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Documento BOE-A-2016-5879

Resolución de 2 de junio de 2016, de la Subsecretaría, por la que se publican los índices de precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2015, a los efectos de la actualización de las rentas de los arrendamientos rústicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2016, páginas 40026 a 40027 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2016-5879
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/06/02/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 83/1980, de 31 de diciembre, de arrendamientos rústicos, fue derogada por la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, que en su disposición transitoria primera, establece: «Los contratos de arrendamiento y aparcería vigentes a la entrada en vigor de esta Ley, se regirán por la normativa aplicable al tiempo de su celebración». En este sentido, el artículo 38 de la anterior Ley 83/1980, de 31 de diciembre, de arrendamientos rústicos, establece: «Podrá acordarse por las partes la actualización de la renta para cada anualidad por referencia al último índice anual de precios percibidos por el agricultor, establecido por el Ministerio de Agricultura para los productos agrícolas en general o para alguno o algunos de los productos principales de que sea susceptible la finca, atendidas sus características y la costumbre de la tierra. Del mismo modo, tratándose de fincas cuyos principales productos sean ganaderos, podrá también referirse la actualización al índice de los precios de alguno o algunos de sus productos».

Por tanto, procede publicar los índices de precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2015, a efectos de la actualización de las rentas de los arrendamientos rústicos anteriores a la entrada en vigor de la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de arrendamientos rústicos.

En su virtud, esta Subsecretaría difunde los valores del índice anual de precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2015 y su incremento respecto al año 2014, tanto para el índice general agrario como para los principales índices de productos, que se incluyen en el anexo de la presente Resolución.

Madrid, 2 de junio de 2016.–El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.

ANEXO
Índices anuales de precios percibidos por los agricultores y ganaderos

Clase de índice

Valor anual

en 2015

(2010 = 100)

Porcentaje

de variación

sobre 2014

General de productos agrarios

113,43

6,34

Productos vegetales

115,80

18,05

Productos agrícolas

116,19

18,32

Cereales

110,36

2,86

Leguminosas grano

107,98

–0,62

Tubérculos

95,88

59,61

Cultivos industriales

116,33

28,12

Cultivos forrajeros

131,49

–0,60

Hortalizas

99,21

28,33

Cítricos

99,93

15,58

Frutas

115,18

10,45

Vino

120,16

1,25

Aceite

168,67

43,32

Productos forestales (*)

78,41

3,86

Productos animales

109,37

–8,19

Ganado para abasto

109,14

–8,39

Vacuno para abasto

112,08

–6,23

Ovino para abasto

117,01

2,34

Caprino para abasto

93,58

–3,10

Porcino para abasto

106,05

–12,01

Aves para abasto

114,49

–3,70

Conejos para abasto

94,95

–7,94

Productos ganaderos

110,04

–7,61

Leche

110,18

–10,89

Huevos

109,01

1,77

Lana

165,32

7,39

(*) Los índices de Productos Forestales 2015 se han calculado con base 2005 = 100 y son provisionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/06/2016
  • Fecha de publicación: 16/06/2016
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 49/2003, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-21616).
Materias
  • Arrendamientos rústicos
  • Índices de precios

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