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El Consejo de Ministros, en su reunión de 14 de marzo de 2023, ha aprobado el Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad dispone, en su artículo 27, que los Acuerdos del Consejo de Ministros por los que se establezca el carácter oficial de los títulos universitarios serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».
En cumplimiento del citado precepto, esta Secretaría General de Universidades ha resuelto disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Acuerdo, como anexo a la presente resolución.
Madrid, 17 de marzo de 2023.–El Secretario General de Universidades, José Manuel Pingarrón Carrazón.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, en su artículo 5.3, determina que los planes de estudios de las enseñanzas universitarias oficiales serán elaborados por las universidades, de acuerdo con la normativa vigente y aprobados por sus órganos de gobierno, y formarán parte de la memoria que las universidades presenten para su verificación.
Dichos planes de estudios habrán de ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por las correspondientes Comunidades Autónomas, de conformidad con lo establecido en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
En virtud de lo anterior, determinadas universidades han elaborado los planes de estudios de enseñanzas que conducirán a la obtención de diversos títulos de Máster. Estos planes de estudios han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades y autorización para su implantación de la correspondiente comunidad autónoma.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, procede elevar a Consejo de Ministros el acuerdo de establecimiento del carácter oficial de los títulos y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
En su virtud, a propuesta del Ministro de Universidades, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 14 de marzo de 2023,
ACUERDA:
De conformidad con lo establecido en el artículo 27.1 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, se declara el carácter oficial de los títulos de Máster que se relacionan en el anexo del acuerdo.
Estos títulos tienen carácter oficial y son válidos en España, cuentan con efectos académicos y administrativos, y en el caso de que así resulte de la normativa aplicable, habilitan para el ejercicio de determinadas profesiones reguladas.
Los títulos a los que se refiere el presente acuerdo serán inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Dicha inscripción llevará aparejada la consideración inicial de título acreditado a los efectos legal y reglamentariamente establecidos.
De conformidad con el artículo 27.4 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, el Rector o la Rectora de la respectiva universidad ordenará la publicación de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos incluidos en el referido anexo, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el diario oficial de la comunidad autónoma que corresponda.
Los títulos universitarios oficiales objeto del acuerdo, a fin de mantener su acreditación, deberán someterse al procedimiento de renovación de la misma previsto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre.
Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por la Rectora o el Rector de la universidad correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, con expresa mención del presente acuerdo.
Por el Ministro de Universidades, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación del presente acuerdo.
I. Universidades civiles. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster ordenados por universidades
Universidad de Castilla-La Mancha
4318309 Máster Universitario en Robótica y Automática.
Universidad de Diseño, Innovación y Tecnología (UDIT)
4318268 Máster Universitario en Diseño de Producto.
4318269 Máster Universitario en Diseño Gráfico.
4318270 Máster Universitario en Experiencia de Usuario para el Diseño de Productos y Servicios Digitales.
Universidad de las Hespérides
4318388 Máster Universitario en Marketing Digital.
Universidad Internacional de La Rioja
4318174 Máster Universitario en Administración Electrónica y Gobierno Abierto.
4318108 Máster Universitario en Animación 3D para las Industrias del Entretenimiento.
4318183 Máster Universitario en Atención Educativa y Prevención de Conductas Adictivas en Niños y Adolescentes.
4318165 Máster Universitario en Derecho de los Mercados Financieros.
4318164 Máster Universitario en Didáctica de la Biología y la Geología en Educación Secundaria y Bachillerato.
4318149 Máster Universitario en Didáctica de la Física y la Química en Educación Secundaria y Bachillerato.
4318064 Máster Universitario en Educación Ambiental para el Desarrollo Sostenible.
4318099 Máster Universitario en Estudios Avanzados en Cinematografía.
Universitat de les Illes Balears
4318247 Máster Universitario en Ingeniería Industrial.
II. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster organizados conjuntamente por distintas universidades
4318168 Máster Universitario en Estudios Avanzados sobre el Lenguaje, la Comunicación y sus Patologías por la Universidad de A Coruña, la Universidad de Salamanca y la Universidad de Zaragoza.
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