En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 74.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y de acuerdo con lo previsto en la Disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, así como del Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, y de acuerdo con Orden EDU/395/2011, de 24 de febrero, por la que se modifica la estructura académica de esta Universidad,
Este Rectorado ha resuelto:
Primero.–Delegar en el Gerente o el Vicegerente como órgano que ejerce la suplencia de acuerdo con el artículo 15.3 del Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Universidad, las siguientes facultades:
a) La autorización y compromiso de gasto, el reconocimiento de las obligaciones correspondientes y la propuesta de ordenación de pagos con cargo al presupuesto de la Universidad hasta el límite de 60.000 euros.
b) Celebrar y firmar contratos que no excedan de 60.000 euros.
c) Devolución de matrículas hasta un límite de 10.000 euros.
d) La autorización de comisiones de servicio y de residencia eventual.
e) La concesión de permisos y licencias.
f) El reconocimiento de trienios.
g) Los actos de administración y de gestión ordinaria de personal que no se atribuyan a otros órganos, de conformidad con el artículo 10.6 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal.
Segundo.–Delegar en la Vicerrectora de Cursos Cortos y Extensión Universitaria la designación o nombramiento de los profesores que participen en los cursos cortos organizados en todos los Centros Docentes de esta Universidad, así como en las actividades de extensión universitaria que se celebren en los mismos.
Tercero.–Delegar en la Vicerrectora de Lenguas e Internacionalización la designación o nombramiento de los profesores que participen en los Cursos de Español para Extranjeros y Cursos de Inmersión en Inglés organizados en todos los centros docentes de esta Universidad.
Cuarto.–Delegar en la Vicerrectora de Posgrado e Innovación la designación o nombramiento de los profesores que participen en las actividades docentes de posgrado.
Quinto.–Delegar en los Directores de los Centros de Tenerife, Coruña, Cuenca y Sevilla, dentro de su ámbito territorial, la aprobación de los gastos y ordenación de los pagos que se tramitan por el sistema de pagos a justificar.
Sexto.–Delegar en el Director del Colegio Mayor «Torres Quevedo» y en el Director del Centro de Valencia, dentro de su ámbito territorial, la aprobación de los gastos y ordenación de los pagos que se tramitan por el sistema de anticipo de caja fija en la caja pagadora de Santander-Colegio Mayor «Torres Quevedo» y en la caja pagadora de Valencia, respectivamente.
Madrid, 29 de abril de 2011.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, Salvador Ordóñez Delgado.
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