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Documento BOE-A-2014-3305

Resolución de 12 de marzo de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo relativo a la actualización de las tablas salariales para los años 2012 y 2013 de la provincia de Murcia, del Convenio colectivo del sector de la madera.

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 27 de marzo de 2014, páginas 26845 a 26848 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-3305
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/03/12/(9)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acuerdo relativo a la actualización de las tablas salariales para los años 2012 y 2013 de la provincia de Murcia, remitido por la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector de la madera, (código de convenio nº 99010175011996) dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 19.k) del propio Convenio del sector. Acuerdo que fue suscrito con fecha 20 de diciembre de 2013 por la organización empresarial CONFEMADERA y las sindicales FECOMA-CC.OO. y MCA-UGT, firmantes del expresado Convenio en representación de las empresas y los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de marzo de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO ESTATAL DE LA MADERA

(20 de diciembre de 2013)

En representación empresarial (CONFEMADERA):

Don Francesc de Paula Pons Alfonso.

Doña Beatriz del Castillo.

Don Rafaél Perez.

Don Pablo Cubillo.

En representación sindical:

FECOMA-CC.OO: Don Daniel Barragán Burgui.

MCA-UGT: Don Jesús Ordóñez.

En Madrid a 20 de diciembre 2013, habiendo sido convocados en tiempo y forma con los asistentes al margen reseñados, con la representación que cada uno ostenta, y reconociéndose plena legitimación y capacidad suficiente a los efectos previstos en los artículos 87 y 88 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo), comienza la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio del sector estatal de la madera, siendo las 11:30 h.

Que esta Comisión Paritaria dio un plazo de tiempo suficiente para llegar a un acuerdo para Convenio de la Madera de Murcia sin constancia de que se haya producido dicho acuerdo. No obstante las partes han manifestado que se está trabajando para llegar a un acuerdo en el territorio.

En virtud de lo anterior, esta Comisión acuerda, enviar copia de este acta a la Comisión Negociadora del Convenio de la Madera de Murcia para informarle que, en caso de no recibir constancia expresa de la actualización de las tablas salariales del Convenio de la Madera de Murcia, antes del próximo día 20 de enero de 2014, esta Comisión Paritaria considerará cumplido el trámite de mediación previsto en el artículo 19.k) del convenio colectivo y procederá a efectuar los cálculos matemáticos tendentes a la aplicación de las tablas salariales correspondientes y remitirlas al registro correspondiente para su registro y publicación en el boletín oficial.

Se tendrán en cuenta las consideraciones de la representación empresarial de Murcia, la cual indica que, para el pago de los correspondientes atrasos, se establezca como límite el primer semestre de 2014, permitiendo a las empresas que abonen dentro de dicho plazo las cantidades adeudas según consideren.

Se delega la firma de la presente acta por cada una de las partes en don Francesc de Paula Pons Alfonso por CONFEMADERA, don Pedro Echániz, por MCA-UGT y don Daniel Barragán por FECOMA-CC.OO

Se acuerda delegar en don Francesc de Paula Pons Alfonso, para que realice los trámites oportunos a efectos de registro y publicación de este acta en el BO» a partir del 20 de enero de 2014.

Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 12:00 h.–Por CONFEMADERA, Francesc de Paula Pons.–Por FECOMA-CC.OO, Daniel Barragán.–Por MCA-UGT, Jesús Ordóñez.

Convenio de carpintería, ebanistería y varios (Región de Murcia)

Tabla salarial 2012

Aumento 1,5%

GRUPO   CATEGORÍAS REMUNERACIÓN ANUAL SALARIO DÍA- MES BOLSA VACACIONES PLUS GASTOS LOCOMOCIÓN PAGA EXTRA SIN ANTIGÜEDAD H. EXTRA SIN ANTIGÜEDAD.
I TÉCNICO INGENIEROS LICENCIADOS 19488 1346,44 15,75 15,75 1.570,85 14,87
II TÉCNICO INGENIEROS TÉCNICOS TITULADOS GRADO MEDIO TITULADOS SUPERIORES 18822,84 1300,04 15,75 15,75 1.516,71 14,36
III EMPLEADO JEFE OFICINA OFICIAL 1.º ADMINISTRATIVO 18183,38 1255,42 15,75 15,75 1.464,66 13,87
OPERARIO ENCARGADO 41,37 1.447,82
IV OPERARIO OFIC. TRAZADOR PREPARADOR OFIC. 1.ª, TUPISTA 1.ª, ASERRADOR GALERISTA CONDUCTOR 1.ª 16580,41 37,68 15,75 15,75 1.318,85 12,63
EMPLEADO OFIC. 2.ª ADMINISTRATIVO REPRESENTANTE 1143,59 1.334,18
V OPERARIO OFICIAL 2.ª TUPISTA 2.ª ESPECIALISTA CONDUCTOR 2.ª 15903,22 36,12 15,75 15,75 1.264,36 12,11
EMPLEADO GUARDA, VIGILANTE 1096,34 1.279,06
VI OPERARIO AYUDANTE 14867,01 33,74 15,75 15,75 1.180,99 11,31
EMPLEADO AUXILIAR ADMINISTRATIVO TELEFONISTA 1024,05 1.194,72
VII OPERARIO PEÓN 14773,33 33,53 15,75 15,75 1.173,45 11,24
EMPLEADO CAPATAZ 1017,51 1.187,10
APÉNDICE OPERARIO APRENDIZ 16/17 AÑOS 9900,01 22,32 15,75 15,75 781,35  
EMPLEADO ASPIRANTE Y BOTONES 16/17 AÑOS 677,51 790,43

Tabla salarial 2013

Aumento 0,4%

GRUPO   CATEGORÍAS REVISIÓN 2012 REMUNERACIÓN ANUAL SALARIO DÍA- MES BOLSA VACACIONES PLUS GASTOS LOCOMOCIÓN PAGA EXTRA SIN ANTIGÜEDAD H. EXTRA SIN ANTIGÜEDAD.
I TÉCNICO INGENIEROS LICENCIADOS 0,00 19.488,00 1346,44 15,75 15,75 1.570,85 14,93
II TÉCNICO INGENIEROS TÉCNICOS TITULADOS GRADO MEDIO TITULADOS SUPERIORES 0,00 18.898,13 1305,29 15,75 15,75 1.522,84 14,42
III EMPLEADO JEFE OFICINA OFICIAL 1º ADMINISTRATIVO 0,00 18.256,11 1260,50 15,75 15,75 1.470,58 13,92
OPERARIO ENCARGADO 41,53 15,75 15,75 1.453,68
IV OPERARIO OFIC. TRAZADOR PREPARADOR OFIC. 1.ª, TUPISTA 1.ª, ASERRADOR GALERISTA CONDUCTOR 1.ª 0,00 16.646,73 37,83 15,75 15,75 1.324,19 12,68
EMPLEADO OFIC. 2.ª ADMINISTRATIVO REPRESENTANTE 1148,21 15,75 15,75 1.339,58
V OPERARIO OFICIAL 2.ª TUPISTA 2.ª ESPECIALISTA CONDUCTOR 2.ª 0,00 15.966,83 36,27 15,75 15,75 1.269,48 12,16
  EMPLEADO GUARDA, VIGILANTE 1100,78 15,75 15,75 1.284,24
VI OPERARIO AYUDANTE 0,00 14.926,48 33,88 15,75 15,75 1.185,77 11,36
EMPLEADO AUXILIAR ADMINISTRATIVO TELEFONISTA 1028,20 15,75 15,75 1.199,56
VII OPERARIO PEÓN 0,00 14.832,42 33,66 15,75 15,75 1.178,21 11,28
EMPLEADO CAPATAZ 1021,63 15,75 15,75 1.191,91
APÉNDICE OPERARIO APRENDIZ 16/17 AÑOS 0,00 9.939,61 22,42 15,75 15,75 784,53  
EMPLEADO ASPIRANTE Y BOTONES 16/17 AÑOS 680,28 15,75 15,75 793,65

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/03/2014
  • Fecha de publicación: 27/03/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 21 de mayo de 2014 (Ref. BOE-A-2014-5575).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • Art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el convenio publicado por Resolución de 2 de noviembre de 2012 (Ref. BOE-A-2012-14533).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Madera
  • Murcia

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