

XII

23,33

12.356,97

Plus de Asistencia: Por día efectivo de trabajo: 3,89.

Plus de Transporte: Por día efectivo de trabajo: 2,98.

Los valores anuales se entienden referidos para supuestos de:

Salario día a razón de 455 días (365 días/año + 30 Paga extra de Verano + 30 Paga Extra de Navidad + 30 Paga de marzo).

Plus de asistencia a razón de 280 días (219 días trabajo efectivo + 21 Paga Extra de Verano + 20 Paga Extra de Navidad + 20 Paga de vacaciones).

Plus de transporte a razón de 219 días ( 219 días de trabajo efectivo año).

Las empresas que a partir del 1/1/1999 empiecen a regirse por el presente Convenio, podrán optar por la aplicación de esta Tabla de Referencia o por aquella a la que se hubieran acogido de no existir esta Tabla.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/02/2011
  • Fecha de publicación: 15/02/2011
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicdo por Resolución de 16 de agosto de 2007 (Ref. BOE-A-2007-15880).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria de la cerámica
  • Industria del vidrio
  • Industria extractiva

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