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Documento BOE-A-2022-14563

Resolución de 27 de julio de 2022, de la Autoridad Portuaria de Valencia, sobre delegación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 5 de septiembre de 2022, páginas 123527 a 123527 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2022-14563
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/07/27/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Director General de la Autoridad Portuaria de València, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 33.2 a) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, y previa aprobación del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de València en sesión celebrada el 23 de junio de 2022, acordó lo siguiente:

Primero.

Revocar la resolución de fecha 6 de octubre de 2021 sobre delegación de competencias en la persona titular de la Jefatura de Económico Financiero de la Autoridad Portuaria de València y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 247 de fecha 15 de octubre de 2021.

Segundo.

Delegar en la persona titular de la Jefatura de Económico Financiero de la Autoridad Portuaria de València el ejercicio de las competencias, actuaciones y funciones concernientes a la gestión y liquidación de las tasas, tributos y demás recursos de naturaleza pública y privada que tiene atribuidas esta Dirección General en virtud del artículo 33.2 a) del TRLPEMM.

Tercero.

La delegación de competencias prevista en esta resolución será revocable en cualquier momento por la Dirección General de la Autoridad Portuaria de València. Así mismo, como órgano titular de la competencia delegada, el Director General podrá avocar el ejercicio de ésta de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto.

En cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de la competencia delegada por la presente resolución, se hará constar expresamente tal circunstancia mediante la mención de esta resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinto.

La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Valencia, 27 de julio de 2022.–El Director General de la Autoridad Portuaria de València, Francesc Josep Sánchez Sánchez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/07/2022
  • Fecha de publicación: 05/09/2022
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN:
    • sobre revocación de competencias: Resolución de 1 de octubre de 2024 (Ref. BOE-A-2024-20555).
    • sobre revocación de competencias: Resolución de 5 de diciembre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-25616).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
    • el art. 33.2.a) de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (Ref. BOE-A-2011-16467).
  • EN RELACIÓN con la Resolución de 6 de octubre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-16780).
Materias
  • Autoridades Portuarias
  • Delegación de atribuciones
  • Valencia

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