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Documento BOE-A-2003-16971

Resolución de 10 de julio de 2003, del Consell Insular de Mallorca (Illes Balears), por la que se declara bien de interés cultural la iglesia parroquial de Sant Bartolomeu, de Sóller.

Publicado en:
«BOE» núm. 209, de 1 de septiembre de 2003, páginas 33213 a 33214 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2003-16971

TEXTO ORIGINAL

El Consell de Mallorca en la sesión ordinaria del Pleno que tuvo lugar el día 2 de junio de 2003, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Habiéndose acordado por resolución de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos de 9 de mayo de 1980, incoar expediente de declaración como monumento histórico-artístico a favor de la Iglesia parroquial de Sant Bartomeu, de Sóller.

Habiéndose acordado por la Comissió Insular de Patrimoni Històric de 29 de junio de 200, la continuación de la tramitación del expediente de declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de monumento a favor de la Iglesia parroquial de Sant Bartomeu, de Sóller.

Habiéndose llevado a término los trámites preceptivos y previstos para la incoación e instrucción del expediente de referencia para proceder a efectuar la Declaración.

En virtud de lo que dispone la Disposición Transitoria Primera de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la mencionada ley, y de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, a los Consells Insulares en materia de Patrimonio Histórico, y el Reglamento Orgánico del CIM, aprobado por el Pleno del 2 de julio de 2001, el Pleno del Consell Insular de Mallorca, a propuesta de la Comissió Insular d’Ordenació del Territori, Urbanisme i Patrimoni Històric, acuerda lo siguiente:

I. Declarar como Bien de Interés Cultural con categoría de monumento la Iglesia parroquial de Sant Bartomeu de Sóller, según las especificaciones que figuran en la descripción que consta en el expediente.

II. Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establecen la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares y la normativa concordante.

III. Publicar este acuerdo de declaración en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en el Boletín Oficial del Estado. Se ha de inscribir en el Registre Insular de Béns d’Interès Cultural de Mallorca y comunicarlo a la Comunitat Autònoma de les Illes Balears para que proceda a su anotación definitiva en el Registre de Béns d’Interès Cultural de les Illes Balears, e inste su anotación en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado.

IV. Este acuerdo se ha de comunicar a los interesados y al Ayuntamiento de Sóller.

Palma de Mallorca, 10 de julio de 2003.–La Presidenta, Maria Antònia Munar i Riutort.

ANEXO

La Iglesia más primitiva de Sóller fue dotada el año 1236 por el Paborde de Tarragona Ferrer de Sant Martí, apareciendo en la Bula del Papa Inocencio IV bajo la advocación de santa Maria y san Bartomeu. Este templo, de tradición románico gótica según J.A. Morell González, se reparó a partir de 1370 por amenaza de ruina. Según el historiador Josep Rul.lan, a finales de este siglo, esta construcción primitiva fue substituida por otra, alargándose las obras hasta finales de la siguiente centuria. A lo largo del XVI también se realizaron diferentes intervenciones para subsanar problemas estructurales, construyéndose la actual sacristía con bóveda. A lo largo del XVII y XVIII se construyó el edificio actual. Del conjunto actual, de nave única con siete capillas a cada lado, el elemento más emblemática es posiblemente la fachada principal, que, proyectada el 1904 por el arquitecto catalán Joan Rubió i Bellver, se ha convertido en uno de los símbolos identificadores de Sóller y en uno de los referentes modernistas de Mallorca. Está obrada en piedra caliza de Sóller con un tratamiento rústico. El conjunto se estructura siguiendo un esquema simétrico, definido por un atrio con tres oberturas ojivales con gabletes. La obertura central, de dimensiones mayores da acceso al vestíbulo, que cuenta con tres puertas ojivales, siendo la central de mayor tamaño, con doble puerta y parteluz divisor, con una imagen del Sagrado Corazón. Sobre el portal principal se abre un gran arco ojival que enmarca un rosetón de grandes dimensiones, flanqueado también por dos ventanales ojivales. Todo el conjunto de la fachada culmina con un frontón escalonado, con ocho oberturas para colocar, según el proyecto original, otras tantas esculturas nunca realizadas.

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