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Documento BOE-A-2020-1051

Resolución de 14 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2019 del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2020, páginas 6884 a 6888 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2020-1051
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/01/14/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales para el año 2019 del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (Código de convenio n.º 90003962011984), que fueron suscritas, con fecha 10 de octubre de 2019, de una parte por los designados por la gerencia de dicho organismo público, en representación del mismo, y de otra por los sindicatos UGT, CSIF, USO y CC.OO., en representación de los trabajadores afectados, a las que se acompaña el informe favorable emitido por la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86, apartado 3, y 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de enero de 2020.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE ACUERDO SOBRE LA REVISIÓN SALARIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2019 PARA EL PERSONAL LABORAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO NACIONAL

En Madrid, a las 10:25 horas del día diez de octubre de dos mil diecinueve, en el marco de la reunión de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo (Negociación Tablas Salariales 2019) que se celebra entre la Administración y los Sindicatos UGT, CGT,CSIF, USO y CC.OO., se llega a un acuerdo entre la Dirección de Patrimonio Nacional y los sindicatos UGT, CSIF, USO, y CC.OO., que representan a la mayoría de los trabajadores en la Comisión Negociadora, para la distribución del incremento de la masa salarial autorizada para el año 2019 por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.

En consecuencia, ambas partes, acuerdan:

Primero.

Dar conformidad a las tablas salariales que recogen la distribución de Masa Salarial autorizada por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas en octubre de 2019, con el incremento establecido en Real Decreto-Ley 24/2018, de 21de diciembre, por el que se aprueba el incremento de. las retribuciones del personal al servicio del sector público para el ejercicio 2019, y que una vez firmadas se incorporan a la presente acta.

Segundo.

Remitir el acta con sus anexos, para su autorización, a los órganos competentes de la Administración General del Estado.

Tercero.

Autorizar expresamente a D. Jorge Prieto Ramos, para que, en nombre y por Delegación de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, de la que forma parte, proceda a realizar por medios electrónicos la tramitación necesaria ante la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social para solicitar la inscripción y depósito de la revisión salarial del personal laboral del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional correspondiente al ejercicio 2019, suscrito por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo el 10 de octubre de 2019.

Se levanta la sesión a las 11:30 horas, dando fe de lo tratado con sus firmas los representantes de cada una de las partes negociadoras.

Tablas salariales año 2019

Grupo Nivel retributivo A) Salario Base B) Pagas extras C) Antigüedad
Cuantía mensual Cuantía anual Cuantía anual Cuantía mensual Cuantía anual
1 - A 0 2.097,38 25.168,56 4.194,76 28,02 392,28
1 - B 1 1.910,47 22.925,64 3.820,94 28,02 392,28
2 2 1.721,52 20.658,24 3.443,04 28,02 392,28
3 - A 3 1.538,50 18.462,00 3.077,00 28,02 392,28
3 - B 4 1.369,99 16.439,88 2.739,98 28,02 392,28
3 - C 5 1.244,60 14.935,20 2.489,20 28,02 392,28
3 - D 6 1.174,28 14.091,36 2.348,56 28,02 392,28
4 - A 7 1.099,06 13.188,72 2.198,12 28,02 392,28
4 - B 8 1.061,48 12.737,76 2.122,96 28,02 392,28

Complementos salariales: Puesto de trabajo

D) Complementos salariales

Grupo Nivel retributivo Especialidad Enero a junio Semestral enero junio Julio a diciembre semestral julio diciembre Anual
1 - A 0 JEFE/ JEFA DE DEPARTAMENTO. 884,96 5.309,76 886,96 5.321,76 10.631,52
1 - B 1 TITULADO/ TITULADA SUPERIOR ARQUITECTO/ ArQUITECTA O INGENIERO/ INGENIERA. 604,53 3.627,18 606,53 3.639,18 7.266,36
1 - B 1 COORDINADOR/ COORDINADORA DE PROGRAMAS ESPECIALES. 715,74 4.294,44 717,74 4.306,44 8.600,88
1 - B 1 JEFE/ JEFA DE SERVICIO. 715,74 4.294,44 717,74 4.306,44 8.600,88
1 - B 1 TITULADO/ TITULADA SUPERIOR. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
1 - B 1 TITULADO/ TITULADA SUPERIOR MÉDICO/ MÉDICA. 481,47 2.888,82 483,47 2.900,82 5.789,64
2 2 JEFE/ JEFA DE SECCIÓN. 442,24 2.653,44 444,24 2.665,44 5.318,88
2 2 T. G. MEDIO - ARQ/ING. TÉCNICO/ TÉCNICA. 445,42 2.672,52 447,42 2.684,52 5.357,04
2 2 TITULADO/ TITULADA DE GRADO MEDIO. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - A 3 CONSERJE MAYOR DELEGACIONES. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - A 3 CONSERJE MAYOR SERVICIOS CENTRALES. 345,41 2.072,46 347,41 2.084,46 4.156,92
3 - A 3 ENCARGADO/ ENCARGADA GENERAL. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - A 3 GUARDA/ GUARDESA MAYOR. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - A 3 JARDINERO/ JARDINERA MAYOR. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - A 3 JEFE/ JEFA DE NEGOCIADO. 168,68 1.012,08 170,68 1.024,08 2.036,16
3 - B 4 CELADOR ENCARGADO/ CELADORA ENCARGADA DE GUARDAS Y GUARDESAS. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - B 4 CONSERJE ENCARGADO/ ENCARGADA DE MUSEOS DELEGACIONES. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - B 4 CONSERJE ENCARGADO/ ENCARGADA DE MUSEOS SERVICiOS CENTRALES. 93,67 562,02 95,67 574,02 1.136,04
3 - B 4 AYUDA DE CÁMARA. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - B 4 ENCARGADO/ ENCARGADA. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - B 4 ENCARGADO/ ENCARGADA DE CABALLERIZAS. 104,53 627,18 106,53 639,18 1.266,36
3 - B 4 TÉCNICO/ TÉCNICA. 91,75 550,50 93,75 562,50 1.113,00
3 - B 4 TÉCNICO/ TÉCNICA DE LABORATORIO. 91,75 550,50 93,75 562,50 1.113,00
3 - B 4 TÉCNICO/ TÉCNICA DE RESTAURACIÓN. 91,75 550,50 93,75 562,50 1.113,00
3 - B 4 TÉCNICO/ TÉCNICA DELINEANTE PROYECTISTA. 91,75 550,50 93,75 562,50 1.113,00
3 - B 4 TÉCNICO/ TÉCNICA PAISAJISTA. 91,75 550,50 93,75 562,50 1.113,00
3 - B 4 TÉCNICO/ TÉCNICA PROGRAMADOR. 91,75 550,50 93,75 562,50 1.113,00
3 - C 5 CONDUCTOR/ CONDUCTORA. 102,30 613,80 104,30 625,80 1.239,60
3 - C 5 CONDUCTOR/ CONDUCTORA DEL PRESIDENTE Y GERENTE. 325,65 1.953,90 327,65 1.965,90 3.919,80
3 - C 5 GUÍA INTÉRPRETE. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - C 5 OFICIAL ADMINISTRATIVO/ OFICIALA ADMINISTRATIVA. 115,96 695,76 117,96 707,76 1.403,52
3 - C 5 OFICIAL ADMINISTRATIVO/ OFICIALA ADMINISTRATIVA Secretaría Presidente. 250,42 1.502,52 252,42 1.514,52 3.017,04
3 - C 5 OFICIAL/ OFICIALA DE OFICIOS. 86,89 521,34 88,89 533,34 1.054,68
3 - D 6 AUXILIAR ADMINISTRATIVO/ ADMINISTRATIVA. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - D 6 AUXILIAR ADMINISTRATIVO/ ADMINISTRATIVA (At. Público). 99,50 597,00 101,50 609,00 1.206,00
3 - D 6 CABALLERIZO/CABALLERIZA. 82,93 497,58 84,93 509,58 1.007,16
3 - D 6 GUARDA/ GUARDESA. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - D 6 GUÍA. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - D 6 MOTORISTA. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
3 - D 6 TAQUILLERO/ TAQUILLERA. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
4 - A 7 AYUDANTE/ AYUDANTA ESPECIALISTA. 67,52 405,12 69,52 417,12 822,24
4 - A 7 AYUDANTE/ AYUDANTA DE GESTIÓN Y SVOS. COM. 99,51 597,06 101,51 609,06 1.206,12
4 - B 8 AYUDANTE/ AYUDANTA. 56,59 339,54 65,19 391,14 730,68
Indistinto B) IDIOMA: GUIAS INTÉRPRETES.          
"A" (2.º IDIOMA). 121,12 1.453,44      
"B" (3.º O MÁS IDIOMAS). 180,32 2.163,84      
IDIOMA: RESTO DE PERSONAL.          
"C" (UN IDIOMA). 57,80 693,60      
"D" (DOS O MÁS IDIOMAS). 121,12 1.453,44      

Tablas salariales 

Complementos salariales

Grupo Nivel retributivo D) C) De trabajo nocturno
Cuantía/Hora Cuantía/Jornada
1 - A 0    
1 - B 1 1,66 13,30
2 2 1,45 11,95
3 - A 3 1,33 10,58
3 - B 4 1,17 9,36
3 - C 5 0,99 8,55
3 - D 6 0,94 7,88
4 - A 7 0,86 7,21
4 - B 8 0,83 6,96

Complementos salariales por cantidad o calidad del trabajo

Grupo Nivel retributivo D) D)1- De especial disponibilidad D) D) 2- De mayor dedicación con disponibilidad horaria D) D) 3- De disponibilidad horaria D) D) 4- De jornada partida con disponibilidad horaria
Cuantía mensual Cuantía anual Cuantía mensual Cuantía anual Cuantía mensual Cuantía anual Cuantía mensual Cuantía anual
1 - A 0 401,00 4.812,00            
1 - B 1 365,00 4.380,00 310,00 3.720,00 90,00 1.080,00 140,00 1.680,00
2 2 327,00 3.924,00 278,00 3.336,00 90,00 1.080,00 140,00 1.680,00
3 - A 3 297,00 3.564,00 252,00 3.024,00 90,00 1.080,00 140,00 1.680,00
3 - B 4     230,00 2.760,00 90,00 1.080,00 140,00 1.680,00
3 - C 5     226,00 2.712,00 90,00 1.080,00 140,00 1.680,00
3 - D 6     220,00 2.640,00 90,00 1.080,00 140,00 1.680,00
4 - A 7     213,00 2.556,00 90,00 1.080,00 140,00 1.680,00
4 - B 8     174,00 2.088,00 90,00 1.080,00 140,00 1.680,00
Grupo Nivel retributivo E) Horas extraordinarias
Cuantía/Hora Festiva, Nocturna o en Día de Libranza Cuantía/Resto Horas Extraordinarias
1 - B 1 20,60 18,02
2 2 18,57 16,22
3 - A 3 16,65 14,57
3 - B 4 14,71 12,85
3 - C 5 13,22 11,57
3 - D 6 12,26 10,73
4 - A 7 11,28 9,87
4 - B 8 10,81 9,46
Grupo F) Horas Complementarias
Cuantía/Hora
3 - B 9,49
3 - C 8,56
3 - D 8,05

Percepciones no salariales

G) A) Complemento de quebranto de moneda

Grupo Cuantía Mensual
Indistinto. 72,12

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/01/2020
  • Fecha de publicación: 23/01/2020
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 9 de diciembre de 2013 (Ref. BOE-A-2013-13502).
Materias
  • Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
  • Convenios colectivos

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