En el BOE de 24 de marzo de 2021 se publicó la resolución de 15 de marzo de 2021 la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se amplía la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas aprobado por Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre.
Se ha detectado la existencia de información incompleta en el contenido de la mencionada resolución y se hace necesario publicar la correspondiente modificación.
Los referidos datos incompletos consisten en la omisión debido a un error tipográfico de dos datos del refrigerante RS-90 que deberían aparecer según el formato establecido en el apéndice 1, tabla A, de la instrucción IF-02.
La ampliación que se trata de introducir, obedece a errores en la redacción de la resolución previa y lo evidencia la comparación de la tabla A de la instrucción IF-02 publicada para la ampliación de refrigerantes con la publicada en el apéndice 1 del Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.
El apartado 4 de la Instrucción IF-02. Clasificación de refrigerantes, aprobada por el Real Decreto 552/2019, de 27 de Septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, habilita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para autorizar, a petición de parte interesada, la utilización de otros refrigerantes y mezclas, no incluidos en el apéndice 1, previa determinación de cuantas características de prueba y uso sean precisas según lo requerido en las prescripciones establecidas en el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias que lo desarrollan.
La Asociación del Frío y sus Tecnologías ha solicitado la ampliación de la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas, con la inclusión del refrigerante con denominación comercial RS-90. Con la solicitud se ha aportado la acreditación del producto mediante las tablas de propiedades termodinámicas, químicas y físicas, las fichas de datos de seguridad y certificado del productor del refrigerante.
El refrigerante RS-90 es una mezcla cuaternaria compuesta por un 38 % de 1,1,1,2,2 pentafluoretano o R-125, un 10 % de 1,1,1 trifluoretano o 143a, un 49,2 % de 1,1,1,2 tetrafluoretano o R-134a y un 2,8 % de 2 metilpropano (isobutano) o R-600a.
Vista la documentación presentada por el solicitante, esta Dirección General resuelve:
Ampliar la información referente al refrigerante RS-90 del apéndice 2, tabla A, de la instrucción IF-02 con la inclusión del Grupo L y Clasificación según REP, conforme se indica a continuación:
Clasificación | Número de refrigerante (2) | Denominación (composición=%peso) | Fórmula |
Masa molecular – kg/mol |
Densidad de vapor 25 ºC 101,3 kPa – kg/m3 |
Límite práctico – kg/m3 |
Punto de ebullicióna 101,3 kPa – ºC |
ATEL/ODL – (kg/m3) |
Inflamabilidad |
Potencial de calentamiento atmosférico PCA100 |
Potencial agotamiento de la capade ozono PAO |
Clasif según: REP | ||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Grupo L | Clase de seguridad |
Temp. autoignición – ºC |
Límite inferior de inflamabilidad – kg/m2 |
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1 | A1/A1 | R(1) | R-125/R-143a/R-134a/R-600a (38/10/49,2/2,8) | CF3-CHF2+CF3-CH3+CF3-CH2F+CH(CH3)3 | 103,52 | 4,29 | 0,22 |
–39,96 –34,83 |
0,22 | NF | NF | 2481 | 0 | 2 |
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana empresa, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 15 de junio de 2021.–El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Galo Gutiérrez Monzonís.
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