La Resolución de 31 de julio de 2013, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se atribuye el número 010 al servicio de información de las Administraciones Locales, establece las condiciones básicas de provisión del servicio de información telefónica de la administración local a través del número 010 y lo atribuye a una lista de municipios que aparecen relacionados en el anexo de dicha resolución.
Asimismo, el punto 2 del apartado primero de la citada resolución establece que dicha atribución podrá modificarse ampliándola a otros municipios o reduciéndola, previa presentación de solicitud ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la administración local correspondiente.
Desde la aprobación de la mencionada resolución se han recibido en esta Secretaría de Estado diversas solicitudes, tanto de municipios interesados en la atribución del número 010 para la prestación del servicio de información telefónica, como de otros municipios que han dejado de prestar el servicio, por lo cual procede realizar la actualización de esta atribución, ampliando o cancelando los municipios que proceda. Por todo ello, mediante esta resolución se modifica la atribución realizada mediante la Resolución de 31 de julio de 2013 para adecuarla a la situación actual.
El artículo 27 del Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración, aprobado por Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, en su punto 7, otorga a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información la competencia para dictar las resoluciones necesarias para el desarrollo de los planes nacionales de numeración, direccionamiento y denominación.
En su virtud, resuelvo:
Se modifica la atribución realizada en la Resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, de 31 de julio de 2013, por la que se atribuye el número 010 al servicio de información de las Administraciones Locales:
1. Ampliándola a los municipios que figuran en el anexo 1.
En ellos, será de aplicación la Resolución de 31 de julio de 2013, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se atribuye el número 010 al servicio de información de las Administraciones Locales, en lo que se refiere a descripción del servicio, precios de las llamadas, condiciones de utilización del número atribuido, tratamiento por los operadores de las llamadas telefónicas al número atribuido y control de condiciones de utilización.
2. Cancelándola en los municipios que se enumeran en el anexo 2.
Esta resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Provincia |
Código INE |
Municipio |
---|---|---|
Zaragoza. |
50272 |
Utebo. |
Castellón. |
12135 |
Vila-Real. |
Vizcaya. |
48096 |
Zalla. |
Sevilla. |
41004 |
Alcalá de Guadaíra. |
Jaén. |
23050 |
Jaén. |
Valladolid. |
47085 |
Medina del Campo. |
Asturias. |
33004 |
Avilés. |
Salamanca. |
37274 |
Salamanca. |
Toledo. |
45165 |
Talavera de la Reina. |
Córdoba. |
14021 |
Córdoba. |
Almería. |
04032 |
Carboneras. |
Cádiz. |
11006 |
Arcos de la Frontera. |
Málaga. |
29042 |
Coín. |
Provincia |
Código INE |
Municipio |
---|---|---|
Almería. |
04003 |
Adra. |
Barcelona. |
08056 |
Castelldefels. |
Madrid, 19 de noviembre de 2015.–El Secretario de Estado de telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez Martín.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid