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Documento BOE-A-2003-15850

Orden INT/2251/2003, 23 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 2003, páginas 30584 a 30590 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2003-15850

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003

de 21 de febrero, ("Boletín Oficial del Estado" del 22), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003, y con

el fin de atender las necesidades de personal de la Administración

Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso

en el Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, con sujeción

a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 40 plazas del

Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, (Código 0913),

por el sistema de promoción interna. Los puestos de trabajo que

vayan a ser ofrecidos como destino que impliquen la participación

directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las

funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses

generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de

nacionalidad española.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones

que se especifican en el Anexo I, e incluirá la superación de un

período de prácticas. Para la realización de este período de

prácticas, los aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición,

obtengan mayor puntuación total sumadas las puntuaciones

obtenidas en las fases de oposición y de concurso, y hasta el número

máximo de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios en

prácticas por la autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir

del 15 de octubre de 2003, siendo la duración máxima de la

fase de oposición el 31 de diciembre de 2003.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera en el Cuerpo

Especial de Instituciones Penitenciarias, mediante resolución de

la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación del

destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos

en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de

Telecomunicación, adscritos al grupo C. Los funcionarios de los Cuerpos

o Escalas Postales y de Telecomunicación deberán estar además

destinados en la Administración General del Estado.

2.1.3 Antigüedad: Tener una antigüedad de, al menos dos

años en Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito

de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos

al grupo C. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,

de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

serán computables a efectos de la antigüedad referida en el

apartado anterior.

2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de ingeniero técnico, diplomado universitario,

arquitecto técnico y formación profesional de tercer grado o equivalente.

También podrán participar, en virtud de la Orden de 19 de

noviembre de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre,

que deroga la Orden de 24 de noviembre de 1978, en lo que

se oponga a lo dispuesto en la misma), que declara la equivalencia

del diploma superior de criminología al título de diplomado

universitario, a los solos efectos de tomar parte en estas pruebas,

los diplomados superiores en criminología, siempre que reúnan

los siguientes requisitos:

a) Que para su ingreso se exija estar en posesión del título

de Bachiller Superior, o haber obtenido evaluación positiva en

el Curso de Orientación Universitaria, o superado las pruebas de

acceso para mayores de veinticinco años de edad.

b) Que tengan una carga lectiva mínima de mil ochocientas

horas o una duración de, al menos, tres cursos académicos.

c) Que el Diploma Superior en criminología haya sido

expedido por una Universidad o Centro dependiente de ésta o

legalmente autorizado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.5 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias,

Calle Alcalá 38-40, 28014, Madrid, o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y

se dirigirán al Director General de Instituciones Penitenciarias del

Ministerio del Interior. La no presentación de la solicitud en tiempo

y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará

gratuitamente en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del

Ministerio del Interior, en el Centro de Información Administrativa

del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección

General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones

del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares

de España en el extranjero y en la página de Internet

www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del

Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

órgano convocante dictará orden, en el plazo máximo de un mes,

declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha

orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado",

se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las

causas de exclusión, apellidos, nombre y número de Documento

Nacional de Identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez

días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la

publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se

encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y

el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias, calle Alcalá 38-40, Madrid, teléfono (91) 3354812,

dirección de correo electrónico:SGPIP-SSCUdgip.mir.es.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido

en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración

Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado de 14

de marzo).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Lista de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del

ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Concluida, la valoración de méritos de la fase de

concurso, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración

del último ejercicio y en aquellos que estime oportunos, la relación

con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en las fases

de oposición y de concurso, con indicación del número del

documento de identidad.

7.3 Finalizadas las fases de concurso-oposición, el Presidente

del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación definitiva

de aspirantes que han superado dichas fases por orden de

pun

tuación. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte

días naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

7.4 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.5 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos

que se ofrezcan.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,

la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad

convocante, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su

publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

significándose, que en caso de interponer recurso de reposición,

no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta

que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 23 de julio de 2003.-P. D. (Orden de 21 de noviembre

de 2002, Boletín Oficial del Estado del 28 de noviembre), El

Director General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

Sr. Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

El proceso de selección para acceso al Cuerpo Especial de

Instituciones Penitenciarias, constará de las siguientes fases:

A) Oposición.

B) Concurso.

C) Período de prácticas.

1. La fase de oposición, constará de dos ejercicios

eliminatorios:

Primer ejercicio:

a) Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Ayudantes de

Instituciones Penitenciarias:

Consistirá en contestar por escrito a 100 preguntas con

respuestas múltiples, siendo una sola la correcta. Teniendo todas

ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se valorarán

negativamente.

Las preguntas versarán sobre la parte segunda del temario,

siendo el tiempo de duración de este ejercicio de dos horas.

b) Resto de funcionarios:

Consistirá en contestar por escrito a 150 preguntas con

respuestas múltiples, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas

el mismo valor. Las contestaciones erróneas se valorarán

negativamente.

Cien preguntas versarán sobre la parte segunda del temario,

y 50 preguntas versarán sobre la parte primera del temario, siendo

el tiempo de duración de este ejercicio de tres horas.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 50 puntos. Los

aspirantes deberán obtener la calificación de 25 puntos para

acceder al ejercicio siguiente, pudiendo el Tribunal Calificador aplicar

las fórmulas de corrección que considere oportunas.

Segundo ejercicio:

a) Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Ayudantes de

Instituciones Penitenciarias:

Consistirá en desarrollar por escrito durante un tiempo máximo

de una hora y media un tema de los dos sacados a la suerte

de la parte segunda del temario.

Una vez concluido el ejercicio o llegada la hora de su

finalización, cada opositor lo firmará e introducirá en un sobre, que

será cerrado y firmado por el interesado y por un miembro del

Tribunal Calificador. El ejercicio será leído en sesión pública y

en la fecha que se señale ante el Tribunal, que en este acto podrá

realizar preguntas a los aspirantes sobre el tema desarrollado.

b) Resto de funcionarios:

Consistirá en desarrollar por escrito durante un tiempo máximo

de tres horas dos temas, uno de ellos de entre los dos sacados

a la suerte, de la parte primera del temario y el otro de entre

los dos sacados a la suerte, de la parte segunda del temario.

Una vez concluido el ejercicio o llegada la hora de su

finalización, cada opositor lo firmará e introducirá en un sobre, que

será cerrado y firmado por el interesado y por un miembro del

Tribunal Calificador. El ejercicio será leído en sesión pública y

en la fecha que se señale ante el Tribunal, que en este acto podrá

realizar preguntas a los aspirantes sobre el tema desarrollado.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 50 puntos. Los

aspirantes deberán obtener un mínimo de 25 puntos para

superarle.

La fase de oposición vendrá determinada por la suma total

de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

El número de aprobados en esta fase podrá ser superior al

de plazas convocadas.

2. Fase de concurso:

En esta fase sólo se valorarán los méritos a los aspirantes que

hayan superado la fase de oposición.

En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio,

se valorarán, los servicios efectivos prestados y los reconocidos

al amparo de la Ley 70/78, de 26 de diciembre, de Reconocimiento

de Servicios Previos en la Administración Pública, hasta la fecha

de finalización del plazo de presentación de instancias, en Cuerpos

o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación de

la Ley 30/84, de 2 de agosto (artículo 1.1), así como el grado

personal consolidado en la fecha de publicación de esta

convocatoria, el trabajo desarrollado, según el nivel de complemento

de destino del puesto de trabajo titular en la fecha de publicación

de esta convocatoria, el ámbito funcional en que preste servicios

el funcionario y la puntuación obtenida en la fase de oposición

de la convocatoria anterior.

La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:

A) Antigüedad: la antigüedad del funcionario en Cuerpos o

Escalas del grupo C, a que se refiere el punto dos del anexo I,

se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados hasta el

día de finalización del plazo de presentación de instancias de esta

convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios

efectivos una puntuación de 1,4 puntos, hasta un máximo de 28

puntos.

B) Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de

finalización del plazo de presentación de instancias de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", se otorgará la siguiente

puntuación, hasta un máximo de 14 puntos:

Grados 14-15: 10 puntos;

Grados 16-17: 11 puntos;

Grados 18-19: 12 puntos;

Grados 20-21: 13 puntos;

Grado 22: 14 puntos;

C) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo titular que se ocupa

el día de finalización del plazo de presentación de instancias de

esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un

máximo de 14 puntos:

Niveles 14-15: 10 puntos;

Niveles 16-17: 11 puntos;

Niveles 18-19: 12 puntos;

Niveles 20-21: 13 puntos;

Nivel 22: 14 puntos;

D) Ámbito funcional: Por estar destinado, a la fecha de

publicación de la presente convocatoria en puestos de trabajo del

Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias de la Dirección

General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo

Trabajo y Prestaciones Penitenciarias, 12 puntos.

E) Por tener superada la fase de oposición en la anterior

convocatoria de promoción interna para acceso a este cuerpo, se

otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 2 puntos:

- Por haber obtenido una puntuación entre 50 y 75 puntos:

1 punto.

- Por haber obtenido una puntuación entre 76 y 100 puntos:

2 puntos.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo

incluido como anexo IV de esta convocatoria y deberá ser

cumplimentada por el jefe de la unidad donde esté prestando servicios

el funcionario. Dicha certificación deberá ser presentada junto a

la solicitud de participación en las pruebas, en la forma que se

indica en el anexo IV.

La lista provisional que contenga las puntuaciones de la fase

de concurso, se hará pública mediante resolución de la autoridad

convocante a propuesta del Tribunal Calificador, una vez

publicados los resultados del segundo ejercicio de la fase de oposición,

en los tablones de anuncios de todos los Centros Penitenciarios

dependientes de la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias, así como en la sede de la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles,

contados a partir del siguiente a la publicación de las

puntuaciones, para alegar las rectificaciones, respecto a la valoración

de los méritos en la fase de concurso, mediante escrito dirigido

a la autoridad convocante, y que se entregará en la Subdirección

General de Personal de la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias, Calle Alcalá, N.o 38-40, segunda planta 28014 Madrid.

Una vez analizadas las alegaciones, se publicará por la misma

autoridad el listado definitivo de las puntuaciones de la fase de

concurso en los lugares indicados en esta base.

Finalizadas la fase de oposición y concurso, en caso de empate,

el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida

en la fase de oposición.

De persistir el empate, se acudirá a la puntuación obtenida

en la fase de concurso.

De persistir el empate se acudirá a la mayor puntuación

obtenida en el apartado de antigüedad y de persistir el mismo a la

puntuación obtenida en el apartado del grado personal.

En virtud de Resolución de 15 de noviembre de 2002, de la

Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que

se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Ministros

de 15 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el acuerdo

Administración-Sindicatos para el período 2003-2004, para la

modernización y mejora de la Administración Pública, los

aspirantes que superen la fase de oposición y no sean nombrados

funcionarios en prácticas, por no haber obtenido puntuación

suficiente, quedarán exentos de la realización de las pruebas de esta

fase en la siguiente convocatoria.

3. Período de prácticas:

El período de prácticas se regulará por Resolución del Director

General de Instituciones Penitenciarias, tendrá una duración

inferior a tres meses. Los funcionarios deberán solicitar un permiso

para la realización del curso selectivo y una vez finalizado el mismo

se incorporarán a los puestos de trabajo del Cuerpo de

procedencia, hasta la fecha de su nombramiento como funcionarios

de carrera del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias en

el "Boletín Oficial del Estado".

Será calificado de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener

la calificación de "apto" para poder superar el proceso selectivo.

Para tener derecho a la realización de las diferentes pruebas

de calificación, los alumnos deberán haber asistido, al menos,

al 80 por 100 del total de las horas lectivas que se organizan.

En la Resolución del Director General de Instituciones

Penitenciarias que regule esta fase, se fijará el órgano encargado de

realizar la evaluación, así como el programa y las materias objeto

de evaluación.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

ANEXO II

Programa promoción interna C-B

PARTE PRIMERA

Organización del Estado y Derecho Administrativo

1. La Administración General del Estado. Órganos Centrales.

El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales.

Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales.

Subdirectores Generales. Los Servicios Comunes de los Ministerios.

2. La Administración General del Estado. Órganos

Territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del Gobierno

en las provincias. Los Directores Insulares. La Administración única

o común. La Administración consultiva: El Consejo de Estado.

3. Los Organismos públicos. Creación, modificación y

extinción. Los organismos autónomos, las entidades públicas

empresariales. Especificidades de cada uno en materias patrimonial, de

contratación, personal, control y régimen presupuestario.

4. Las Comunidades autónomas. Los Estatutos de Autonomía.

Naturaleza y tipología. Órganos y funciones.

5. La Administración Local: La provincia y el municipio. Otras

Entidades de la Administración Local.

6. Las Comunidades Europeas: El Tratado de la Unión

Europea. Las Instituciones de las Comunidades: El Consejo Europeo.

El Consejo de Ministros y la Comisión. El Parlamento Europeo.

El Tribunal de Justicia.

7. Ministerio del Interior: Estructura Orgánica. La Dirección

General de Instituciones Penitenciarias: Organización y

Competencias. El Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones

Penitenciarias.

8. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y

notificación. Revisión, anulación y revocación.

9. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y

caracterización. Procedimiento Administrativo Común y su

alcance. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común: Planteamiento general

y principios rectores.

10. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del

procedimiento.

11. Disposiciones generales sobre los procedimientos

administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del

procedimiento. La obligación de resolver. El silencio

administrativo. Actos presuntos.

12. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de

oficio. Los Recursos Administrativos.

13. El procedimiento económico-administrativo: Materias

impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la

revisión. Suspensión del acto impugnado. El procedimiento en

única o primera instancia. Los recursos de alzada y revisión.

14. El recurso contencioso-administrativo: Organización

jurisdiccional. Las partes, capacidad, legitimación y postulación.

Actos impugnables. Fases del proceso. La sentencia.

15. Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado. Objeto.

Ámbito de aplicación. Concepto de voluntariado: Derechos y

deberes. Relaciones entre los voluntarios y las organizaciones en las

que se integran. Medidas de fomento del voluntariado.

16. Evolución histórica de la legislación penitenciaria en

España: Precedentes más importantes. La normativa penitenciaria

vigente: Ley Orgánica General Penitenciaria. Reglamento

Penitenciario. Instrucciones y normas de régimen interior.

17. Los establecimientos penitenciarios. Concepto y tipos.

Dependencias y servicios. El establecimiento polivalente. El

principio celular. Habitabilidad.

18. Funciones generales atribuidas al personal dependiente

de Instituciones Penitenciarias en relación con los diferentes

puestos de trabajo en los Establecimientos Penitenciarios y otras

unidades dependientes de los mismos.

Gestión financiera I

19. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio

de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras

alteraciones contractuales. incumplimiento de los contratos

administrativos.

20. Procedimientos y formas de la actividad administrativa.

La actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de

fomento. Especial examen de las formas de gestión de los servicios

públicos.

21. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento

de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad.

Responsabilidad del Estado-Juez y del Estado-legislador.

22. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias

de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.

Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos.

Generaciones de créditos. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

23. Contabilidad pública. Concepto. Contabilidad preventiva.

Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control de gasto

público en España. Especial referencia al control de legalidad.

El Tribunal de Cuentas.

24. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de gestión.

Los grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación y cierre

del ejercicio. La Cuenta General del Estado.

Organización de oficinas públicas

25. Lenguaje administrativo: Características del estilo

administrativo. Documentos administrativos: De decisión. De

transmisión. De constacia. De juicio. De los ciudadanos.

26. Los servicios de información administrativa. Información

general y particular al administrado. Iniciativas. Reclamaciones.

Quejas. Peticiones.

27. Ofimática: Tratamiento de texto, hoja de cálculo, Bases

de Datos Personales y Herramientas de Diseño Gráfico.

28. Comunicaciones: Correo electrónico. INTERNET y redes.

29. Tecnología básica: Sistemas operativo, Hardware y

estructuras jerárquicas.

30. Tratamiento de información: Herramientas de

programación y almacenamientos de datos y explotación de datos

PARTE SEGUNDA

Gestión penitenciaria

1. La oficina de gestión penitenciaria. La organización de la

oficina unificada de gestión penitenciaria: Registros, libros,

ficheros, estadísticas. Clases de archivo y criterios de ordenación. El

archivo de gestión.

2. Expedientes personales de los internos. Concepto y

contenido. Portada, hoja de filiación, hojas de vicisitudes y

documentos. Protocolo e historial clínico.

3. Ingresos y libertades de detenidos, presos. Identificación

y diferenciación de responsabilidades. Trámites.

4. Conducciones y traslados. Competencia y motivos que

pueden dar lugar a traslados de internos. Centros a los que pueden

ser trasladados. Tránsitos. Trámites.

5. Comunicaciones y visitas: restricción, intervención y

suspensión. Trámites.

6. Penados. Concepto. Autoridades competentes para dictar

sentencia en primera instancia. Acumulación de condenas.

Testimonio de sentencia y liquidación de condena. Trámites.

7. Ingresos y libertades de penados. Incidencias penales mas

comunes. Cálculo de fechas en el momento de extinción. Trámites.

8. Beneficios penitenciarios y participación en actividades.

Procedimiento. Régimen transitorio de la redención de penas por

el trabajo. Requisitos, pérdida, interrupción y rehabilitación para

redimir. Trámites.

9. Libertad condicional. Refundición de condenas. Iniciación,

documentos que forman el expediente, elevación de la propuesta

y aprobación por el Juez de Vigilancia. Libertad condicional de

extranjeros, enfermos muy graves y septuagenarios. Revocación

de la libertad condicional. Trámites.

10. Clasificación de penados. Procedimiento de clasificación

inicial. Casos especiales. Revisión, progresión y regresión de

grado. Aplicación del art. 10 de la L.O.G.P. a preventivos. Trámites.

11. Permisos de salida. Clases. Procedimiento de concesión.

No reincorporación del permiso de salida. Salidas programadas.

Trámites.

12. Procedimiento sancionador. Fases. Ejecución y

cumplimiento de las sanciones. Prescripción y cancelación.

Recompensas. Trámites.

13. Los Órganos Colegiados de los Centros Penitenciarios:

composición y funciones. Principios generales y competencias.

Régimen y funcionamiento. Abstención y recusación.

14. Gestión de la seguridad del Centro: Organización y

criterios generales. Registros, recuentos, cacheos, control de

vehículos, incidentes regimentales, aplicación de medios

cohercitivos, objetos retenidos.

15. Procedimientos en materia de extranjeros. Expulsión

judicial. Expulsión administrativa. Extradición. Traslado de penados

a sus países de origen para seguir extinguiendo condena.

16. Arrestos de fin de semana. Régimen de cumplimiento.

Trabajos en beneficio de la comunidad. Regulación.

Procedimientos de gestión.

Gestión financiera II

17. El presupuesto. Concepto y clases. El Presupuesto del

Estado. Características y estructura. Créditos presupuestarios. El

ciclo presupuestario. Gastos plurianuales.

18. La ejecución presupuestaria y la contratación

administrativa: Especial referencia a los siguientes tipos de contratos:

Obra, gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y

asistencia, y servicios.

19. La contabilidad pública y la planificación contable. El Plan

General de Contabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito de

aplicación y características. Criterios de valoración.

20. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos

competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que

intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.

Disposición de fondos del Tesoro Público.

21. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos

transferencias: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.

22. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligación

presupuestos. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja

fija. Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.

23. El control interno y externo de la gestión presupuestaria.

La intervención General del Estado. Organización, competencias

y procedimientos. El Tribunal de Cuentas.

24. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nómina.

Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación.

Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos

económicos.

Gestión de servicios y prestaciones

25. Procedimientos de programación y de gestión de las

actuaciones de educación reglada, cultura y deporte en los Centros

Penitenciarios. Organismos responsables y principales

instituciones colaboradoras.

26. Animación sociocultural penitenciaria. Programación y

planificación. Metodología de la intervención sociocultural

aplicada al medio penitenciario.

27. Educación para la salud. Concepto. Determinantes.

Metodología y medios auxiliares. Educación para la salud en prisión.

28. Procedimiento de programación y gestión de las

actuaciones de formación profesional ocupacional. Organismos

responsables y principales instituciones colaboradoras.

29. Organización y procedimiento de gestión de los Servicios

Sociales Penitenciarios. Redes generales y específicas de recursos

para atención de casos.

30. Regulación legal del trabajo productivo en los centros

penitenciarios. Características y especificidades de la relación

laboral. La normativa en materia de la Seguridad Social.

31. Organización y procedimientos de gestión del trabajo en

los talleres penitenciarios: Selección de internos. Gestión de las

nóminas. Gestión de la Seguridad Social.

32. Fórmulas de explotación de los talleres. Gestión de

servicios penitenciarios como talleres productivos: amparo legal

y procedimientos de gestión.

33. Los Servicios de Cocina en los Centros Penitenciarios:

Sistemas de gestión. Principios generales de la gestión

económico-administrativa de los gastos de alimentación.

34. Los Servicios de economato y cafetería en los Centros

Penitenciarios: Sistemas de gestión. Principios generales de la

gestión económico-administrativa de los gastos de economatos

y cafetería.

35. Procedimientos específicos de gestión de los servicios de

cocina en los casos de: Gestión por la Dirección General de

Instituciones Penitenciarias.

- Gestión bajo la fórmula de taller productivo.

36. Procedimientos específicos de gestión de los servicios de

economato y cafetería en los casos de:

- Gestión por la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias.

- Gestión bajo la fórmula de taller productivo.

37. El trabajo con grupos: Organización. Actividades. Tipos

de reuniones. El trabajo del educador en los grupos.

38. Drogodependencias. Conceptos básicos. El delincuente

drogadicto. Intervención terapéutica con drogodependencias.

Intervención en Centros Penitenciarios. Los G.A.D.

39. Ley de Libertad Sindical. De la Libertad Sindical. Régimen

jurídico sindical. Representatividad sindical. Acción sindical. Tipos

y derechos de secciones sindicales. Derechos representantes

sindicales. Delegados sindicales. Tutela de la libertad sindical.

40. Órganos de Representación de los Funcionarios Públicos.

Delegados de personal y Juntas de Personal. Constitución.

Facultades. Garantías y Derechos.

ANEXO III

Tribunal de oposición del Cuerpo Especial de Instituciones

Penitenciarias

Titulares:

Presidente: Dionisia Manteca Marcos, Cuerpo Superior de

Técnicos de la Administración Civil del Estado.

Vocales: Miguel Cano Carrillo, Cuerpo Especial de Instituciones

Penitenciarias. Miguel Angel Vicente Cuenca, Cuerpo Superior

de Técnicos de Instituciones Penitenciarias. Amparo Alvarez

Gómez, Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones

Penitenciarias.

Secretario: Estrella Matute Oliva, Cuerpo Especial de

Instituciones Penitenciarias.

Suplentes:

Presidente: M.a Belén Hernando Galán, Cuerpo Superior de

Técnicos de Instituciones Penitenciarias.

Vocales: Gregorio González Diego, Cuerpo de Ingenieros

Industriales del Estado. Juan Cristóbal Luengo, Cuerpo Superior de

Técnicos de Instituciones Penitenciarias. Francisco Javier Serra

Juárez, Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

Secretario: Emilio Carnicer Labrador, Cuerpo Especial de

Instituciones Penitenciarias.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

(Solicitudes: Base tercera de la convocatoria)

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo

Especial de Instituciones Penitenciarias".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra P,

acceso por el sistema de promoción interna"

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "Interior, Dirección General de Instituciones

Penitenciarias".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía

podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

la titulación que se posee para participar en estas pruebas.

Todos los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de

concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán acompañar

a su solicitud, dentro del plazo señalado en la base 3.1, la

certificación expedida por los servicios de personal en el que el

funcionario haya prestado o preste sus servicios, acreditativa de su

antigüedad en el Cuerpo o Escala a que pertenezca, así como

cuanta documentación estime oportuna para la valoración de los

méritos señalados en la fase de concurso.

La certificación de los méritos se realizará en el modelo

(Anexo V de la presente convocatoria) y se presentará junto con

la instancia de participación.

Los méritos no acreditados mediante la correspondiente

certificación (Anexo V) en el plazo de presentación de instancias no

serán valorados.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,38 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 1302-0100-0000-23556557, del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio del

Interior. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el

extranjero". El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier

oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante

transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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