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Documento BOE-A-2003-15817

Orden ECD/2245/2003, de 23 de julio, por la que se prorroga la permanencia en puestos en el exterior de los funcionarios docentes que fueron seleccionados por los concursos de méritos para la provisión de puestos en el exterior convocados por Órdenes de 29 de diciembre de 1999, de 14 de febrero de 2001 y Orden ECD/410/2002, de 20 de febrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 2003, páginas 30557 a 30561 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-15817

TEXTO ORIGINAL

Las Órdenes de 29 de diciembre de 1999 (Boletín Oficial del

Estado de 28 de enero de 2000), de 14 de febrero de 2001 (B.O.E.

del 20) y Orden ECD/410/2002 de 20 de febrero (B.O.E. del 28),

que hacían públicas las convocatorias para la provisión de vacantes

de funcionarios docentes en el exterior, preveían que a los

profesores seleccionados en virtud de las mismas, les sería prorrogada

su permanencia en el exterior de acuerdo con los requisitos y

condiciones de las citadas convocatorias.

Vistas las propuestas formuladas por la Secretaría General

Técnica,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Prorrogar la permanencia de los profesores

relacionados en el anexo, en los países y períodos que se citan, en régimen

de adscripción temporal, para que puedan, seguir desempeñando

sus funciones en el exterior.

Segundo.-Los derechos y obligaciones de estos profesores se

regirán por las bases de las convocatorias por las que fueron

seleccionados y, en todo caso, por la normativa específica que les pueda

afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior.

Tercero.-Los interesados tendrán derecho a percibir la

asignación especial por destino en el extranjero en aplicación del Real

Decreto 6/1995, de 13 de enero (B.O.E. de 2 de febrero), y ,

en su caso, los derechos que puedan corresponderles conforme

al Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones

por razón de servicio.

Cuarto.-La presente Orden pone fin a la vía administrativa

y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de

reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al

de su publicación, de conformidad con lo que se dispone en los

artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999

de 13 de enero, o bien, impugnar directamente ante la jurisdicción

contencioso-administrativa, interponiendo recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo

ContenciosoAdministrativo, conforme a lo establecido en el artículo9.a) de

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar

desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley últimamente citada.

Madrid, 23 de julio de 2003.-La Ministra, P.D. (O.M.

1-2-2001, BOE del 9), la Directora general de Programación

Económica, Personal y Servicios, Engracia Hidalgo Tena.

Ilma. Sra. Directora general de Programación Económica, Personal

y Servicios e Ilmo. Sr. Secretario General Técnico.

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