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Documento BOE-A-2003-11982

Decreto 40/2003, de 30 de abril, por el que se declara la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural, declarado "Capricho de Gaudí", en el término municipal de Comillas (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2003, páginas 23022 a 23023 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2003-11982

TEXTO ORIGINAL

Mediante acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de julio de 1997, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «Capricho de Gaudí», en Comillas, declarado Monumento Histórico-Artístico por Decreto 1794/1969, junto con las principales obras de Gaudí.

Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto la delimitación del entorno de protección del bien mencionado, y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 30 de abril de 2003, dispongo:

Artículo 1.

Se declara la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural, declarado «Capricho de Gaudí», en Comillas, que figura en el anexo junto con su justificación, y que se encuentra representado en el plano que se publica con este Decreto.

Disposición adicional única.

Se faculta al Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 30 de abril de 2003.‒El Presidente, José Joaquín Martínez Sieso.‒El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, José Antonio Cagigas Rodríguez.

ANEXO
Delimitación del entorno de protección

La zona afectada por la incoación linda al noroeste y nordeste con dos carreteras comarcales; sureste y sur con parcelas construidas del barrio de Sobrellano, varios caminos o viales y varias fincas arboladas; sureste y este con fincas arboladas y un pequeño camino. Tal como aparece en la documentación gráfica. La delimitación se efectúa considerando las singulares características del edificio, la relación con el conjunto próximo de ciudad-jardín, construido en la misma época bajo el impulso de los marqueses, y con el barrio de Sobrellano. Los límites coinciden con los lindes de parcelas y el trazado de viales. El entorno incluye el Palacio de Sobrellano y parte de su entorno natural.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/142/11982_13585211_image1.png

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