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Documento BOE-A-2014-10504

Resolución 3D0/38136/2014, de 1 de octubre, del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", por la que se delegan determinadas competencias en el Director del Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 16 de octubre de 2014, páginas 83817 a 83818 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2014-10504
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/10/01/3d038136

TEXTO ORIGINAL

La Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, en su artículo 2, ha venido a aprobar la integración en el Organismo Público de Investigación Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Defensa a través de la Secretaría de Estado, del organismo autónomo Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo (CEHIPAR).

En el apartado 3.º del indicado precepto legal, se prevé que, desde el 18 de septiembre de 2014, fecha de la entrada en vigor de la mencionada ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa, el Director General del INTA ha asumido las competencias que el Real Decreto 451/1995, de 24 de marzo, por el que se reorganiza el CEHIPAR, atribuye a los órganos de gobierno de dicho organismo autónomo, incluidas las competencias en materia de contratación, y que dentro de los seis meses posteriores a aquella vigencia se procederá a la aprobación de los nuevos estatutos del INTA, así como de su plan inicial de actuación, momento en el que se producirá la efectiva integración.

La asunción de las mencionadas competencias, sin embargo, no han implicado una alteración en la titularidad del órgano que venía desempeñando el cargo de Director del CEHIPAR.

Por tanto, desde la entrada en vigor de la Ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa y hasta que el INTA disponga de un presupuesto único, se estima conveniente delegar determinadas competencias del Director General de dicho organismo autónomo en el Director del CEHIPAR, en razón de una mayor eficacia, agilidad y coordinación.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:

Primero.

Se delega en el Director del CEHIPAR, respecto del personal y actividades que le afectan, y hasta el 31 de diciembre de 2014, el ejercicio de las siguientes competencias:

1. Designar las Comisiones de servicio con derecho a indemnización del personal del CEHIPAR.

2. Aprobar la nómina del personal del CEHIPAR.

3. Autorizar la concesión de pagas de anticipo al personal del CEHIPAR.

4. Resolver sobre la concesión de las ayudas previstas en el Plan de Acción Social del CEHIPAR.

5. Aprobar y gestionar los proyectos de obras del CEHIPAR hasta un importe de 125.000 euros en cada acto, así como los de los modificados que se puedan producir.

6. Aprobar y comprometer gastos del ejercicio presente y de posteriores, con cargo al presupuesto asignado, hasta el límite de 125.000 euros.

7. Realizar el reconocimiento y el pago de las obligaciones y expedir la firma de los documentos contables del CEHIPAR.

8. Ejercer las facultades de contratación, en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas el CEHIPAR por el Real Decreto 451/1995, de 24 de marzo, hasta el límite de 900.000 euros.

9. Ordenar la devolución o cancelación de las garantías provisionales y definitivas de los contratos administrativos del CEHIPAR.

10. Aprobar respecto del CEHIPAR las cuentas justificativas de los pagos materiales con cargo a anticipos de caja fija o libramientos a justificar.

Segundo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el órgano delegante podrá avocar para sí, en cualquier momento, el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere oportuno.

Tercero.

Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esa circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Resolución del Director General del INTA.

Quinto.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de octubre de 2014.–El Director General del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», Ignacio Azqueta Ortiz.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/10/2014
  • Fecha de publicación: 16/10/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 17/10/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo
  • Delegación de atribuciones
  • Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas

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