El artículo 7 del Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Registro Central de Personal y las normas de coordinación con los de las restantes Administraciones públicas, establece que el Secretario de Estado para la Administración Pública aprobará los formatos normalizados de los documentos que se utilizan para la realización de anotaciones en el Registro.
Los modelos actualmente vigentes fueron aprobados por Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 2 de septiembre de 2002 («BOE» de 21 de septiembre), modificándose por Resoluciones de 4 de marzo de 2003 («BOE» del 26), 3 de marzo de 2004 («BOE» del 16), 26 de mayo de 2005 («BOE» de 23 de junio), y 10 de mayo de 2007 («BOE» del 31).
Con el fin de cumplir con lo dispuesto en el artículo 10 apartado 3 del mencionado Real Decreto 2073/1999, que establece que «Deberá justificarse la previa comunicación al Registro Central de Personal de los actos o resoluciones que comporten efectos económicos en nómina, de acuerdo con las instrucciones para la confección de nóminas dictadas conjuntamente por los Ministros de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas» y para facilitar la comunicación al Registro Central de Personal de las anotaciones que se deriven de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, se modifican los modelos F17, F17R, L14 y L14R de «RESOLUCIÓN DE LICENCIA/PERMISO/INCAPACIDAD TEMPORAL» de personal funcionario y laboral, para que puedan ser utilizados por los gestores de personal para comunicar al Registro Central de Personal las resoluciones y anotaciones de la situación de incapacidad temporal del personal a su cargo.
Asimismo, se considera conveniente incluir, en anexo III, determinadas aclaraciones en el uso de los modelos F17, F17R, L14 y L14R para evitar errores en su utilización o cumplimentación.
Respecto del personal de las Universidades, el artículo 5 del Real Decreto 2073/1999 establece que el personal perteneciente a los Cuerpos Docentes Universitarios regulados por el Estado se encuentra dentro de su ámbito, mientras que el resto de su personal se inscribirá si así se acuerda en convenios suscritos a tal efecto entre el Ministerio de Administraciones Públicas (en la actualidad MINHAP) y la Administración de que se trate.
Estos convenios se han suscrito como Adenda al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública y la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE), firmada con fecha 30 de junio de 2011, de forma que las Universidades que así lo han decidido, han solicitado que se realice la función registral respecto de su personal no incluido en el apartado 2 del artículo 5 del Reglamento del RCP.
Dado que se ha abierto un nuevo marco de colaboración en el ámbito de las Universidades públicas y que los impresos para el personal docente de estas fueron publicados por la Orden de 30 de julio de 1992 («BOE» de 13 de agosto) sobre instrucciones para la confección de nóminas, se considera necesario publicar los Modelos para el personal docente, adecuados a su actual formato.
Por consiguiente, esta Secretaría de Estado ha resuelto:
Aprobar, con efectos del 15 de octubre de 2012, los nuevos modelos F17, F17R, L14 y L14R que figuran en el anexo I de esta resolución, sustituyendo a los mismos modelos vigentes hasta la fecha.
Aprobar, con efectos del 15 de octubre de 2012, los nuevos modelos F17, F17R, L14 y L14R y publicar el resto de los modelos para el personal docente de las universidades públicas que figuran en el anexo II de esta resolución.
Las unidades gestoras de personal podrán consultar y descargar todos los formatos y códigos actualizados de los documentos y las instrucciones detalladas para su cumplimentación, en la web del Registro Central de Personal, accesible a través de «Funciona: El Portal del Empleado Público» (www.funciona.es) en la Red SARA.
Madrid, 5 de noviembre de 2012.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.
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