De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Ordenación de los Seguros Privados, se hace pública la existencia de un proyecto de fusión por absorción entre las Entidades «Mutua Montañesa de Seguros» y «Seguros Mutuos de Avila», siendo la primera la absorbente y la segunda la absorbida.
Los asegurados de ambas Entidades disconformes con la fusión, lo harán constar así en el plazo de tres meses ante la Dirección General de Seguros, paseo de la Castellana, número 44, Madrid-6.
Madrid, 14 de agosto de 1979.‒El Director general, Luis Angulo Rodríguez.
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