El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad determina la necesidad de adecuar las prestaciones y ayudas que presta esta Mutualidad General Judicial al nuevo escenario social y presupuestario.
La Circular número 72 y la Resolución de 12 de junio de 2008, se dictaron en desarrollo de las previsiones reglamentarias actualmente contenidas en el artículo 105 del Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial (BOE 4-8-2011), que regula los programas sociosanitarios. Ambas disposiciones, la Circular, que entró en vigor hace diez años y la Resolución adoptada el año 2008, se dictaron en el marco de una situación económica, social y financiera bien distinta a la actual, que permitía el desarrollo de programas y medidas en condiciones que en el momento actual no resulta posible sostener.
Como quiera que la concreción de las prestaciones sociosanitarias, conforme establece el Reglamento del Mutualismo judicial, ha de ajustarse a las previsiones presupuestarias y plasmarse en la oportuna convocatoria pública, el contenido de ésta viene determinado por el crédito previsto para cada ejercicio económico, y sus bases y condiciones específicas no podrán referirse a las que están reguladas en un marco económico que difiere de manera tan sustancial al que justificó su adopción.
Por lo tanto, y hasta que se proceda a la elaboración de la normativa a la que, conforme a las previsiones de crédito consignado a esta Mutualidad, hayan de acomodarse las prestaciones por este concepto, tanto la Circular número 72 como la Resolución de 12 de junio de 2008, reguladoras del Plan de Atención sociosanitario vigente, han de dejarse sin vigencia a partir de la entrada en vigor de la legislación presupuestaria aplicable para el ejercicio económico del año 2013.
En razón de lo expuesto, esta Gerencia, en uso de las facultades que le concede el artículo 14.3.e) del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la composición y funciones de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General, tras informar a la Comisión Permanente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1.f) del citado Real Decreto, resuelve
1) Derogar la Circular número 72 sobre el programa de Atención a Personas Mayores (BOE 19-12-2002; la Resolución de 5 de diciembre de 2007 por la que se actualiza el artículo 8 y el artículo 11 de la Circular número 72 (BOE 19-12-2007; la Resolución de 22-12-2008 actualizando la tabla económica del artículo 8 (BOE 3-1-2009), así como la Resolución de 12 de junio de 2008 por la que se regulan determinados programas del Plan de Atención sociosanitaria (BOE 4-7-2008).
2) Esta resolución entrará en vigor el día 1 de enero de 2013.
Madrid, 21 de diciembre de 2012.–La Gerente de la Mutualidad General Judicial, Celima Gallego Alonso.
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