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Documento BOE-A-2024-13554

Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de aprobación de las tablas salariales definitivas para el año 2024 del Convenio colectivo para las industrias de turrones y mazapanes.

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 3 de julio de 2024, páginas 82778 a 82781 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2024-13554
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2024/06/20/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de aprobación de las tablas salariales definitivas para el año 2024 del Convenio colectivo para las industrias de turrones y mazapanes (código de convenio n.º 99005165011981), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 de diciembre de 2022, acta que ha sido suscrita con fecha 24 de mayo de 2024, de una parte por los representantes de las organizaciones empresariales Asociación Nacional de Fabricantes de Turrones y Mazapanes (TUMA) y Asociación de Fabricantes del Turrón, Derivados y Chocolates de la Comunidad Valenciana (TDC), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales UGT-FICA y CCOO de Industria, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales del Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de junio de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LA INDUSTRIA DE TURRONES Y MAZAPANES (CÓDIGO 990051656011981) CELEBRADA EL DÍA 24 DE MAYO DE 2024

En Madrid a 24 de mayo de 2024.

Por acuerdo unánime de la Comisión Negociadora del convenio colectivo estatal para las industrias de Turrones y Mazapanes, se reúnen telemáticamente, con el fin de tratar como único punto del orden del día, la incidencia del Salario Mínimo Interprofesional 2024 en las tablas definitivas que se aprobaron para el año 2024 y su incidencia en la retribución anual/ diaria, de determinadas categorías.

Tras las deliberaciones oportunas, las partes adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.

Aprobar, para aquellos casos en que proceda aplicar la garantía del Salario Mínimo 2024 «un complemento, en garantía del Salario Mínimo año 2024, en la cuantía y para las siguientes categorías.

Personal con retribución mensual:

– Auxiliar de Laboratorio; Auxiliar de Organización; Auxiliar Administrativo; Telefonista: 699,45 euros/año o 46,63 euros/día.

– Vendedor con auto venta; Viajante; Corredor de plaza: 440,85 euros/año o 29,39 euros/día.

Personal con retribución diaria:

– Oficial 2.ª de producción; Oficial 2.ª acabado; envasado y empaquetado: 167,85 euros/año o 0,36 euros/día.

– Ayudante de producción: 468,85 euros/año o 1,03 euros/día.

– Ayudante de acabado; envasado y empaquetado:450,45 euros/año o 0,99 euros/día.

– Oficial 2.ª de Oficios auxiliares: 10,13 euros/año o 0,02 euros/día.

– Peón; Personal de limpieza; mozo de almacén: 699,37 euros/año o 1,53 euros/día.

– Almacenero: 283,88 euros/año o 0,62 euros/día.

– Conserje; cobrador; Basculero; Guarda Jurado; Pesador: 521,19 euros/año o 1,14 euros/día.

– Vigilante; ordenanza y Portero: 521,19 euros/año 1,14 euros/día.

– Mozo de almacén: 699,37 euros/año o 1,53 euros día.

Segundo.

Los comparecientes en la representación que ostentan de CCOO de Industria y de UGT FICA, de una parte y de TUMA y TDC, de otra, firman un ejemplar íntegro del acta al efecto de su envío a la Dirección General de Trabajo.

Tercero.

Se reitera el mandato por el que se facultaba a don José Antonio Pasadas Muñoz de UGT FICA para que en nombre de la Comisión Negociadora, continue los tramites de inscripción; registro y publicación de este nuevo texto corregido del Convenio Colectivo de ámbito nacional para las Industrias de Turrones y Mazapanes.

Cuarto.

Se acuerda que la presente acta y las Tablas definitivas de 2024, sean firmadas por un único miembro de cada organización.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en la Ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.

TABLA 2024

Personal con retribución mensual

 

S. base mensual

Euros

Salario anual

Euros

Complemento a SMI anual Complemento a SMI mensual Salario total anual

Antigüedad trienio

Euros/día

Plus noct.

Euros/h

Horas extras

Euros/h

TÉCNICOS TITULADOS:                
DE GRADO SUPERIOR. 1.560,65 23.409,79 0,00   23.409,79 2,23 2,16 19,63
DE GRADO MEDIO. 1.329,98 19.949,67 0,00   19.949,67 1,84 1,82 16,74
AYUDANTE TÉCNICO. 1.064,19 15.962,84 0,00   15.962,84 1,37 1,33 13,40
TÉCNICOS NO TITULADOS:                
ENCARGADO GENERAL. 1.277,05 19.155,71 0,00   19.155,71 1,82 1,73 16,07
MAESTRO JEFE DE TALLER. 1.189,48 17.842,23 0,00   17.842,23 1,66 1,56 14,97
ENCARGADO DE SECCIÓN. 1.111,02 16.665,43 0,00   16.665,43 1,52 1,47 13,98
AUXILIAR DE LABORATORIO. 1.011,77 15.176,62 699,45 46,63 15.876,00 1,28 1,27 12,50
OFICINA TÉCNICA ORGANIZACIÓN:                
JEFES DE 1.ª Y 2.ª 1.277,05 19.155,71 0,00   19.155,71 1,82 1,73 16,07
TÉCNICOS DE ORGANIZACIÓN DE 1.ª Y 2.ª 1.206,36 18.095,40 0,00   18.095,40 1,66 1,70 15,18
AUXILIAR DE ORGANIZACIÓN. 1.011,77 15.176,62 699,45 46,63 15.876,00 1,28 1,28 12,50
TÉCNICO PROCESO DE DATOS:                
JEFE PROCESO DE DATOS. 1.334,13 20.011,87 0,00   20.011,87 1,88 1,83 16,79
ANALISTA.           1,82 1,73 16,07
JEFE EXP.PROG.ORDENADOR. 1.277,05 19.155,71 0,00   19.155,71 1,82 1,73 16,07
PROGRAMADOR MAQUINA. 1.277,05 19.155,71 0,00   19.155,71 1,82 1,73 16,07
AUXILIAR. 1.206,36 18.095,40 0,00   18.095,40 1,66 1,69 15,18
OPERADOR ORDENADOR. 1.206,36 18.095,40 0,00   18.095,40 1,66 1,69 15,18
ADMINISTRATIVOS:                
JEFE ADMINISTRATIVO 1.ª 1.418,83 21.282,48 0,00   21.282,48 1,99 1,95 17,86
JEFE ADMINISTRATIVO 2.ª 1.334,13 20.011,87 0,00   20.011,87 1,88 1,83 16,79
OFICIAL 1.ª ADMINISTRATIVO. 1.206,36 18.095,40 0,00   18.095,40 1,66 1,69 15,18
OFICIAL 2.ª ADMINISTRATIVO. 1.064,19 15.962,84 0,00   15.962,84 1,37 1,33 13,40
AUXILIAR ADMINISTRATIVO. 1.011,77 15.176,62 699,45 46,63 15.876,00 1,28 1,28 12,50
TELEFONISTA. 1.011,77 15.176,62 699,45 46,63 15.876,00 1,28 1,28 12,44
MERCANTILES:                
JEFE DE VENTAS. 1.432,38 21.485,59 0,00   21.485,59 1,97 1,85 18,02
INSPECTOR DE VENTAS. 1.312,66 19.689,83 0,00   19.689,83 1,84 1,85 16,53
PROMOTOR PROP O PUBLICIDAD. 1.064,19 15.962,84 0,00   15.962,84 1,37 1,85 13,40
VENDEDOR CON AUTOVENTA. 1.029,01 15.435,05 440,85 29,39 15.876,00 1,34 1,85 12,94
VIAJANTE. 1.029,01 15.435,05 440,85 29,36 15.876,00 1,34 1,85 12,94
CORREDOR DE PLAZA. 1.029,01 15.435,05 440,85 29,39 15.876,00 1,34 1,85 12,94

Personal con retribución diaria

 

S. base diario

Euros

Salario anual

Euros

Complemento a SMI anual Complemento a SMI diario Salario total anual

Antigüedad trienio

Euros/día

Plus noct.

Euros/h

Horas extras

Euros/h

PERSONAL DE PRODUCCIÓN:                
OFICIAL 1.ª 35,68 16.233,33 0,00   16.233,33 1,66 1,39 13,59
OFICIAL 2.ª 34,53 15.709,15 167,85 0,36 15.876,00 1,61 1,35 13,16
AYUDANTE. 33,86 15.406,53 468,65 1,03 15.876,00 1,60 1,28 12,90
PERSONAL ACABADO, ENVASADO Y EMPAQUETADO:                
OFICIAL 1.ª 35,68 16.233,33 0,00   16.233,33 1,66 1,39 13,59
OFICIAL 2 ª 34,53 15.709,15 167,85 0,36 15.876,00 1,61 1,35 13,16
AYUDANTE. 33,90 15.422,40 450,45 0,99 15.876,00 1,60 1,28 12,90
PERSONAL OFICIOS AUXILIARES:                
OFICIAL 1.ª 36,07 16.411,66 0,00   16.411,66 1,66 1,45 13,74
OFICIAL 2.ª 34,87 15.865,87 10,13 0,02 15.876,00 1,63 1,40 13,29
PEONAJE:                
PEÓN. 33,36 15.176,63 699,37 1,53 15.876,00 1,55 1,28 12,63
PERSONAL DE LIMPIEZA. 33,36 15.176,63 699,37 1,53 15.876,00 1,55 1,28 12,63
SUBALTERNOS:                
ALMACENERO. 34,27 15.592,12 283,88 0,62 15.876,00 1,61 1,35 13,10
CONSERJE,COBRADOR.                
BASCULERO, GUARDA.                
JURADO, PESADOR, GUARDA.                
VIGILANTE, ORDENANZA Y PORTERO. 33,75 15.354,81 521,19 1,14 15.876,00 1,57 1,30 12,88
MOZO DE ALMACÉN. 33,36 15.176,63 699,37 1,53 15.876,00 1,56 1,27 12,68

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/06/2024
  • Fecha de publicación: 03/07/2024
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015. de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 13 de diciembre de 2022 (Ref. BOE-A-2022-23014).
Materias
  • Confitería y pastelería
  • Convenios colectivos

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